Page 10 - San Martin Peras
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera • El Municipio no comprobó que la obra pública ejecutada por contrato se encuentren
insuficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, autorizados en el Presupuesto de Egresos y registrados en la contabilidad del
concluyendo como no solventado el resultado AF-03. municipio, que el municipio haya efectuado la retención y entero correspondiente al
cinco al millar y al impuesto sobre erogaciones por remuneraciones al trabajo
Finalmente, de la información proporcionada por la Secretaría de Finanzas del Poder personal, y que cuenten con la documentación original comprobatoria y justificativa,
Ejecutivo del Estado de Oaxaca, se constató que el H. Ayuntamiento del Municipio de San así mismo, no se constató la amortización total del anticipo otorgado y no comprobó
Martín Peras, Distrito de Juxtlahuaca, Oaxaca, recibió en el ejercicio fiscal 2023, recursos que cumple con la normatividad aplicable.
en cantidad de $61,744,642.54 (Sesenta y un millones setecientos cuarenta y cuatro mil
seiscientos cuarenta y dos pesos 54/100 M.N.), por concepto del Ramo 28, Participaciones • El Municipio no comprobó que la obra pública ejecutada por Administración Directa
a Entidades Federativas y Municipios; así como, Ramo General 33 Fondo III: Fondo de se encuentren autorizados en el Presupuesto de Egresos y registrados en la
Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales contabilidad del municipio, que los pagos realizados por concepto de mano de obra
del Distrito Federal (FAISMUN); como se detalla en el Anexo 01. estén soportados con las listas de raya y cuenten con las firmas con las que se
acredite la recepción de pago, que en las listas de raya se efectúen las retenciones
Constatando que el Municipio de San Martín Peras, Distrito de Juxtlahuaca, Oaxaca, de I.S.R., asimismo no se constató que dichas retenciones se hayan enterado ante las
recibió recursos ministrados por la Secretaría de Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado de instancias respectivas y que cumplan con la normatividad aplicable.
Oaxaca, por un importe de $61,744,642.54 (Sesenta y un millones setecientos cuarenta y
cuatro mil seiscientos cuarenta y dos pesos 54/100 M.N.), correspondientes al ejercicio • El Municipio no comprobó que los ingresos fueron recaudados, obtenidos, captados
fiscal 2023; como se detalla en el Anexo 01 que antecede sin embargo, al constatar que la y administrados conforme a la Ley de Ingresos municipal y que se encuentren
Entidad Fiscalizable no presentó la documentación comprobatoria y justificativa que debidamente autorizados y registrados conforme a la normatividad aplicable.
compruebe el buen registro contable de los ingresos recibidos, de acuerdo a su Ley de
Ingresos y demás normatividad aplicable; así como, al no presentar documentación • El Municipio no comprobó que las erogaciones se ejercieron en los conceptos,
comprobatoria y justificativa del gasto, en donde conste que las erogaciones se ejercieron programas y partidas autorizadas en el Presupuesto de Egresos debidamente
en los conceptos y partidas autorizadas en su Presupuesto de Egresos y que se encuentren autorizado.
registrados en el Sistema de Contabilidad; además, que cumplan con las disposiciones
jurídicas aplicables en materia del ejercicio del gasto público respecto a la contratación de • El Municipio no comprobó que efectivamente se realizó los registros presupuestales
servicios, obra pública, adquisiciones, arrendamientos, conservación, uso, destino, y contables específicos, identificados y controlados, de las erogaciones; asimismo,
afectación, enajenación y baja de bienes muebles e inmuebles; se concluye que: que cuente con la documentación comprobatoria y justificativa original que soporta
los registros en apego a la normatividad aplicable.
• El Municipio no presentó la documentación comprobatoria y justificativa del ejercicio
del gasto y no comprobó que los recursos se hayan ejercido conforme a la • El Municipio no comprobó que los recursos económicos destinados para el desarrollo
normatividad aplicable para cada caso. del proyecto y la ejecución de la obra se encuentren debidamente aprobados y
autorizados.
• El Municipio no comprobó que los bienes muebles e intangibles adquiridos se
encuentren autorizados en el Presupuesto de Egresos y registrados en la contabilidad • El Municipio no comprobó que el Programa Anual de Obra se haya elaborado.
del municipio, que se encuentren en el inventario de bienes de la Entidad Fiscalizable,
que cuenten con los resguardos correspondientes y con la documentación original • El Municipio no comprobó que fueran realizados los estudios, proyectos,
comprobatoria y justificativa. especificaciones de construcción y programas de ejecución para la realización de
las obras públicas.
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