Page 38 - Heroica Ciudad de Tlaxiaco
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General (Doscientos noventa y ocho mil cincuenta y seis pesos 97/100 M.N.), conforme a la observación
de Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; detallada en este resultado.”
28 de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y
Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 186 párrafo tercero (…)
del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y 88 del
Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023. La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado
antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
insuficiente la información y documentación exhibida por la Entidad Fiscalizable, Respecto a la documentación justificativa del gasto, relativa al proceso de contratación
concluyendo como no solventado el Resultado: AF-37. correspondiente; presentó información y documentación como se detalla en el ANEXO
DAM-FC-17-SOL, sin embargo, no presentó la demás documentación del proceso de
El siguiente Resultado: AF-38 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que contratación correspondiente y justificación de la excepción a la licitación; por lo cual la
se transcribe a continuación: documentación presentada, resulta insuficiente para solventar las observaciones emitidas
en cantidad de $201,996.98 (Doscientos un mil novecientos noventa y seis pesos 98/100
(…) M.N.).
“RESULTADO: AF-38 CON OBSERVACIÓN Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General
de Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca;
De la revisión a la sub-subcuenta 51381-3822 ACTOS DE ORDEN SOCIAL Y CULTURAL, se constató que 28 de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y
el H. Ayuntamiento del Municipio de Heroica Ciudad de Tlaxiaco, Distrito de Tlaxiaco, Oaxaca, afectó Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 186 párrafo tercero
el Presupuesto de Egresos en cantidad de $348,056.97 (Trescientos cuarenta y ocho mil cincuenta del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y 88 del
y seis pesos 97/100 M.N.); observando que los registros contables y presupuestarios, no se encuentran Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023.
respaldados con la documentación justificativa del gasto en cantidad de $298,056.97 (Doscientos
noventa y ocho mil cincuenta y seis pesos 97/100 M.N.), relativa al proceso de contratación Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
correspondiente, conforme a la normatividad aplicable, en donde garanticen al municipio las mejores insuficiente la información y documentación exhibida por la Entidad Fiscalizable,
condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás concluyendo como no solventado el Resultado: AF-38.
circunstancias pertinentes; lo anterior como se detalla en el ANEXO DAM-FC-17.
El siguiente Resultado: AF-39 SIN OBSERVACIÓN, fue emitido en el Informe Preliminar de
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de Auditoría, mismo que se transcribe a continuación:
Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 28 de la Ley
de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de (…)
Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley
Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y 88 del Presupuesto de Egresos del Estado “RESULTADO: AF-39 SIN OBSERVACIÓN
de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023.
De la revisión a la documentación presentada por el Municipio y documentación proporcionada por
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente la Secretaría de Finanzas del Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado de Oaxaca, se constató que
acción: durante el ejercicio fiscal 2023, la entidad fiscalizable, no contrató Deuda Pública en donde
comprometiera los recursos.
Pliego de observaciones:
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, no realiza observación
2023-OA/CPM/101/2024-PO-34. alguna respecto a este resultado.”
Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $298,056.97
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