Page 18 - San Mateo del Mar
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA      Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente  Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 88 del Presupuesto de
                                acción:                                                                                                Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023; y 186 párrafo tercero del Reglamento de
                                                                                                                                       la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
                                Pliego de Observaciones.
                                                                                                                                       Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
                                2023- OA/CPM/064/2024-PO-17                                                                            acción:

                                Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la     Pliego de Observaciones.
                                documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $1,857,898.32 (Un millón
                                ochocientos cincuenta y siete mil ochocientos noventa y ocho pesos 32/100 M.N.), conforme a la         2023- OA/CPM/064/2024-PO-18
                                observación detallada en este resultado.”
                                                                                                                                       Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
                                (…)                                                                                                    documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $87,000.00 (Ochenta y
                                                                                                                                       siete mil pesos 00/100 M.N.), conforme a la observación detallada en este resultado.”
                            La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado
                            antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:                                       (…)

                            Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; acreditando todas las                      La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado
                            observaciones transcritas anteriormente, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-13-SOL-17.                     antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:

                            Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera                  Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; acreditando todas las
                            suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo                observaciones transcritas anteriormente, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-14-SOL-18.
                            como solventado el resultado AF-21.
                                                                                                                                       Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
                            El siguiente resultado AF-22 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se               suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo
                            transcribe a continuación:                                                                                 como solventado el resultado AF-22.

                                (…)                                                                                                    El siguiente resultado AF-23 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se
                                                                                                                                       transcribe a continuación:
                                “RESULTADO: AF-22
                                                   CON OBSERVACIÓN

                                De la revisión a las sub-subcuenta 51331-3393 OTROS SERVICIOS PROFESIONALES NO DESCRITOS               (…)                CON OBSERVACIÓN
                                ANTERIORMENTE, se constató que la Entidad Fiscalizable afectó el Presupuesto de Egresos en cantidad
                                de $87,000.00 (Ochenta y siete mil pesos 00/100 M.N.), observándose que los registros contables y      “RESULTADO: AF-23
                                presupuestarios no se encuentran respaldados con la documentación justificativa del gasto relativa
                                al procedimiento de contratación en donde garanticen al municipio las mejores condiciones              De la revisión a las sub-subcuenta 51351-3511 CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO MENOR DE
                                disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias            INMUEBLES, se constató que la Entidad Fiscalizable afectó el Presupuesto de Egresos en cantidad de
                                pertinentes; la solicitud de la necesidad de la contratación, la autorización correspondiente, tres    $164,047.61 (Ciento sesenta y cuatro mil cuarenta y siete pesos 61/100 M.N.), observándose que los
                                referentes, y la evidencia de los trabajos realizados; como se detalla en el ANEXO DAM-FC-14.          registros contables y presupuestarios no se encuentran soportados con la documentación
                                                                                                                                       comprobatoria relativa al Comprobante Fiscal Digital por Internet, ni con la documentación
                                Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de       justificativa del gasto relativa a la solicitud para la contratación, tres referentes, la autorización
                                Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 28 párrafos         correspondiente, la constancia de recepción, y la evidencia de los trabajos realizados; como se detalla
                                primero y segundo de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de             en el ANEXO DAM-FC-15.
                                Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 25 del Reglamento
                                de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y                   Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de
                                                                                                                                       Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 28 párrafos

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