Page 30 - Santa Maria Zacatepec
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA  La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes                      (…)                SIN OBSERVACIÓN
                            transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
                                                                                                                                             “RESULTADO: AF-36
                            Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; sin embargo, la
                            documentación presentada no justificó ni aclaró todas las observaciones transcritas                              De la revisión efectuada a la documentación proporcionada se verificó que el H. Ayuntamiento del
                            anteriormente en cantidad de $4,998,084.00 (Cuatro millones novecientos noventa y ocho                           Municipio de Santa María Zacatepec, Distrito de Putla, Oaxaca, presentó el documento denominado
                            mil ochenta y cuatro pesos 00/100 M.N.), como se detalla en el ANEXO DAM-FC-23-SOL-31.                           “Padrón de contratistas de obra pública del ejercicio 2023”, así mismo, como resultado de la consulta
                                                                                                                                             realizada al sitio web oficial del Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca, en la dirección
                            Incumpliendo con lo establecido en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la                               electrónica http://www.periodicooficial.oaxaca.gob.mx/, se constató que fue publicado.
                            Federación; 34, 42, 43, 67 párrafo primero y 70 fracciones I y II de la Ley General de
                            Contabilidad Gubernamental; 64 párrafo tercero de la Ley Estatal de Hacienda del Estado                          Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, no realiza observación
                            de Oaxaca; y 94 Bis C de la Ley de Hacienda Municipal del Estado de Oaxaca.                                      alguna, respecto a este resultado.”

                            Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera                        (…)
                            insuficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable,
                            concluyendo como no solventado el resultado AF-34.                                                               Debido a lo anterior, este resultado AF-36 permanece sin observaciones.

                            El siguiente resultado AF-35 SIN OBSERVACIÓN, fue emitido en el informe preliminar de                            El siguiente resultado AF-37 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se
                            auditoría, mismo que se transcribe a continuación:                                                               transcribe a continuación:

                                                                                                                                             (…)

                                                                                                                                             “RESULTADO: AF-37  CON OBSERVACIÓN

                                (…)                                                                                                          De la revisión efectuada a la Relación de obras en proceso y terminadas del 01 de enero al 31 de
                                                                                                                                             diciembre de 2023, integrada en la cuenta pública y de los expedientes técnicos unitarios presentados
                                “RESULTADO: AF-35  SIN OBSERVACIÓN                                                                           por el H. Ayuntamiento del Municipio de Santa María Zacatepec, Distrito de Putla, Oaxaca, se constató
                                                                                                                                             que del total de las obras contratadas, ninguna fue asignada mediante la modalidad de licitación
                                De la revisión efectuada a la documentación técnica, contable y presupuestaria presentada por el H.          pública, de igual manera, se constató que la suma de los montos contratados por excepción a la
                                Ayuntamiento del Municipio de Santa María Zacatepec, Putla, Oaxaca, se constató que presentó el              licitación pública, mediante invitación restringida a cuando menos tres contratistas y adjudicación
                                documento básico para la ejecución de obras denominado: Programa Anual de Obra Pública, del                  directa, fue por el monto total asignado para obras públicas contratadas.
                                ejercicio Fiscal 2023, y como resultado de la consulta realizada al sitio web oficial del Periódico Oficial
                                del Gobierno del Estado de Oaxaca, en la dirección electrónica                                               Incumpliendo con lo establecido en el artículo 46 tercer párrafo de la Ley de Obras Públicas y Servicios
                                http://www.periodicooficial.oaxaca.gob.mx/, se constató que el Programa Anual de Obra Pública del            Relacionados del Estado de Oaxaca.
                                ejercicio Fiscal 2023 del H. Ayuntamiento del Municipio de Santa María Zacatepec, Putla, Oaxaca, se
                                encuentra publicado.                                                                                         Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
                                                                                                                                             acción:

                                Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, no realiza observación       Solicitud de aclaración.
                                alguna, respecto a este resultado.”
                                                                                                                                             2023-OA/CPM/119/2024-SA-02
                                (…)                                                                                                          Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
                                                                                                                                             documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a la observación detallada en este
                            Debido a lo anterior, este resultado AF-35 permanece sin observaciones.                                          resultado.”

                            El siguiente resultado AF-36 SIN OBSERVACIÓN, fue emitido en el informe preliminar de                            (…)
                            auditoría, mismo que se transcribe a continuación:

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