Page 6 - Santiago Choápam
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS Incumpliendo con lo establecido en los artículos 4 párrafo segundo de la Ley del Sistema Estatal de
Combate a la Corrupción; 43 párrafo primero fracción LXXX, 68 párrafo primero fracciones II, VIII,
La Entidad Fiscalizable obtuvo un puntaje de 0.0 de un total de 20.0 posibles, correspondiente al XXXIII, 69 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca.
componente Administración de Riesgos, debido a que no acreditó contar con lo siguiente: Plan
Municipal de Desarrollo; elaborar y aprobar el Programa Anual de la Administración Pública Municipal SUPERVISIÓN
del ejercicio fiscal 2023; una Programación, Presupuestación y Asignación de los recursos con base
en los objetivos estratégicos; un área para promover y ejecutar la elaboración, actualización, control La Entidad Fiscalizable obtuvo un puntaje de 4.0, de un total de 20.0 posibles, correspondiente al
y evaluación del Plan Municipal de Desarrollo y sus Programas; un área encargada de identificar, componente Supervisión, debido a que no acreditó contar con lo siguiente: área interna o externa
analizar y evaluar los riesgos que pudieran afectar el cumplimiento de los objetivos de su Plan que se encargue de supervisar y evaluar la eficacia operativa del Control Interno; procedimientos o
Municipal de Desarrollo Sostenible; identificar, analizar y responder a los riesgos de probabilidad de estrategias para corregir las deficiencias de Control Interno; reportar a las partes internas los
ocurrencia de actos corruptos, fraude, abuso, desperdicio y otras irregularidades que atenten contra problemas de control interno detectados, para que estos consideren y evalúen oportunamente; y,
la apropiada salvaguarda de los bienes y recursos públicos; y, no prevenir y planear acciones ante área que realice la función de verificar que la información reportada en relación del cumplimiento de
los cambios internos o externos que afecten el buen funcionamiento del control interno. los programas del Ayuntamiento sea de calidad, tratándose de información adecuada, actual,
completa, exacta, accesible y oportuna, en términos del Marco Integrado del Control Interno (MICI).
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 113 párrafo primero de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos; 1, 4 párrafo segundo, 6 párrafo primero de la Ley del Sistema Estatal Incumpliendo con lo establecido en los artículos 4 párrafo segundo de la Ley del Sistema Estatal de
de Combate a la Corrupción; 63, 64 párrafo primero fracciones II, III y IV, 65 y 66 de la Ley Estatal de Combate a la Corrupción; 29 párrafo segundo, 43 párrafo primero fracciones XI, y LXXX, 68 párrafo
Planeación; 68 párrafo primero fracción XIV, 126 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; primero fracciones II, VIII, XXXIII de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca.
45 párrafo segundo, 48, 49, 50, 51, 52, 53 de la Ley de Planeación, Desarrollo Administrativo y
Servicios Públicos Municipales. Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:
ACTIVIDADES DE CONTROL Recomendación:
La Entidad Fiscalizable obtuvo un puntaje de 0.0, de un total de 20.0 posibles, correspondiente al 2023-OA/CPM/122/2024-REC-01
componente Actividades de Control, debido a que no acreditó contar con lo siguiente: Actividades
que garanticen que el Control Interno permita alcanzar los objetivos municipales; evaluar y La Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, le recomienda a la Entidad Fiscalizable,
retroalimentar las necesidades de conocimiento, competencia y capacidades que el personal debe realizar mejoras sustanciales para fortalecer el Sistema de Control Interno Institucional, con relación
tener para lograr los objetivos; Sistemas informáticos que garanticen la integridad, exactitud y a lo siguiente:
confidencialidad de las transacciones realizadas conforme a los procedimientos establecidos;
personal especializado para garantizar el desarrollo continuo, seguridad y mantenimiento de los AMBIENTE DE CONTROL
sistemas informáticos y de comunicaciones del Ayuntamiento; Sistema de control y vigilancia
municipal de los bienes muebles e inmuebles del municipio; comunicar a los responsables de cada Se le recomienda, a la Entidad Fiscalizable, realizar acciones necesarias para fortalecer y mantener
área de las políticas y procedimientos para implementar las actividades de control respecto de las el componente de Ambiente de Control, a través de contar con un código de ética expedido y/o
responsabilidades que estos tienen asignados; y, revisiones periódicas o reuniones para detectar la reformado; un código de conducta expedido y/o reformado; contar con medios para recibir
eficacia en el logro de los objetivos o en el enfrentamiento de sus riesgos. denuncias por posibles violaciones a los valores éticos y a las normas de conducta a cargo del
personal para prevenir irregularidades administrativas; elaborar, aprobar y expedir disposiciones
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 16, 17, 18, 19 de la Ley General de Contabilidad relativas a las enajenaciones, arrendamientos y contratación de servicios relacionados con bienes
Gubernamental; 4 párrafo segundo de la Ley del Sistema Estatal de Combate a la Corrupción; 29 muebles e inmuebles; elaborar un manual de organización y un manual de procedimientos;
párrafo segundo, 43 párrafo primero fracciones XI, LXI y LXXX, 68 párrafo primero fracciones II y asimismo, un Bando de Policía y Gobierno, así como un Reglamento Interno del municipio y
XXXIII, 69, 109 y 126 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca. Reglamentos Municipales; disponer de un manual de naturaleza administrativa en materia de
recursos humanos; capacitar al personal en materia de legalidad, ética y calidad en el servicio
INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN público; contar con un área encargada de evaluar el desempeño del control interno municipal.
La Entidad Fiscalizable obtuvo un puntaje de 8.0 de un total de 20.0 posibles, correspondiente al ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS
componente Información y Comunicación, debido a que no acreditó contar con lo siguiente:
Indicadores para medir el cumplimiento de los objetivos y metas; personal confiable para obtener Se le recomienda, a la Entidad Fiscalizable, realizar acciones necesarias para fortalecer y mantener
información relevante que apoye el Control Interno; informar periódicamente al Presidente Municipal el componente de Administración de Riesgos, a través de elaborar un Plan Municipal de Desarrollo;
y al personal del Ayuntamiento de situaciones de cambios o asuntos emergentes de control interno elaborar y aprobar el Programa Anual de la Administración Pública Municipal del ejercicio fiscal 2023;
e información de calidad necesaria para la consecución de objetivos institucionales.
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