Page 8 - Santiago Jamiltepec
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve: (…) SIN OBSERVACIÓN
Solicitud de Aclaración. “RESULTADO: AF-04
2023-OA/CPM/124/2024-SA-02 De la revisión a la sub-subcuenta 51111-1111 DIETAS DE PRESIDENTES, REGIDORES Y SÍNDICOS;
se verificó la autorización de la partida en el presupuesto de egresos, la existencia de registros
Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la contables y presupuestales específicos de las erogaciones del fondo o programa, debidamente
documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a la observación detallada en este actualizados, identificados y controlados, además que se encuentran respaldados con la
resultado.” documentación original que justifica y comprueba el gasto incurrido y que cumple con la
normatividad aplicable en cantidad de $600,00.00 (Seiscientos mil pesos 00/100 M.N.).
(…)
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, no realiza observación
La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes alguna, respecto a este resultado.”
transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
(…)
Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; referente al oficio de
aclaración sin número de fecha 27 de agosto del 2023 mediante el cual anexa acta de sesión Debido a lo anterior, este resultado AF-04 permanece sin observaciones.
extraordinaria de cabildo, para la autorización de las modificaciones presupuestales
necesarias al presupuesto de egresos del ejercicio fiscal 2023, de fecha 10 de febrero de 2023, El siguiente resultado AF-05 SIN OBSERVACIÓN, fue emitido en el informe preliminar de
mediante la cual, se aprueba las modificaciones presupuestales, documento denominado auditoría, mismo que se transcribe a continuación:
ampliaciones y reducciones auxiliar por cuenta del 01-01-2023 al 31-12-2023 82311
presupuesto de egresos modificado; sin embargo no presentó evidencia de que efectuó el (…) SIN OBSERVACIÓN
procedimiento previsto para las modificaciones, y también de sus publicaciones en el
Periódico Oficial del Gobierno del Estado o en la Gaceta Municipal; en consecuencia no “RESULTADO: AF-05
ejerció a su favor el derecho concedido en el artículo 34 de la Ley de Fiscalización y Rendición
de cuentas del Estado de Oaxaca. De la revisión a la sub-subcuenta 51111-1132 SUELDO AL PERSONAL DE CONFIANZA; se verificó la
autorización de la partida en el presupuesto de egresos, la existencia de registros contables y
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 63 y 65 de la Ley General de Contabilidad presupuestales específicos de las erogaciones del fondo o programa, debidamente actualizados,
Gubernamental; 8 párrafo primero de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades identificados y controlados, además que se encuentran respaldados con la documentación original
Federativas y los Municipios; 127 párrafo primero, 128 último párrafo y 129 de la Ley que justifica y comprueba el gasto incurrido y que cumple con la normatividad aplicable en cantidad
Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca. de $8,092,597.56 (Ocho millones noventa y dos mil quinientos noventa y siete pesos 56/100 M.N.).
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, no realiza observación
insuficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, alguna, respecto a este resultado.”
concluyendo como no solventado el resultado AF-03.
(…)
El siguiente resultado AF-04 SIN OBSERVACIÓN, fue emitido en el informe preliminar de
auditoría, mismo que se transcribe a continuación: Debido a lo anterior, este resultado AF-05 permanece sin observaciones.
El siguiente resultado AF-06 SIN OBSERVACIÓN, fue emitido en el informe preliminar de
auditoría, mismo que se transcribe a continuación:
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