Page 20 - Santa Maria del Tule
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA  El siguiente resultado AF-31 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se                El siguiente resultado AF-32 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se
                            transcribe a continuación:                                                                                  transcribe a continuación:

                                (…)                                                                                                     (…)

                                “RESULTADO: AF-31           CON OBSERVACIÓN                                                             “RESULTADO: AF-32           CON OBSERVACIÓN

                                De la revisión a la sub-subcuenta 51351-3511 CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO MENOR DE INMUEBLES; se        De la revisión a la sub-subcuenta 51351-3531 INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTTO. DE EQUIPO DE
                                constató que la entidad fiscalizable afectó al Presupuesto de Egresos en cantidad de $1,841,790.05 (Un  COMPUTO Y TECNOLOGIAS DE LA INFORMACIÓN; se constató que la entidad fiscalizable afectó al
                                millón ochocientos cuarenta y un mil setecientos noventa pesos 05/100 M.N.), observándose la            Presupuesto de Egresos en cantidad de $65,952.89 (Sesenta y cinco mil novecientos cincuenta y dos
                                cantidad de $104,980.00 (Ciento cuatro mil novecientos ochenta pesos 00/100 M.N.), debido a que los     pesos 89/100 M.N.), observándose la cantidad de $22,290.88 (Veintidós mil doscientos noventa pesos
                                registros contables y presupuestarios no se encuentran soportados con la documentación                  88/100 M.N.), debido a que los registros contables y presupuestarios no se encuentran soportados con
                                justificativa del gasto, como es el procedimiento de contratación en donde garantice al municipio las   la documentación justificativa del gasto, como es la solicitud que especifique la necesidad del
                                mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás        servicio; la autorización correspondiente; y evidencia del uso y destino del recurso, como se detalla
                                circunstancias pertinentes; la solicitud que especifique la necesidad del servicio; la autorización     en el ANEXO DAM-FC-24.
                                correspondiente; y evidencia del uso y destino del recurso, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-23.

                                Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 párrafo primero y 70 fracción I de la Ley   Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 párrafo primero y 70 fracción I de la Ley
                                General de Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 28        General de Contabilidad Gubernamental; y 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de
                                párrafos primero y segundo de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de     Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
                                Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 88 del Presupuesto
                                de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023; y 186 párrafo tercero del Reglamento     Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:
                                de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
                                                                                                                                        Pliego de Observaciones.

                                Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:               2023-OA/CPM/106/2024-PO-24

                                Pliego de Observaciones.                                                                                Se le requiere que presente, ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
                                                                                                                                        documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $22,290.88 (Veintidós mil
                                2023-OA/CPM/106/2024-PO-23                                                                              doscientos noventa pesos 88/100 M.N.), conforme a las observaciones detalladas en este resultado.”

                                Se le requiere que presente, ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la     (…)
                                documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $104,980.00 (Ciento
                                cuatro mil novecientos ochenta pesos 00/100 M.N.), conforme a las observaciones detalladas en este      La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado
                                resultado.”                                                                                             antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:

                                (…)

                            La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado                       Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; acreditando todas las
                            antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:                                        observaciones transcritas anteriormente, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-24-SOL-24.

                            Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; acreditando todas las                       Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
                            observaciones transcritas anteriormente, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-23-SOL-23.                      suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo
                                                                                                                                        como solventado el resultado AF-32.

                            Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera                   El siguiente resultado AF-33 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se
                            suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo                 transcribe a continuación:
                            como solventado el resultado AF-31.

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