Page 9 - Santa Maria Jalapa del Marques
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Manual de Procedimientos Solicitud de Aclaración: INFORME FINAL DE AUDITORÍA
Respecto del documento presentado como Manual de Procedimientos, el cual se encuentra elaborado 2023-OA/CPM/109/2024-SA-02
y aprobado, se observó que la Entidad Fiscalizable no presentó evidencia que acredite la publicación
y difusión del mismo documento. Se requiere que presente ante, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a las observaciones que se detallan en
Código de Ética este resultado.”
Respecto del documento presentado como Código de Ética, el cual se encuentra elaborado y (…)
aprobado, se observó que la Entidad Fiscalizable no presentó evidencia que acredite la publicación y
difusión del mismo documento. La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado
antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
Código de Conducta
Respecto a la observación de los documentos Manual de Organización, Manual de
Respecto del documento presentado como Código de Conducta, el cual se encuentra elaborado, Procedimientos y Código de Ética que no acreditó la publicación y difusión de los mismos,
aprobado y publicado, se observó que la Entidad Fiscalizable no presentó evidencia que acredite la presentó oficio original número MSMJM/0300/2024, de fecha 20 de julio de 2024, signado por
difusión del mismo documento. la C. JOSELIN ESQUIVEL BALSECA, Presidenta Municipal de la Entidad Fiscalizable, por el cual se
hace del conocimiento a la Titular de la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de
Bando de Policía y Gobierno Oaxaca, de la publicación y difusión, del Manual de Organización, Manual de
Procedimientos y Código de Ética en la gaceta municipal digital que se encuentra en la
Respecto del documento presentado como Bando de Policía y Gobierno, se observó que la Entidad página oficial del municipio, la cual se localiza en el siguiente link:
Fiscalizable no presentó evidencia que acredite que el documento esté aprobado o ratificado y https://santamariajalapadelmarques.gob.mx/, con lo cual acredita haber publicado y
publicado, dentro los primeros 90 días siguientes a su toma de posesión. Además, tampoco acreditó difundido los documentos mencionados.
haberlo difundido, ni evidencia que acredite que haya sido remitido al Congreso del Estado de Oaxaca
para su conocimiento. Respecto a la observación del documento Código de Conducta, que no acreditó la difusión
del mismo, presentó oficio original número MSMJM/0300/2024, de fecha 20 de julio de 2024,
Reglamentos Municipales y Reglamento Interno signado por la C. JOSELIN ESQUIVEL BALSECA, Presidenta Municipal de la Entidad Fiscalizable,
por el cual se hace del conocimiento a la Titular de la Auditoría Superior de Fiscalización del
Se verificó que la Entidad Fiscalizable, respecto de los Reglamentos Municipales y Reglamento Interno, Estado de Oaxaca, de la difusión, del Código de Conducta en la gaceta municipal digital que
no presentó evidencia que acredite haberlos elaborado, aprobado y publicado, dentro los primeros 90 se encuentra en la página oficial del municipio, la cual se encuentra en el siguiente link:
días siguientes a su toma de posesión. Además, tampoco acreditó haberlos difundido ni remitido al https://santamariajalapadelmarques.gob.mx/, con lo cual acredita haber difundido el
Congreso del Estado de Oaxaca para su conocimiento. documento mencionado.
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 115 fracción II párrafos primero y segundo de la Respecto a la observación del documento Bando de Policía y Gobierno, que no acreditó
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 16 de la Ley General de Responsabilidades haberlo aprobado o ratificado y publicado dentro los primeros 90 días siguientes a su toma
Administrativas; 5 párrafo segundo de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción; 23, 71 párrafo de posesión, haberlo difundido y remitido al Congreso del Estado de Oaxaca para su
primero fracción II incisos a) y b) de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública;
113 párrafo décimo tercero de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 5 párrafo 7
segundo de la Ley del Sistema Estatal de Combate a la Corrupción; 5 párrafo primero, 15 de la Ley de
Responsabilidades Administrativas del Estado y Municipios de Oaxaca; 7 párrafo primero fracción IV,
10 párrafo primero fracciones II, VIII, X y XIII, 19 párrafos primero y segundo, 30 párrafo primero fracciones
V y VII de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y buen Gobierno del Estado de
Oaxaca; 29 párrafo segundo, 43 párrafo primero fracciones I, I Bis párrafo primero, 47 párrafo primero
fracción X, 68 párrafo primero fracción V, 134, 138, 139, 140, 141 de la Ley Orgánica Municipal del estado
de Oaxaca, Acuerdo por el que se dan a conocer los Lineamientos para la emisión del Código de Ética.
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve: