Page 11 - Santa María Chimalapa
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normatividad aplicable, por el importe de $36,000.00 (Treinta seis mil pesos 00/100 M.N.). Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 párrafo primero y 70 fracción I de la Ley INFORME FINAL DE AUDITORÍA
General de Contabilidad Gubernamental; y 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, no realiza observación Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
alguna, respecto a este resultado.”
Por lo anterior, esta Auditoria Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
(…) acción:
Debido a lo anterior, este resultado AF-11 permanece sin observaciones. Pliego de Observaciones.
El siguiente resultado AF-12 SIN OBSERVACIÓN, fue emitido en el informe preliminar de 2023-OA/CPM/105/2024-PO-06
auditoría, mismo que se transcribe a continuación:
Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
(…) SIN OBSERVACIÓN documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $174,448.98 (Ciento
setenta y cuatro mil cuatrocientos cuarenta y ocho pesos 98/100 M.N.), conforme a la observación
“RESULTADO: AF-12 detallada en este resultado.”
De la revisión a la sub-subcuenta 51331-3312 SERVICIOS DE CONTABILIDAD, AUDITORIA, ASESORÍA CONTABLE (…)
Y FISCAL, se verificó que las erogaciones se ejercieron en los conceptos, programas y partidas
autorizadas en el Presupuesto de Egresos debidamente autorizado. Asimismo, se comprobó que la La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes
entidad fiscalizable realizó los registros presupuestales y contables específicos, identificados y transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
controlados, de las erogaciones; y que cuenta con la documentación comprobatoria y justificativa
original que soporta los registros en apego a la normatividad aplicable, por el importe de $360,000.00 Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; acreditando todas las
(Trecientos sesenta mil pesos 00/100 M.N.). observaciones transcritas anteriormente, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-08-SOL-08.
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, no realiza observación Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
alguna, respecto a este resultado.” suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo
como solventado el resultado AF-13.
(…)
El siguiente resultado AF-14 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se
Debido a lo anterior, este resultado AF-12 permanece sin observaciones. transcribe a continuación:
El siguiente resultado AF-13 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se
transcribe a continuación:
(…) CON OBSERVACIÓN (…) CON OBSERVACIÓN
“RESULTADO: AF-13 “RESULTADO: AF-14
De la revisión a la sub-subcuenta 51321-3334 SERVICIOS DE ASESORÍA CIENTÍFICA Y TÉCNICA, se constató De la revisión a la sub-subcuenta 51351-3511 CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO MENOR DE INMUEBLES, se
que la entidad fiscalizable afectó al Presupuesto de Egresos en cantidad de $785,020.38 (Setecientos constató que la entidad fiscalizable afectó al Presupuesto de Egresos en cantidad de $107,610.18 (Ciento
ochenta y cinco mil veinte pesos 38/100 M.N.), observándose la cantidad de $174,448.98 (Ciento setenta siete mil seiscientos diez pesos 18/100 M.N.), observándose la cantidad de $87,230.18 (Ochenta y siete
y cuatro mil cuatrocientos cuarenta y ocho pesos 98/100 M.N.), debido a que los registros contables y mil doscientos treinta pesos 18/100 M.N.), debido a que los registros contables y presupuestarios no se
presupuestarios no se encuentran soportados con la documentación justificativa del gasto, relativa a encuentran soportados con la documentación justificativa del gasto, relativa a la autorización para la
la solicitud que especifique la necesidad de contratar el servicio, la autorización correspondiente y la adquisición y la evidencia suficiente del servicio realizado, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-09.
evidencia de los servicios realizados referente a los entregables, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-
08.
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