Page 10 - San Martin Peras
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA  Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera     • El Municipio no comprobó que la obra pública ejecutada por contrato se encuentren

                            insuficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable,             autorizados en el Presupuesto de Egresos y registrados en la contabilidad del

                            concluyendo como no solventado el resultado AF-03.                                            municipio, que el municipio haya efectuado la retención y entero correspondiente al

                                                                                                                          cinco al millar y al impuesto sobre erogaciones por remuneraciones al trabajo

                            Finalmente, de la información proporcionada por la Secretaría de Finanzas del Poder           personal, y que cuenten con la documentación original comprobatoria y justificativa,

                            Ejecutivo del Estado de Oaxaca, se constató que el H. Ayuntamiento del Municipio de San       así mismo, no se constató la amortización total del anticipo otorgado y no comprobó

                            Martín Peras, Distrito de Juxtlahuaca, Oaxaca, recibió en el ejercicio fiscal 2023, recursos  que cumple con la normatividad aplicable.

                            en cantidad de $61,744,642.54 (Sesenta y un millones setecientos cuarenta y cuatro mil

                            seiscientos cuarenta y dos pesos 54/100 M.N.), por concepto del Ramo 28, Participaciones • El Municipio no comprobó que la obra pública ejecutada por Administración Directa

                            a Entidades Federativas y Municipios; así como, Ramo General 33 Fondo III: Fondo de           se encuentren autorizados en el Presupuesto de Egresos y registrados en la

                            Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales    contabilidad del municipio, que los pagos realizados por concepto de mano de obra

                            del Distrito Federal (FAISMUN); como se detalla en el Anexo 01.                               estén soportados con las listas de raya y cuenten con las firmas con las que se

                                                                                                                          acredite la recepción de pago, que en las listas de raya se efectúen las retenciones

                            Constatando que el Municipio de San Martín Peras, Distrito de Juxtlahuaca, Oaxaca,            de I.S.R., asimismo no se constató que dichas retenciones se hayan enterado ante las

                            recibió recursos ministrados por la Secretaría de Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado de  instancias respectivas y que cumplan con la normatividad aplicable.

                            Oaxaca, por un importe de $61,744,642.54 (Sesenta y un millones setecientos cuarenta y

                            cuatro mil seiscientos cuarenta y dos pesos 54/100 M.N.), correspondientes al ejercicio • El Municipio no comprobó que los ingresos fueron recaudados, obtenidos, captados

                            fiscal 2023; como se detalla en el Anexo 01 que antecede sin embargo, al constatar que la     y administrados conforme a la Ley de Ingresos municipal y que se encuentren

                            Entidad Fiscalizable no presentó la documentación comprobatoria y justificativa que           debidamente autorizados y registrados conforme a la normatividad aplicable.

                            compruebe el buen registro contable de los ingresos recibidos, de acuerdo a su Ley de

                            Ingresos y demás normatividad aplicable; así como, al no presentar documentación              • El Municipio no comprobó que las erogaciones se ejercieron en los conceptos,

                            comprobatoria y justificativa del gasto, en donde conste que las erogaciones se ejercieron    programas y partidas autorizadas en el Presupuesto de Egresos debidamente

                            en los conceptos y partidas autorizadas en su Presupuesto de Egresos y que se encuentren      autorizado.

                            registrados en el Sistema de Contabilidad; además, que cumplan con las disposiciones

                            jurídicas aplicables en materia del ejercicio del gasto público respecto a la contratación de • El Municipio no comprobó que efectivamente se realizó los registros presupuestales

                            servicios, obra pública, adquisiciones, arrendamientos, conservación, uso, destino,           y contables específicos, identificados y controlados, de las erogaciones; asimismo,

                            afectación, enajenación y baja de bienes muebles e inmuebles; se concluye que:                que cuente con la documentación comprobatoria y justificativa original que soporta

                                                                                                                          los registros en apego a la normatividad aplicable.

                            • El Municipio no presentó la documentación comprobatoria y justificativa del ejercicio

                               del gasto y no comprobó que los recursos se hayan ejercido conforme a la                   • El Municipio no comprobó que los recursos económicos destinados para el desarrollo

                               normatividad aplicable para cada caso.                                                     del proyecto y la ejecución de la obra se encuentren debidamente aprobados y

                                                                                                                          autorizados.

                            • El Municipio no comprobó que los bienes muebles e intangibles adquiridos se

                               encuentren autorizados en el Presupuesto de Egresos y registrados en la contabilidad • El Municipio no comprobó que el Programa Anual de Obra se haya elaborado.

                               del municipio, que se encuentren en el inventario de bienes de la Entidad Fiscalizable,

                               que cuenten con los resguardos correspondientes y con la documentación original • El Municipio no comprobó que fueran realizados los estudios, proyectos,

                               comprobatoria y justificativa.                                                             especificaciones de construcción y programas de ejecución para la realización de

                                                                                                                          las obras públicas.

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