Page 12 - Santiago Jamiltepec
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA  Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; acreditando todas las                           Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de
                            observaciones transcritas anteriormente, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-07-SOL-07.                          Contabilidad Gubernamental y 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto
                                                                                                                                            y Responsabilidad Hacendaria.
                            Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
                            suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo                     Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:
                            como solventado el resultado AF-13.
                                                                                                                                            Pliego de Observaciones.
                            El siguiente resultado AF-14 SIN OBSERVACIÓN, fue emitido en el informe preliminar de
                            auditoría, mismo que se transcribe a continuación:                                                              2023-OA/CPM/124/2024-PO-07

                                (…)                SIN OBSERVACIÓN                                                                          Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
                                                                                                                                            documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $77,746.00 (Setenta y
                                “RESULTADO: AF-14                                                                                           siete mil setecientos cuarenta y seis pesos 00/100 M.N.), conforme a la observación detallada en este
                                                                                                                                            resultado.”

                                                                                                                                            (…)

                                De la revisión a la sub-subcuenta 51241-2481 MATERIALES Y ACCESORIOS PARA ACONDICIONAMIENTO;                La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes
                                se verificó que las erogaciones se ejercieron en los conceptos, programas y partidas autorizadas en         transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
                                el Presupuesto de Egresos debidamente autorizado. Asimismo, se comprobó que la entidad
                                fiscalizable realizó los registros presupuestales y contables específicos, identificados y controlados, de  Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; acreditando todas las
                                las erogaciones; y que cuenta con la documentación comprobatoria y justificativa original que               observaciones transcritas anteriormente, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-08-SOL-08.
                                soporta los registros en apego a la normatividad aplicable, por el importe de $71,595.00 (Setenta y un
                                mil quinientos noventa y cinco pesos 00/100 M.N.).

                                Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, no realiza observación      Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
                                alguna, respecto a este resultado.”                                                                         suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo
                                                                                                                                            como solventado el resultado AF-15.
                                (…)

                            Debido a lo anterior, este resultado AF-14 permanece sin observaciones.                                         El siguiente resultado AF-16 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se
                                                                                                                                            transcribe a continuación:
                            El siguiente resultado AF-15 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se
                            transcribe a continuación:                                                                                      (…)

                                (…)                                                                                                         “RESULTADO: AF-16  CON OBSERVACIÓN

                                “RESULTADO: AF-15  CON OBSERVACIÓN                                                                          De la revisión a la sub-subcuenta 51241-2492 OTROS MATERIALES Y ARTÍCULOS DE CONSTRUCCIÓN Y
                                                                                                                                            REPARACIÓN; se constató que la Entidad Fiscalizable afectó al Presupuesto de Egresos en cantidad de
                                De la revisión a la sub-subcuenta 51241-2491 PRODUCTOS DE PINTURA Y RECUBRIMIENTOS; se constató             $506,345.20 (Quinientos seis mil trescientos cuarenta y cinco pesos 20/100 M.N.); observándose la
                                que la Entidad Fiscalizable afectó al Presupuesto de Egresos en cantidad de $270,532.00 (Doscientos         cantidad de $63,072.00 (Sesenta y tres mil setenta y dos pesos 00/100 M.N.), debido a que los
                                setenta mil quinientos treinta y dos pesos 00/100 M.N.); observándose la cantidad de $77,746.00             registros contables y presupuestarios no se encuentran soportados con la documentación justificativa
                                (Setenta y siete mil setecientos cuarenta y seis pesos 00/100 M.N.), debido a que los registros             del gasto relativa a la constancia de recepción y la evidencia del destino final de los materiales, como
                                contables y presupuestarios no se encuentran soportados con la documentación justificativa del              se detalla en el ANEXO DAM-FC-09.
                                gasto relativa a la constancia de recepción y evidencia del destino final de los materiales, como se
                                detalla en el ANEXO DAM-FC-08.                                                                              Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de
                                                                                                                                            Contabilidad Gubernamental y 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto
                                                                                                                                            y Responsabilidad Hacendaria.

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