Page 5 - Santa María Peñoles
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Entidad Fiscalizable, que cuenten con los resguardos correspondientes y con la 11. Se verificó que la asignación de obra por contrato se encuentre debidamente INFORME FINAL DE AUDITORÍA
documentación original comprobatoria y justificativa. sustentada y formalizada, y que, para la asignación por Administración Directa, la
Entidad Fiscalizable contó con la capacidad técnica, administrativa, operativa y
4. Se verificó que los ingresos fueron recaudados, obtenidos, captados y elementos necesarios para el desarrollo de los trabajos.
administrados conforme a la Ley de Ingresos municipal y que se encuentren
debidamente autorizados y registrados conforme a la normatividad aplicable. 12. Se verificó que la Entidad Fiscalizable previo a la ejecución de la obra, acreditó haber
implementado los mecanismos de control, vigilancia y supervisión.
5. Se verificó que las erogaciones se ejercieron en los conceptos, programas y partidas
autorizadas en el Presupuesto de Egresos debidamente autorizado. 13. Se verificó que la obra pública contó con la documentación justificativa consistente
en estimaciones de obra y su respectiva documentación soporte; y en caso de
6. Se comprobó que la Entidad Fiscalizable realizó los registros presupuestales y modificaciones, se encuentren debidamente justificadas y formalizadas mediante
contables específicos, identificados y controlados, de las erogaciones; asimismo, los convenios modificatorios.
que se cuente con la documentación comprobatoria y justificativa original que
soporta los registros en apego a la normatividad aplicable. 14. Se verificó que la Entidad Fiscalizable presentó la documentación comprobatoria
que ampara el pago de las estimaciones de obra, en caso de obras contratadas, o
7. Se verificó que los bienes inmuebles (obra por contrato) se encuentren autorizados el pago de materiales, mano de obra, alquiler de equipo y maquinaria de
en el Presupuesto de Egresos y registrados en la contabilidad del municipio, que se construcción utilizados en la obra, en caso de Administración Directa.
haya efectuado la retención y entero correspondiente al cinco al millar y al
impuesto sobre erogaciones por remuneraciones al trabajo persona, que cuenten 15. Se realizaron verificaciones e inspecciones físicas de obra, y se constató que las
con la documentación original comprobatoria y justificativa, constatar la obras cumplieron con los plazos de ejecución, que están concluidas, operan
amortización total del anticipo otorgado y que cumplan con la normatividad adecuadamente y que se ejecutaron conforme a la documentación comprobatoria
aplicable. y justificativa.
8. Se verificó que previo a la ejecución de la obra pública, los recursos económicos 16. Se verificó que la terminación y entrega de los trabajos se realizaron conforme a la
destinados para el desarrollo del proyecto y ejecución de la obra se encuentren normatividad aplicable de acuerdo a la modalidad de ejecución de la obra.
debidamente aprobados y autorizados por las instancias normativas
correspondientes. INFORME FINAL DE AUDITORÍA
9. Se verificó que la Entidad Fiscalizable elaboró el Programa Anual de Obra, y que La Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, con fundamento en los artículos
contó con los estudios, proyectos, especificaciones de construcción y programas 115 fracción IV párrafo penúltimo, 116 fracción II párrafo sexto; 134 párrafos primero, segundo
de ejecución, y que se ajustó a las normas correspondientes, requisitos preliminares y quinto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 59 fracción XXII párrafo
para la realización de las obras públicas. primero y XXIII, 65 BIS párrafos primero, sexto, noveno fracciones I y II, 113 fracción II párrafo
antepenúltimo y 137 párrafo décimo segundo de la Constitución Política del Estado Libre y
10. Se verificó el cumplimiento normativo del procedimiento de adjudicación realizado Soberano de Oaxaca; 2 fracciones XXIII y XXVI, 3, 4, 5 fracciones III, IV, VIII, IX, X, XI, XIII, XV, XVII
por la Entidad Fiscalizable para la contratación de obra pública. y XXXIII, 6 párrafos primero y segundo, 7, 9, 19 fracción I incisos a), b), c) y d), 25, 26, 27, 34, 35,
36, 37, 86, 93 fracciones III, XXII, XXXVIII párrafo penúltimo y 94 de la Ley de Fiscalización
Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca, aprobada mediante Decreto
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