Page 8 - Santa Maria Jalapa del Marques
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA AMBIENTE DE CONTROL INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 113 párrafo primero, 115 fracción II párrafo Incumpliendo con lo establecido en los artículos 4 párrafo segundo de la Ley del Sistema
segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 5 párrafo segundo Estatal de Combate a la Corrupción; 43 párrafo primero fracciones XL y LXXX, 68 párrafo
de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción; 16 de la Ley General de primero fracciones II, VIII, XXXIII, 69 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca.
Responsabilidades Administrativas; 70 párrafo primero fracciones I y II, 71 párrafo primero
fracción II incisos a) y b) de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información SUPERVISIÓN
Pública; 113 párrafo décimo tercero, 120 párrafo segundo de la Constitución Política del
Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 4 párrafo segundo, 5 párrafo segundo, 6 párrafo Incumpliendo con lo establecido en los artículos 4 párrafo segundo de la Ley del Sistema
primero de la Ley del Sistema Estatal de Combate a la Corrupción; 5 párrafo primero, 15 de Estatal de Combate a la Corrupción; 29 párrafo segundo, 43 párrafo primero fracciones XI,
la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado y Municipios de Oaxaca; 7 párrafo y LXXX, 68 párrafo primero fracciones II, VIII y XXXIII de la Ley Orgánica Municipal del
primero fracción IV, 30 párrafo primero fracciones V y VII de la Ley de Transparencia y Estado de Oaxaca.
Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno del Estado de Oaxaca; 29 párrafo
segundo, 43 párrafo primero fracciones I, I Bis párrafo primero, LXI y LXXX, 47 párrafo Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
primero fracción X, 68 párrafo primero fracciones II, V y XXXV, 69, 134, 138, 139, 140, 141 de insuficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable,
la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca. concluyendo como no solventado el resultado AD-01.
ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS
El siguiente resultado AD-02 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que se
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 113 párrafo primero de la Constitución transcribe a continuación:
Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 4 párrafo segundo, 6 párrafo primero de la Ley
del Sistema Estatal de Combate a la Corrupción; 63, 64 párrafo primero fracciones II, III y (…) CON OBSERVACIÓN
IV, 66 de la Ley Estatal de Planeación; 68 párrafo primero fracción XIV, 126 de la Ley
Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 45 párrafo segundo de la Ley de Planeación, “RESULTADO: AD-02
Desarrollo Administrativo y Servicios Públicos Municipales.
DOCUMENTOS NORMATIVOS BÁSICOS
ACTIVIDADES DE CONTROL
Con la finalidad de verificar que el H. Ayuntamiento del Municipio de Santa María Jalapa del Marqués,
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 4 párrafo segundo de la Ley del Sistema Distrito de Tehuantepec, Oaxaca, en cumplimiento de sus atribuciones haya elaborado, aprobado,
Estatal de Combate a la Corrupción; 29 párrafo segundo, 43 párrafo primero fracciones XI, publicado, difundido y, en su caso, haber remitido al Congreso del Estado, para su conocimiento, los
LXI y LXXX, 68 párrafo primero fracciones II y XXXIII, 69, 109, 126 de la Ley Orgánica documentos administrativos y normativos básicos, los cuales son necesarios para una buena
Municipal del Estado de Oaxaca. organización y funcionamiento del mismo, debido a que, como se mencionó, organizan la
administración pública municipal y rigen el servicio público, se revisó y analizó la documentación e
información presentada, concluyendo lo siguiente:
Manual de Organización
Respecto del documento presentado como Manual de Organización, el cual se encuentra elaborado
y aprobado, se observó que la Entidad Fiscalizable no presentó evidencia que acredite la publicación
y difusión del mismo documento.
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