Page 8 - Santa María Peñoles
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA              Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente      las modificaciones, además de sus publicaciones en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado o en
                                        acción:                                                                                                    la Gaceta Municipal, como se detalla a continuación:

                                        Recomendación.                                                                                             CLASIFICACIÓN POR       PRESUPUESTO DE    PRESUPUESTO      PRESUPUESTO DE  VARIACIÓN
                                                                                                                                                   OBJETO DEL GASTO      EGRESOS APROBADO  MODIFICADO (B)  EGRESOS DEVENGADO   (D = B-A)
                                        2023-OA/CPM/112/2024-RE-01
                                                                                                                                                                                      (A)                                (C)
                                        Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
                                        documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a la observación detallada en este              CAPÍTULO 1000         3,204,892.86      7,171,746.21    7,171,746.21 3,966,853.35
                                        resultado.”                                                                                                SERVICIOS PERSONALES

                                     (…)                                                                                                           CAPÍTULO 2000         6,812,829.46      7,681,628.81    7,681,628.81       868,799.35
                                                                                                                                                   MATERIALES Y
                            La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado                                  SUMINISTROS
                            antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
                                                                                                                                                   CAPÍTULO 3000         4,959,832.49      12,516,180.29   12,502,537.97 7,556,347.80
                            Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; acreditando todas las
                            observaciones transcritas anteriormente, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-01-SOL-02.                                 SERVICIOS GENERALES   10,775.00         12,800.00       12,800.00          2,025.00
                                                                                                                                                   CAPÍTULO 4000
                            Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera                              TRANSFERENCIAS,
                            suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo                            ASIGNACIONES,
                            como atendido el resultado AF-03.                                                                                      SUBSIDIOS Y OTRAS
                                                                                                                                                   AYUDAS
                            El siguiente resultado AF-04 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se
                            transcribe a continuación:                                                                                             CAPÍTULO 5000         309,600.00        2,255,553.00    1,988,499.99 1,945,953.00
                                                                                                                                                   BIENES MUEBLES,
                                     (…)                                                                                                           INMUEBLES E
                                                                                                                                                   INTANGIBLES
                                        “RESULTADO: AF-04 CON OBSERVACIÓN
                                                                                                                                                   CAPÍTULO 6000         31,680,746.51     26,640,592.46   26,640,590.46 -5,040,154.05
                                        De la revisión al Presupuesto de Egresos del ejercicio fiscal 2023, se constató que dicho documento        INVERSIÓN PÚBLICA
                                        fue autorizado según Acta de Sesión de Cabildo de fecha 11 de febrero de 2023, por un importe
                                        aprobado en cantidad de $46,978,676.32 (Cuarenta y seis millones novecientos setenta y ocho mil            CAPÍTULO 7000         0.00              0               00
                                        seiscientos setenta y seis pesos 32/100 M.N.), y del análisis efectuado al Estado Analítico del Ejercicio  INVERSIONES
                                        del Presupuesto de Egresos Clasificación por Objeto del Gasto (Capitulo y Concepto) del 01 de Enero        FINANCIERAS Y OTRAS
                                        al 31 de Diciembre del 2023, integrado en la Cuenta Pública del ejercicio fiscal 2023, se detectó que la   PROVISIONES
                                        entidad fiscalizable reflejó un presupuesto modificado por el importe total de $56,278,500.77
                                        (Cincuenta y seis millones doscientos setenta y ocho mil quinientos pesos 77/100 M.N.). De lo              CAPÍTULO 8000         0.00              0               00
                                        anterior, se desprende que la variación entre el Presupuesto de Egresos Modificado con relación al         PARTICIPACIONES Y
                                        Presupuesto de Egresos Aprobado es de $9,299,824.45 (Nueve millones doscientos noventa y nueve             APORTACIONES
                                        mil ochocientos veinticuatro pesos 45/100 M.N.), observando que no presentó las actas de cabildo
                                        en las que se autorizaron las modificaciones realizadas al Presupuesto de Egresos del ejercicio fiscal     CAPÍTULO 9000         0.00              0               00
                                        2023, ni la evidencia en la que se identifiquen las ampliaciones y reducciones al Presupuesto de           DEUDA PÚBLICA
                                        Egresos Aprobado. Asimismo, no presentó evidencia de que efectuó el procedimiento previsto para
                                                                                                                                                   TOTALES               $46,978,676.32    $56,278,500.77  $55,997,803.44 $9,299,824.45
                            6
                                                                                                                                                   Incumpliendo con lo establecido en los artículos 63 y 65 de la Ley General de Contabilidad
                                                                                                                                                   Gubernamental; 8 párrafo primero y 18 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades
                                                                                                                                                   Federativas y los Municipios; 127 párrafo primero, 128 último párrafo y 129 de la Ley Orgánica
                                                                                                                                                   Municipal del Estado de Oaxaca.

                                                                                                                                                   Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
                                                                                                                                                   acción:
   3   4   5   6   7   8   9   10   11   12   13