Page 11 - Santiago Jamiltepec
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registros presupuestales y contables específicos, identificados y controlados, de las erogaciones; y Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; acreditando todas las INFORME FINAL DE AUDITORÍA
que cuenta con la documentación comprobatoria y justificativa original que soporta los registros en observaciones transcritas anteriormente, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-06-SOL-06.
apego a la normatividad aplicable, por el importe de $64,900.00 (Sesenta y cuatro mil novecientos
pesos 00/100 M.N.). Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, no realiza observación como solventado el resultado AF-12.
alguna, respecto a este resultado.”
El siguiente resultado AF-13 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se
(…) transcribe a continuación:
Debido a lo anterior, este resultado AF-11 permanece sin observaciones.
El siguiente resultado AF-12 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se (…)
transcribe a continuación:
“RESULTADO: AF-13
(…) CON OBSERVACIÓN
“RESULTADO: AF-12 CON OBSERVACIÓN De la revisión a la sub-subcuenta 51241-2471 MATERIALES METÁLICOS PARA LA CONSTRUCCIÓN; se
constató que la Entidad Fiscalizable afectó al Presupuesto de Egresos en cantidad de $121,850.00
De la revisión a la sub-subcuenta 51241-2461 MATERIAL PARA INSTALACIONES ELÉCTRICAS; se constató (Ciento veintiún mil ochocientos cincuenta pesos 00/100 M.N.); observándose la cantidad de
que la Entidad Fiscalizable afectó al Presupuesto de Egresos en cantidad de $497,621.00 (Cuatrocientos $51,100.00 (Cincuenta y un mil cien pesos 00/100 M.N.), debido a que los registros contables y
noventa y siete mil seiscientos veintiún pesos 00/100 M.N.); observándose la cantidad de $36,555.00 presupuestarios no se encuentran soportados con la documentación justificativa del gasto relativa a
(Treinta y seis mil quinientos cincuenta y cinco pesos 00/100 M.N.), debido a que los registros la constancia de recepción y la evidencia del destino final de los materiales, como se detalla en el
contables y presupuestarios no se encuentran soportados con la documentación justificativa del ANEXO DAM-FC-07.
gasto relativa a la constancia de recepción y la evidencia del destino final de los materiales; como se
detalla en el ANEXO DAM-FC-06. Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de
Contabilidad Gubernamental; y 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de y Responsabilidad Hacendaria.
Contabilidad Gubernamental y 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto
y Responsabilidad Hacendaria. Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve: Pliego de Observaciones.
Pliego de Observaciones. 2023-OA/CPM/124/2024-PO-06
2023-OA/CPM/124/2024-PO-05 Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $51,100.00 (Cincuenta y
Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca la un mil cien pesos 00/100 M.N.), conforme a la observación detallada en este resultado.”
documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $36,555.00 (Treinta y
seis mil quinientos cincuenta y cinco pesos 00/100 M.N.), conforme a la observación detallada en (…)
este resultado.”
La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes
(…) transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes
transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
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