Page 34 - Santo Domingo de Morelos
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano para el Estado de Oaxaca; y 22 de la Ley de
insuficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca.
concluyendo como no solventado el resultado AF-40.
El siguiente resultado AF-41 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
transcribe a continuación: insuficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable,
concluyendo como no solventado el resultado AF-41.
(…) CON OBSERVACIÓN El siguiente resultado AF-42 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se
transcribe a continuación:
“RESULTADO: AF-41
De la revisión efectuada a los expedientes técnicos unitarios, proporcionados por el H. Ayuntamiento (…) CON OBSERVACIÓN
del Municipio de Santo Domingo de Morelos, Distrito de Pochutla, Oaxaca, de las obras incluidas en
la muestra, respecto al proceso de programación y presupuestación de las obras, se constató que “RESULTADO: AF-42
no presentó la cédula de información básica y generalidades de la inversión, el calendario de
ejecución, los generadores de obra, el permiso de construcción, el presupuesto de obra, la memoria De la revisión efectuada a los expedientes técnicos unitarios, proporcionados por el Municipio de
descriptiva, dictamen de factibilidad, los estudios de ingeniería, los planos del proyecto y las Santo Domingo de Morelos, Distrito de Pochutla, Oaxaca, de las obras incluidas en la muestra,
especificaciones generales y particulares de construcción, observaciones presentes en siete obras, respecto al proceso de adjudicación de las obras, se constató que no presentó el Acta de Acuerdo
que se relacionan en el anexo DAM-VIF-01. de Excepción a la Licitación Pública, las bases de la licitación, la invitación a los contratistas, el acta
de apertura de las propuestas, el dictamen de las propuestas, el acta de fallo, la invitación a la
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 113 fracción IV inciso f) de la Constitución Política del Contraloría u Órgano de Control Interno del Ayuntamiento y las propuestas técnicas y económicas de
Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 118 fracción II, 136, 184 y 197 de la Ley de Ordenamiento Territorial los contratistas, así mismo, presentó inconsistencias en el dictamen de las propuestas, en el acta de
y Desarrollo Urbano para el Estado de Oaxaca; 18 fracción III, 20, 22 y 26 de la Ley de Obras Públicas fallo, en el acta de visita al sitio de la obra y en el acta de junta de aclaraciones, observaciones
y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca. presentes en nueve obras, que se relacionan en el anexo DAM-VIF-02.
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente Incumpliendo con lo establecido en los artículos 137 de la Constitución Política del Estado Libre y
acción: Soberano de Oaxaca; 25, 27, 29 fracciones I, II y III, 31, 35, 36, 38, 39, 40, 42, 43, 43, 44 y 45 de la Ley de
Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca.
Solicitud de aclaración.
2023-OA/CPM/133/2024-SA-06 Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
acción:
Se requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a las observaciones detalladas en este Solicitud de aclaración.
resultado.”
2023-OA/CPM/133/2024-SA-07
(…)
Se requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación en copias certificadas documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a las observaciones detalladas en este
correspondientes al proceso de programación y presupuestación de las obras, para resultado.”
atender el resultado antes transcrito, misma que fue analizada como se detalla en el ANEXO
DAM-VIF-SOL-01. (…)
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 113 fracción IV inciso f) de la Constitución La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación en copias certificadas
Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 118 fracción II, 184 y 197 de la Ley de correspondientes al proceso de adjudicación de las obras, para atender el resultado antes
transcrito, misma que fue analizada como se detalla en el ANEXO DAM-VIF-SOL-02.
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