Page 7 - Santa Gertrudis
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internos o externos, el cual exhibe el Programa de Actividades para llevar a cabo el Control                                       d) Respecto del documento presentado como Bando de Policía y Gobierno, el cual se encuentra                                    INFORME FINAL DE AUDITORÍA
Interno del municipio.                                                                                                                   elaborado y aprobado dentro de los primeros 90 días a la toma de posesión del H. Ayuntamiento,
                                                                                                                                         se observó que la Entidad Fiscalizable, no presentó a requerimiento evidencia que acredite la
Por ultimo presentó el inventario de bienes muebles e inmuebles actualizado al 31 de                                                     publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado y/o en la Gaceta Municipal documento.
diciembre 2023, informando que el encargado del documento en mención es el Síndico
Municipal, de la misma manera mostró un programa de actividades que contempla la                                                   e) Respecto del documento presentado como Reglamento Interno, el cual se encuentra la
capacitación al personal en materia de Control Interno atendiendo las necesidades de                                                     elaboración y aprobación dentro de los primeros 90 días de la administración se observó que la
conocimiento, competencia y capacidades del personal y por último presenta los                                                           Entidad Fiscalizable no presentó a requerimiento evidencia que acredite la publicación en el
indicadores para medir el cumplimiento de los objetivos y metas, mismos que son parte de                                                 Periódico Oficial del Gobierno del Estado y/o en la Gaceta Municipal.
la Cuenta Pública.
                                                                                                                                   Incumpliendo con lo establecido en los artículos 115 fracción II párrafos primero y segundo de la
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera                                          Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 16 de la Ley General de Responsabilidades
suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo                                        Administrativas; 5 párrafo segundo de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción; 23 y 71
como solventado el resultado AD-01.                                                                                                párrafo primero fracción II incisos a) y b) de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información
                                                                                                                                   Pública; 113 fracción I párrafo décimo cuarto de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de
El siguiente resultado AD-02 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que                                          Oaxaca; 5 párrafo segundo de la Ley del Sistema Estatal de Combate a la Corrupción; 5 párrafo
se transcribe a continuación:                                                                                                      primero, 15 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado y Municipios de Oaxaca; 7 párrafo
                                                                                                                                   primero fracción IV, 10 párrafo primero fracciones II, VIII, X y XIII, 19 párrafos primero y segundo, 30 párrafo
         (…)                                                                                                                       primero fracciones V y VII de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y buen Gobierno
                                                                                                                                   del Estado de Oaxaca; 29 párrafo segundo, 43 párrafo primero fracciones I y I Bis párrafo primero, 47
            “RESULTADO: AD-02 CON OBSERVACIÓN                                                                                      párrafo primero fracción X, 68 párrafo primero fracción V, 134, 138, 139, 140 y 141 de la Ley Orgánica
                                                                                                                                   Municipal del estado de Oaxaca y Acuerdo por el que se dan a conocer los Lineamientos para la
            DOCUMENTOS NORMATIVOS BÁSICOS                                                                                          emisión del Código de Ética.

            Con la finalidad de verificar que el H. Ayuntamiento del Municipio de Santa Gertrudis, Distrito de                     Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:
            Zimatlán, Oaxaca, en cumplimiento a sus atribuciones haya elaborado, aprobado, publicado, difundido
            y, en su caso, remitido al Congreso del Estado, para su conocimiento, los documentos administrativos                   Solicitud de Aclaración:
            y normativos básicos, los cuales son necesarios para una buena organización y funcionamiento del
            mismo, debido a que, como se mencionó, organizan la administración pública municipal y rigen el                        2023- OA/CPM/097/2024-SA-01
            servicio público, se revisó y analizó la documentación e información presentada, concluyendo lo
            siguiente:                                                                                                             Se requiere que presente ante, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
                                                                                                                                   documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a las observaciones que se detallan en
            a) Se verificó que la Entidad Fiscalizable no presentó; el Manual de Organización y Manual de                          este resultado.”
                  Procedimientos, motivo por el cual, no acreditó ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del
                  Estado de Oaxaca haber elaborado, aprobado, publicado, difundido en el Periódico Oficial del                  (…)
                  Gobierno del Estado y/o en la Gaceta Municipal.
                                                                                                                       La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado
            b) Respecto del documento presentado como Código de Ética, el cual se encuentra aprobado por               antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
                  medio de Acta de Sesión Extraordinaria de Cabildo de fecha 15 de febrero de 2022, donde se analizó
                  y aprobó por mayoría calificada, se observó que la Entidad Fiscalizable no presentó a requerimiento  Respecto a la observación de publicar el Manual de Organización, Manual de
                  evidencia que acredite la publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado y/o en la      Procedimientos y Código de Conducta, presentó evidencia de su publicación en la Gaceta
                  Gaceta Municipal.                                                                                    Municipal publicación Nº1 Tomo II de fecha 04 de marzo de 2022.

            c) Se verificó que la Entidad Fiscalizable no presentó; el Código de Conducta, motivo por el cual, no      Igualmente, el Código de Ética, presentó evidencia de su publicación en la Gaceta Municipal
                  acreditó ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca haber elaborado,         Tomo I, publicación Nº2 de fecha 24 de febrero de 2022
                  aprobado, publicado, difundido en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado y/o en la Gaceta
                  Municipal.                                                                                                                                                                                                                                   5
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