Page 29 - Santo Domingo de Morelos
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Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente erogaciones, mismos que cuentan con la documentación comprobatoria y justificativa original en INFORME FINAL DE AUDITORÍA
acción: apego a la normatividad aplicable, por el importe de $106,360.00 (Ciento seis mil trescientos sesenta
pesos 00/100 M.N.).
Pliego de Observaciones.
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, no realiza observación
2023-OA/CPM/133/2024-PO-30 alguna, respecto a este resultado.”
Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la (…)
documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $482,000.00
(Cuatrocientos ochenta y dos mil pesos 00/100 M.N.), conforme a la observación detallada en este Debido a lo anterior, este resultado AF-33 permanece sin observaciones.
resultado.”
El siguiente resultado AF-34 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se
(…) transcribe a continuación:
La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes (…)
transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
“RESULTADO: AF-34
Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; sin embargo, respecto al CON OBSERVACIÓN
importe observado de $482,000.00 (Cuatrocientos ochenta y dos mil pesos 00/100 M.N.),
solventó la cantidad de $432,000.00(Cuatrocientos treinta y dos mil pesos 00/100 M.N.), en De la revisión a la sub-subcuenta 52431 – 4451 AYUDAS SOCIALES A INSTITUCIONES SIN FINES DE
consecuencia, la cantidad de $50,000.00 (Cincuenta mil pesos 00/100 M.N.) queda LUCRO; se constató que la entidad fiscalizable afectó el Presupuesto de Egresos en cantidad de
observada, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-20-SOL-25. $115,000.00 (Ciento quince mil pesos 00/100 M.N.), observando que los registros contables y
presupuestarios no se encuentran soportados con la documentación justificativa del gasto relativa al
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la convenio celebrado o acta de cabildo donde se autoriza dar el apoyo económico para la casa de
Federación; 34, 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de Contabilidad Gubernamental salud. Además, se observó que las operaciones no se registraron al momento de su realización, por lo
y 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad que los procesos administrativos no están operando en tiempo real, como se detalla en el ANEXO
Hacendaria. DAM-FC-21.
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera Incumpliendo con lo establecido en los artículos 34, 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de
insuficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, Contabilidad Gubernamental y 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto
concluyendo como solventado parcialmente el resultado AF-32. y Responsabilidad Hacendaria.
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
acción:
Pliego de Observaciones.
El siguiente resultado AF-33 SIN OBSERVACIÓN, fue emitido en el informe preliminar de 2023-OA/CPM/133/2024-PO-31
auditoría, mismo que se transcribe a continuación:
(…) SIN OBSERVACIÓN Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $115,000.00 (Ciento
“RESULTADO: AF-33 quince mil pesos 00/100 M.N.), conforme a la observación detallada en este resultado.”
(…)
De la revisión a la sub-subcuenta 52431-4431 AYUDAS SOCIALES A INSTITUCIONES DE ENSEÑANZA; se La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes
verificó que las erogaciones se ejercieron en los conceptos, programas y partidas autorizadas en el transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
Presupuesto de Egresos debidamente autorizado. Asimismo, se comprobó que la entidad fiscalizable
realizó los registros presupuestales y contables específicos, identificados y controlados, de las
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