Page 8 - Santiago Choápam
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA párrafo segundo, 43 párrafo primero fracciones I, I Bis párrafo primero, XI, LXI y LXXX, 47 El siguiente resultado AD-02 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que se
párrafo primero fracción X, 68 párrafo primero fracciones II, V, XXXIII y XXXV, 69, 120, 134, transcribe a continuación:
138, 139, 140 y 141 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca.
(…) CON OBSERVACIÓN
Administración de riesgos
“RESULTADO: AD-02
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 113 párrafo primero de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 4 párrafo segundo, 6 párrafo primero de la Ley PRESUPUESTO DE EGRESOS Y SUS PROGRAMAS
del Sistema Estatal de Combate a la Corrupción; 63, 64 párrafo primero fracciones II, III y
IV, 65 y 66 de la Ley Estatal de Planeación; 68 párrafo primero fracción XIV, 126 de la Ley Se observó que la Entidad Fiscalizable no acreditó que el Presupuesto de Egresos presentado, haya
Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 45 párrafo segundo, 48, 49, 50, 51, 52, 53 de la sido aprobado a más tardar el 15 de diciembre del año que antecede al ejercicio fiscal, y que éste
Ley de Planeación, Desarrollo Administrativo y Servicios Públicos Municipales. haya sido ratificado y/o modificado a más tardar el 15 de febrero, toda vez que se trata de un
Ayuntamiento entrante.
Actividades de control
Asimismo, no presentó evidencia que acredite que el documento fue publicado, ni tampoco que el
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 16, 17, 18, 19 de la Ley General de Tesorero Municipal haya realizado la propuesta del anteproyecto del Presupuesto de Egresos.
Contabilidad Gubernamental; 4 párrafo segundo de la Ley del Sistema Estatal de
Combate a la Corrupción; 29 párrafo segundo, 43 párrafo primero fracciones XI, LXI y Por otra parte, se observó que la Entidad Fiscalizable aprobó un presupuesto por un importe de
LXXX, 68 párrafo primero fracciones II y XXXIII, 69, 109 y 126 de la Ley Orgánica Municipal $32,939,904.64 (Treinta y dos millones novecientos treinta y nueve mil novecientos cuatro pesos
del Estado de Oaxaca. 64/100 M.N.), para ejercer mediante 4 Programas Presupuestarios (Tabla 1), mismo importe que fue
Información y comunicación registrado en la Cuenta Pública Municipal del ejercicio fiscal 2023, como Presupuesto Aprobado. Sin
embargo, registró en la Cuenta Pública un Presupuesto de Egresos Modificado por un importe de
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 4 párrafo segundo de la Ley del Sistema $33,234,945.63 (Treinta y tres millones doscientos treinta y cuatro mil novecientos cuarenta y cinco
Estatal de Combate a la Corrupción; 43 párrafo primero fracción LXXX, 68 párrafo primero pesos 63/100 M.N.), para ejercer a través de seis Programas Presupuestarios, monto que representa
fracciones II, VIII, XXXIII, 69 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca. un aumento al Presupuesto de Egresos aprobado originalmente por la cantidad de $295,040.99
(Doscientos noventa y cinco mil cuarenta pesos 99/100 M.N.). (Tabla 1)
Supervisión
Considerando lo anterior, la Entidad Fiscalizable, no presentó evidencia que acredite haber elaborado,
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 4 párrafo segundo de la Ley del Sistema aprobado y publicado el Presupuesto de Egresos Modificado del Ejercicio Fiscal 2023, así como
Estatal de Combate a la Corrupción; 29 párrafo segundo, 43 párrafo primero fracciones XI, tampoco haber remitido copia al Congreso del Estado para su conocimiento.
y LXXX, 68 párrafo primero fracciones II, VIII, XXXIII de la Ley Orgánica Municipal del Estado
de Oaxaca. También se observó que, en el documento presentado como Presupuesto de Egresos, no se le asignó
monto a cada Programa Presupuestario, motivo por lo cual no acreditó la distribución del Presupuesto
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera de Egresos conforme a la clasificación Programática.
insuficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable,
concluyendo como no solventado el resultado AD-01. Además, se observó que, de los cuatro Programas Presupuestarios Autorizados en el Presupuesto de
Egresos para el ejercicio fiscal 2023, ninguno prevaleció al final del ejercicio fiscal.
Por otra parte, se observó que, de los seis Programas Presupuestarios reportados en la Cuenta Pública
Municipal, cinco reportan montos de aprobado, sin haber sido autorizados en el Presupuesto de
Egresos Aprobado para el ejercicio fiscal 2023.
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