Page 8 - Santa Cruz Tacahua
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA     programa de manera mancomunada y que los recursos recibidos por la Secretaría de Finanzas                          Presentó copia certificada de oficio por medio del cual remitió la Cuenta Pública Municipal
                               fueron depositados en las cuentas bancarias correspondientes; sin embargo, no acreditó que los                     del ejercicio 2023, ante la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca,
                               recursos ministrados hayan sido registrados en el sistema de contabilidad que manejó el Municipio,                 identificando que fueron registraron los ingresos recaudados y recibidos por la Secretaría de
                               toda vez que, no fue presentada la Cuenta Pública correspondiente al ejercicio 2023 ante esta                      Finanzas en las respectivas cuentas contables correspondientes al Ramo 28, Participaciones
                               Auditoría Superior del Estado.                                                                                     a Entidades Federativas y Municipios; y Ramo 33, Fondo de Aportaciones para la
                                                                                                                                                  Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal
                               INSTITUCIÓN        RAMO Y FONDO                                NÚMERO DE         FIRMAS MANCOMUNADAS               (FAISMUN) y Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las
                                BANCARIA                                                        CUENTA                                            Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FORTAMUN).
                                                                                                          Apolonio Miguel Hernández
                               BBVA México,       RAMO 28 Participaciones a Entidades         1214276500  Chávez;                                 Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
                               S.A., Institución  Federativas y Municipios                                Gerardo Aguilar Castañeda               suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo
                               de Banca                                                       1214276519                                          como solventado el resultado AC-04.
                               Múltiple,          RAMO 33 Fondo de Aportaciones para la                   Apolonio Miguel Hernández
                               Grupo              Infraestructura Social Municipal y de las   1214276528  Chávez;                                 El siguiente resultado AC-05 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que se
                               Financiero         Demarcaciones Territoriales del Distrito                Gerardo Aguilar Castañeda               transcribe a continuación:
                               BBVA México        Federal (FAISMUN)
                                                  RAMO 33 Fondo de Aportaciones para el                   Apolonio Miguel Hernández                        (…)
                                                  fortalecimiento de los Municipios y de las              Chávez;
                                                  Demarcaciones Territoriales del Distrito                Gerardo Aguilar Castañeda                           “RESULTADO: AC-05 CON OBSERVACIÓN
                                                  Federal (FORTAMUN)
                                                                                                                                                              De la revisión y fiscalización a la documentación presentada por la Entidad Fiscalizable a requerimiento
                                        Incumpliendo con lo establecido en los artículos 4, 35, 36, 38 fracción II, 42, 43, 69 párrafos primero,              de auditoría, se constató que presentó los documentos denominados “Inventario de Bienes Inmuebles
                                        tercero y cuarto, 70 párrafo primero fracción I de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; 2                    al 31 de diciembre de 2023” e “Inventario de Bienes Muebles al 31 de diciembre de 2023”, sin embargo,
                                        párrafo quinto de la Ley de Hacienda Municipal del Estado de Oaxaca y 12 párrafo primero de la Ley                    no presentó evidencia de haberlos presentado ante el Congreso del Estado para su conocimiento y
                                        de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca.                                                haberlos publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado o en la Gaceta Municipal; además,
                                                                                                                                                              presentó el Acta de Sesión Extraordinaria para determinar lo relativo a la desincorporación de bienes
                                        Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:                             muebles del patrimonio del municipio de Santa Cruz Tacahua de fecha 07 de agosto de 2023, no
                                                                                                                                                              obstante, no presentó el programa anual para la disposición final de bienes, previo dictamen de no
                                        Solicitud de Aclaración:                                                                                              utilidad, debidamente autorizado; aunado a lo anterior, no acreditó que los inventarios, así como la
                                                                                                                                                              disposición de baja de bienes, se encuentren debidamente registrados en la Cuenta Pública del
                                        2023-OA/CPM/095/2024-SA-04                                                                                            ejercicio 2023, toda vez, que dicho documento no fue presentado ante la Auditoría Superior de
                                                                                                                                                              Fiscalización del Estado.
                                        Se requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
                                        documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a la observación que se detalla en este                    Incumpliendo con lo establecido en los artículos 23, 24, 25, 27, 28 y 43 de la Ley General de Contabilidad
                                        resultado.”                                                                                                           Gubernamental; 12 párrafo primero de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del
                                                                                                                                                              Estado de Oaxaca; 2 de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios
                                     (…)                                                                                                                      y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 71 párrafo primero fracción IX,
                                                                                                                                                              109, 110, 111, 112, 113 y 120 párrafos primero y segundo de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca
                            La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes                                       y Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos dirigidos a asegurar que el Sistema de Contabilidad
                            transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:                                                                    Gubernamental facilite el Registro y Control de los Inventarios de los Bienes Muebles e Inmuebles de los
                                                                                                                                                              Entes Públicos.

                                                                                                                                                              Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:

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