Page 8 - Santa Catalina Quieri
P. 8
INFORME FINAL DE AUDITORÍA Solicitud de Aclaración: embargo, se advierte que no presentó las conciliaciones bancarias requeridas por esta Auditoría Superior
2023-OA/CPM/088/2024-SA-03 en relación con las siguientes cuentas bancarias:
Se requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a la observación que se detalla en este INSTITUCIÓN RAMO Y FONDO NÚMERO DE
resultado.” BANCARIA CUENTA
(…) BANCO MERCANTIL DEL RAMO 28, Participaciones a Entidades Federativas y Municipios 1214624147
NORTE, S.A., INSTITUCIÓN DE 1214625377
La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes BANCA MÚLTIPLE, GRUPO RAMO 33 Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social 1214627586
transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente: FINANCIERO BANORTE. Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito
Federal (FAISMUN)
Una vez vencido el plazo otorgado en el Informe Preliminar de Auditoría, la Entidad
Fiscalizable NO aportó información o documentación respecto al resultado anteriormente RAMO 33 Fondo de Aportaciones para el fortalecimiento de los
transcrito, NO ejerciendo a su favor el derecho concedido en el artículo 34 de la Ley de Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito
Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca, por lo que se tienen por Federal (FORTAMUN)
consentidas las observaciones realizadas.
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 70 párrafo primero fracción I de la Ley General de
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 12 párrafo primero y 34 de la Ley de Contabilidad Gubernamental y 12 párrafo primero de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de
Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca, y 169, 170 párrafos Cuentas del Estado de Oaxaca.
primero y segundo, 174, 175, 176, 177, 182 párrafos primero y segundo, 183 primer párrafo de
la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca. Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, determina Solicitud de Aclaración:
como no solventado el resultado AC-03. 2023-OA/CPM/088/2024-SA-04
Se requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
El siguiente resultado AC-04 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que se documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a la observación que se detalla en este
transcribe a continuación: resultado.”
(…) (…)
“RESULTADO: AC-04 CON OBSERVACIÓN La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes
transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
De la revisión y análisis a la documentación presentada por la Entidad Fiscalizable, se constató que
presentó los Contratos de cuentas bancarias, y Estados de Cuenta del ejercicio fiscal 2023, Presentó copia certificada del cuadernillo que contiene Conciliaciones Bancarias y Estados
correspondientes al Ramo 28, Participaciones a Entidades Federativas y Municipios, y Ramo 33, Fondo de de Cuenta del Ramo 28, Participaciones a Entidades Federativas y Municipios y Ramo
Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito General 33 Fondo III Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las
Federal (FAISMUNDF) y Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FISMDF) y Fondo IV Fondo de Aportaciones
Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FORTAMUNDF); constatando que aperturaron cuentas para Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito
bancarias productivas específicas para cada fondo o programa de manera mancomunada; asimismo, Federal (FORTAMUNDF), verificando que los ingresos recibidos fueron registrados en cada
se identificó que fueron registrados los ingresos recibidos por la Secretaría de Finanzas en cada una de una de las cuentas bancarias y no se realizaron traspasos entre estas.
las cuentas bancarias y no se realizaron traspasos entre las cuentas bancarias aperturadas. Sin
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
suficientes los documentos presentados por la Entidad Fiscalizable, concluyendo como
solventado el resultado AC-04.
6

