Page 10 - Santa Catalina Quieri
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:
transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
Solicitud de Aclaración:
Si bien presentó copia certificada del cuadernillo que contiene los Estados Financieros e 2023-OA/CPM/088/2024-SA-07
Informes de Avance de Gestión Financiera del ejercicio 2023, Se requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a la observación que se detalla en este
Atendiendo este punto, también se puede advertir de dicho cuadernillo que el cuarto resultado.”
trimestre fue presentado en tiempo y forma, sin embargo, en cuanto a los trimestres primero,
segundo y tercero del ejercicio fiscal 2023, se advierte que fueron presentados de forma (…)
extemporánea, incumpliendo el plazo establecido en la normatividad aplicable; por lo que
se tienen por no solventada la observación realizada. La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes
transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 58 párrafo primero de la Ley de Disciplina
Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios; 48, 51 y 52 de la Ley General de Presentó copia certificada del cuadernillo que contiene el Informe Anual de Gobierno, sin
Contabilidad Gubernamental; 12 párrafo primero, 15 párrafos primero y segundo embargo no presentó el Acta de Sesión Pública y Solemne del Municipio en la cual se autoriza
fracciones I y II de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de dicho informe, asimismo, no presentó evidencia que constate que se haya hecho de
Oaxaca; y 43 párrafo primero fracciones XXII y LII, 71 fracción III y 95 párrafo primero conocimiento de la población la información total del Estado de la Hacienda Pública
fracciones IV y IX de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca. Municipal, el avance de los Programas, las Obras en Proceso y Concluidas, y en general del
estado que guardan los asuntos municipales, por lo que se tienen por no solventada la
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera observación.
insuficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable,
concluyendo como no solventado el resultado AC-06. Incumpliendo con lo establecido en los artículos 12 párrafo primero de la Ley de
Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca; y 43 párrafo primero
El siguiente resultado AC-07 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que se fracción XL y 68 fracción VIII de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca.
transcribe a continuación:
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
(…) insuficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable,
concluyendo como no solventado el resultado AC-07.
“RESULTADO: AC-07 CON OBSERVACIÓN
El siguiente resultado AC-08 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que se
Del análisis a la documentación presentada por la Entidad Fiscalizable, se constató que no presentó el transcribe a continuación:
Informe de Gobierno del ejercicio 2023, al igual que, el acta de sesión pública y solemne del Municipio en
la cual se autoriza dicho informe; por lo que, no acreditó que haya informado a la población el Estado (…) CON OBSERVACIÓN
Financiero de la Hacienda Pública Municipal, las obras en proceso y concluidas y el estado que guardan
los asuntos municipales, así como la información relativa a los montos recibidos, obras y acciones a “RESULTADO: AC-08
realizar, el costo, ubicación, metas y beneficiarios de cada una de las obras realizadas.
De la revisión y análisis realizado a la documentación presentada por la Entidad Fiscalizable, relativa al
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 12 párrafo primero de la Ley de Fiscalización Superior y Presupuesto de Egresos 2023 y a la Cuenta Pública del ejercicio 2023, se identificó que los importes de
Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca y 43 párrafo primero fracción XL y 68 fracción VIII de la Ley las partidas presupuestarias ejercidas y registradas no corresponden a los importes autorizados en el
Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca. Presupuesto de Egresos aprobado, apreciándose además, que no se realizaron ni se autorizaron de
manera correcta las correspondientes modificaciones al Presupuesto de Egresos, como se detalla a
continuación:
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