Page 19 - San Mateo del Mar
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primero y segundo de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de INFORME FINAL DE AUDITORÍA
Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 25 del Reglamento Contabilidad Gubernamental; y 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto
de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y y Responsabilidad Hacendaria.
Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 88 del Presupuesto de
Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023; y 186 párrafo tercero del Reglamento de Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. acción:
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente Pliego de Observaciones.
acción:
2023-OA/CPM/064/2024-PO-20
Pliego de Observaciones.
Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
2023-OA/CPM/064/2024-PO-19 documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $22,633.69 (Veintidós
mil seiscientos treinta y tres pesos 69/100 M.N.), conforme a la observación detallada en este
Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la resultado.”
documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $164,047.61 (Ciento
sesenta y cuatro mil cuarenta y siete pesos 61/100 M.N.), conforme a la observación detallada en (…)
este resultado.”
La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado
(…) antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; acreditando todas las
antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente: observaciones transcritas anteriormente, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-16-SOL-20.
Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; acreditando todas las Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
observaciones transcritas anteriormente, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-15-SOL-19. suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo
como solventado el resultado AF-24.
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo El siguiente resultado AF-25 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se
como solventado el resultado AF-23. transcribe a continuación:
El siguiente resultado AF-24 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se (…)
transcribe a continuación:
“RESULTADO: AF-25
CON OBSERVACIÓN
(…) De la revisión a la sub-subcuenta 51351-3571 INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTTO. DE MAQUINARIA,
OTROS EQUIPOS Y HERRAMIENTAS; se constató que la Entidad Fiscalizable afectó el Presupuesto de
“RESULTADO: AF-24 CON OBSERVACIÓN Egresos en cantidad de $47,291.40 (Cuarenta y siete mil doscientos noventa y un pesos 40/100 M.N.),
observándose que los registros contables y presupuestarios no se encuentran respaldados con la
De la revisión a la sub-subcuenta 51351-3551 REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO DE documentación justificativa del gasto relativa a la solicitud de las refacciones, la autorización
correspondiente, la constancia de recepción, y la evidencia que demuestre el destino final de las
TRANSPORTE; se constató que la Entidad Fiscalizable afectó al Presupuesto de Egresos en cantidad refacciones; como se detalla en el ANEXO DAM-FC-17.
de $22,633.69 (Veintidós mil seiscientos treinta y tres pesos 69/100 M.N.), observándose que los
registros contables y presupuestarios no se encuentran soportados con la documentación
comprobatoria relativa al Comprobante Fiscal Digital por Internet, ni con la documentación
justificativa del gasto referente a la solicitud para la contratación, la autorización correspondiente, la
constancia de recepción, la evidencia del servicio realizado; como se detalla en el ANEXO DAM-FC-
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