Page 6 - Santa Maria Jalapa del Marques
P. 6

INFORME FINAL DE AUDITORÍA              primero fracciones I y II, 71 párrafo primero fracción II incisos a) y b) de la Ley General de Transparencia   institucionales; Rendición de informe detallado a la ciudadanía, por conducto del Presidente Municipal,
                                        y Acceso a la Información Pública; 113 párrafo décimo tercero, 120 párrafo segundo de la Constitución          de la actuación y desempeño del estado financiero, la hacienda pública municipal, el avance de los
                                        Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 4 párrafo segundo, 5 párrafo segundo, 6 párrafo                programas, las obras en proceso y concluidas y, en general, del estado que guardan los asuntos
                                        primero de la Ley del Sistema Estatal de Combate a la Corrupción; 5 párrafo primero, 15 de la Ley de           municipales.
                                        Responsabilidades Administrativas del Estado y Municipios de Oaxaca; 7 párrafo primero fracción IV,
                                        30 párrafo primero fracciones V y VII de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y           Incumpliendo con lo establecido en los artículos 4 párrafo segundo de la Ley del Sistema Estatal de
                                        Buen Gobierno del Estado de Oaxaca; 29 párrafo segundo, 43 párrafo primero fracciones I, I Bis párrafo         Combate a la Corrupción; 43 párrafo primero fracciones XL y LXXX, 68 párrafo primero fracciones II, VIII,
                                        primero, LXI y LXXX, 47 párrafo primero fracción X, 68 párrafo primero fracciones II, V y XXXV, 69, 134, 138,  XXXIII, 69 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca.
                                        139, 140, 141 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca.
                                                                                                                                                       SUPERVISIÓN
                                        ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS
                                                                                                                                                       Se verificó que la Entidad Fiscalizable obtuvo un puntaje de 4.0 de un total de 20.0 disponibles,
                                        Se verificó que la Entidad Fiscalizable obtuvo un puntaje de 5.7 de un total de 20.0 disponibles,              correspondiente al componente Supervisión, debido a que no acreditó contar con lo siguiente; Área
                                        correspondiente al componente Administración de Riesgos, debido a que no acreditó contar con lo                interna o externa que se encargue de supervisar y evaluar la eficacia operativa del Control Interno;
                                        siguiente; Plan Municipal de Desarrollo; Área formalmente establecida que realice las funciones de             Procedimientos y Estrategias para reportar a las partes internas y externas del Ayuntamiento, los
                                        promover y ejecutar la elaboración, actualización, control y evaluación del Plan Municipal de Desarrollo       problemas de control interno detectados; Área que realice la función de verificar que la información
                                        y sus programas; Área encargada de identificar, analizar y evaluar los riesgos que pudieran afectar el         reportada en relación del cumplimiento de los programas del Ayuntamiento sea de calidad,
                                        cumplimiento de los objetivos de su Plan Municipal de Desarrollo; Evaluación de los posibles actos de          tratándose de información adecuada, actual, completa, exacta, accesible y oportuna, en términos del
                                        corrupción, fraude, abuso y otras irregularidades que atenten contra la salvaguarda de los bienes y            Marco Integrado del Control Interno (MICI).
                                        recursos públicos; Prevención y planeación de acciones ante los cambios internos o externos que
                                        afecten el buen funcionamiento del control interno.                                                            Incumpliendo con lo establecido en los artículos 4 párrafo segundo de la Ley del Sistema Estatal de
                                                                                                                                                       Combate a la Corrupción; 29 párrafo segundo, 43 párrafo primero fracciones XI, y LXXX, 68 párrafo
                                        Incumpliendo con lo establecido en los artículos 113 párrafo primero de la Constitución Política de los        primero fracciones II, VIII y XXXIII de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca.
                                        Estados Unidos Mexicanos; 1, 4 párrafo segundo, 6 párrafo primero de la Ley del Sistema Estatal de
                                        Combate a la Corrupción; 63, 64 párrafo primero fracciones II, III y IV, 66 de la Ley Estatal de Planeación;   Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:
                                        68 párrafo primero fracción XIV, 126 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 45 párrafo
                                        segundo de la Ley de Planeación, Desarrollo Administrativo y Servicios Públicos Municipales.                   Recomendación:

                                        ACTIVIDADES DE CONTROL                                                                                         2023-OA/CPM/109/2024-REC-01

                                        Se verificó que la Entidad Fiscalizable obtuvo un puntaje de 10.0 de un total de 20.0 disponibles,             La Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, le recomienda al H. Ayuntamiento del
                                        correspondiente al componente Actividades de Control, debido a que no acreditó contar con lo                   Municipio de Santa María Jalapa del Marqués, Distrito de Tehuantepec, Oaxaca, realizar mejoras
                                        siguiente; Actividades de Control Interno que garanticen alcanzar los objetivos municipales; Evaluación        sustanciales para fortalecer el Sistema de Control Interno Institucional, con relación a lo siguiente:
                                        y retroalimentación de las necesidades de conocimiento, competencia y capacidades que el personal
                                        debe tener para lograr los objetivos; Sistema de control y vigilancia municipal de los bienes muebles          AMBIENTE DE CONTROL
                                        e inmuebles del municipio; Revisiones periódicas o reuniones para detectar la eficacia en el logro de
                                        los objetivos o en el enfrentamiento de sus riesgos.                                                           Se le recomienda, a la Entidad Fiscalizable, realizar acciones necesarias para fortalecer y mantener el
                                                                                                                                                       componente de Ambiente de Control, a través de contar con medios para evaluar el apego y
                                        Incumpliendo con lo establecido en los artículos 4 párrafo segundo de la Ley del Sistema Estatal de            cumplimiento de las normas de conducta del personal de las áreas administrativas; Bando de Policía
                                        Combate a la Corrupción; 29 párrafo segundo, 43 párrafo primero fracciones XI, LXI y LXXX, 68 párrafo          y Gobierno y Reglamentos Municipales; Capacitación a su personal en materia de Legalidad, Ética y
                                        primero fracciones II y XXXIII, 69, 109, 126 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca.                Calidad en el Servicio Público y la publicación y difusión de sus documentos normativos.

                                        INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN                                                                                     ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS

                                        Se verificó que la Entidad Fiscalizable obtuvo un puntaje de 8.0 de un total de 20.0 disponibles,              Se le recomienda, a la Entidad Fiscalizable, realizar acciones necesarias para fortalecer y mantener el
                                        correspondiente al componente Información y Comunicación, debido a que no acreditó contar con lo               componente de Administración de Riesgos, a través de contar con un Plan Municipal de Desarrollo;
                                        siguiente; Indicadores para medir el cumplimiento de los objetivos y metas; Información periódica              Área formalmente establecida que realice las funciones de promover y ejecutar la elaboración,
                                        hacia el Presidente Municipal y al personal del Ayuntamiento de la situación de cambios o asuntos              actualización, control y evaluación del Plan Municipal de Desarrollo y sus programas; Área encargada
                                        emergentes de control interno e información de calidad necesaria para la consecución de objetivos              de identificar, analizar y evaluar los riesgos que pudieran afectar el cumplimiento de los objetivos de

                            4
   1   2   3   4   5   6   7   8   9   10   11