Page 33 - Santo Domingo de Morelos
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La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes           NÚM.   NOMBRE DE LA OBRA                          LOCALIDAD      NÚMERO DE CONTRATO                        INFORME FINAL DE AUDITORÍA
transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
                                                                                                             CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO A BASE DE
                                                                                                      OC-02  CONCRETO HIDRAULICO EN EL CAMINO DE        CERRO CAMPANA  COP/SDM/509/FAIMUN/IR/004/2023
                                                                                                             ACCESO A LA LOCALIDAD DE CERRO CAMPANA.
Presentó copia certificada del Oficio sin número de fecha 09 de septiembre de 2024, de
asunto de Aclaración Orden de Auditoría OA/CPM/024/2023, en el cual manifiesta lo que a la            OC-04  CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO A BASE DE        MACAHUITERA    COP/SDM/509/FAIMUN/IR/08/2023
letra dice: “… efectivamente el Ayuntamiento del Municipio incumplió en estricto con lo                      CONCRETO HIDRAULICO EN EL CAMINO
establecido en el Artículo 89 Fracción VII del Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca                   PRINCIPAL DE LA LOCALIDAD DE MACAHUITERA.
para el Ejercicio Fiscal 2023.
                                                                                                      OC-06  CONSTRUCCIÓN DE DRENAJE PLUVIAL  EN        MACAHUITERA    COP/SDM/509/FAISMUN/IR/12/2023
                                                                                                             DIVERSAS CALLES DE LA LOCALIDAD  DE
                                                                                                             MACAHUITERA.

Pero en razón de las circunstancias actuales y debido a las necesidades prioritarias del              Fuente: Expedientes técnicos presentados por la Entidad Fiscalizable, correspondiente al ejercicio
Municipio en materia de Infraestructura y Servicios Básicos a la comunidad y los altos costos                                                                           fiscal 2023.
y tiempos que representa la realización de la Licitación Pública se decidió conjuntamente
con la comunidad y los comités representativos adoptar las modalidades de Contratación                Incumpliendo con lo establecido en los artículos 4, 20 primer párrafo, 22 primer párrafo, 26 y 52
ya de conocimiento de esta autoridad fiscalizadora.”                                                  fracción IV de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca; y 13 fracción
                                                                                                      I y 21 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios.

                                                                                                      Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
                                                                                                      acción:

Sin embargo, no presenta evidencia justificativa que soporte su argumento, por lo que no              Solicitud de aclaración.
acredita haber celebrado seis contratos de obra pública que se encuentran por encima del
monto máximo para adjudicar la obra por excepción a la licitación pública.                            2023-OA/CPM/133/2024-SA-05

Incumpliendo con lo establecido en los artículos 89 fracción VII del Presupuesto de Egresos           Se requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023; y 46 segundo párrafo de la Ley de Obras           documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a las observaciones detalladas en este
Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca.                                               resultado.”

                                                                                                      (…)

Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera             La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes
insuficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable,                     transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
concluyendo como no solventado el resultado AF-39.

El siguiente resultado AF-40 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se          Respecto al proceso de planeación y autorización de las obras, presentó copia certificada
transcribe a continuación:                                                                            del Oficio de notificación de aprobación y autorización de obras, acciones e inversiones del
                                                                                                      ejercicio 2023 número OF-MSD/509/FAISMUN/04/2023, OF-MSD/509/FAISMUN/08/2023 y
(…)                CON OBSERVACIÓN                                                                    número OF-MSD/509/FAISMUN/012/2023, correspondientes a las obras observadas, sin
                                                                                                      embargo, no presentó los anexos del oficio de notificación de aprobación y autorización de
“RESULTADO: AF-40                                                                                     obras, acciones e inversiones correspondientes.

De la revisión efectuada a los expedientes técnicos unitarios, proporcionados por el H. Ayuntamiento  Incumpliendo con lo establecido en los artículos 4, 20 primer párrafo, 22 primer párrafo, 26
del Municipio Santo Domingo de Morelos, Distrito de Pochutla, Oaxaca, de las obras incluidas en la    y 52 fracción IV de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca;
muestra, respecto al proceso de planeación / autorización de las obras, se constató que no presentó   y 13 fracción I y 21 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los
el oficio de autorización y/o aprobación y el anexo del oficio de notificación de aprobación y        Municipios.
autorización de obras, acciones e inversiones, observaciones presentes en tres obras, que se
relacionan a continuación:

                                                                                                                                                                                                             31
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