Page 11 - Santo Domingo Tepuxtepec
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NOMBRE                                                                  PLAN MUNICIPAL  PLAN ESTATAL DE
            AUTORIZADO EN                                               DE DESARROLLO      DESARROLLO
                PRESUPUESTO DE

                     EGRESOS
                                      OBJETIVOS DEL

                                          PROGRAMA
                                                                   ACTIVIDAD
                                                                                              OBRAS / ACCIÓN

                                                                                                                           IMPORTE
                                                                                                                                DEVENGADO

                                                                                                                                                    EJE
                                                                                                                                                                   TEMA

                                                                                                                                                                                      EJE
                                                                                                                                                                                                           TEMA

                                                                                                                                                                                                                                                                                                                        INFORME FINAL DE AUDITORÍA
                          PROGRAMAS PRESUPUESTARIOS                                                      Entidad Fiscalizable no acreditó que el cumplimiento del objetivo del Programa
                                                                                                         Presupuestario estuviera alineado con los objetivos planteados en el Plan Estatal de
                            CONSTRUCCION DE                                                              Desarrollo, presentó copias certificadas de Acta de selección de obras, acciones y proyectos
                                                                                                         de la localidad de Santo Domingo Tepuxtepec, para el ejercicio fiscal 2023. Sin embargo, de
                            PAVIMENTO A BASE                                                             la revisión de dicho documento no se aclaran las obras y acciones que se encuentran bajo
                                                                                                         la denominación SERVICIO/ACCIÓN, de igual manera, no presenta evidencia de contar con
                            DE CONCRETO                                                                  un Plan Municipal de Desarrollo, en consecuencia, no ejerció a su favor el derecho concedido
                                                                                                         en el artículo 34 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca.
                            HIDRAULICO EN LA

                            CALLE                    AL  $1,005,173.90

                            MANANTIAL DE LA

                            LOCALIDAD DE TIERR

                            BLANCA 1A ETAPA

                            (2023)                                                                       Incumpliendo con lo establecido en los artículos 18 párrafo primero de la Ley de Disciplina
                                                                                                         Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios; 54 párrafos primero y segundo
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 18 párrafo primero de la Ley de Disciplina Financiera   de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; 12 de la Ley de Fiscalización Superior y
de las Entidades Federativas y los Municipios; 54 párrafos primero y segundo de la Ley General de        Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca; 50, 51 y 52 de la Ley de Planeación, Desarrollo
Contabilidad Gubernamental; 12 de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del            Administrativo y Servicios Públicos Municipales; 123 párrafo primero de la Ley Orgánica
Estado de Oaxaca; 50, 51 y 52 de la Ley de Planeación, Desarrollo Administrativo y Servicios Públicos    Municipal del Estado de Oaxaca; 63 y 64 de la Ley Estatal de Planeación; Lineamientos
Municipales; 123 párrafo primero de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 63 y 64 de la        para la Construcción y Diseño de Indicadores de Desempeño mediante la Metodología del
Ley Estatal de Planeación; Lineamientos para la Construcción y Diseño de Indicadores de                  Marco Lógico (MML).
Desempeño mediante la Metodología del Marco Lógico (MML).

Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:

Solicitud de Aclaración:                                                                                 Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
                                                                                                         insuficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable,
2023-OA/CPM/136/2024-SA-03                                                                               concluyendo como no solventado el resultado AD-03.

Se requiere que presente ante, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la         El siguiente resultado AD-04 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que se
documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a las observaciones que se detallan en        transcribe a continuación:
este resultado.”

(…)

La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado                    (…)                CON OBSERVACIÓN
antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
                                                                                                         “RESULTADO: AD-04

                                                                                                         APROBACIÓN DE LAS OBRAS Y ACCIONES DE LOS PROGRAMAS PRESUPUESTARIOS

Respecto a la observación de que no presentó evidencia que acredite que haya elaborado,                  La Entidad Fiscalizable no presentó los documentos denominados Acta de Priorización de Obras,
aprobado y enviado para su validez a la instancia correspondiente el Plan Municipal de                   Acciones y Proyectos del Consejo de Desarrollo Social Municipal (CDSM), Acta de priorización y/o
Desarrollo, por lo que no acreditó que la ejecución de los Programas Presupuestarios                     repriorización de obras, Programa Anual de Obras Públicas y Programa Anual de la Administración
“Gobierno Moderno” y “Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial”, estuvieran                          Pública Municipal correspondientes al ejercicio fiscal 2023. Motivo por el cual la Entidad Fiscalizable
alineados con los objetivos de dicho plan; de la revisión y análisis realizado a los Programas           no acreditó haber planeado, aprobado y priorizado las obras y acciones ejecutadas a través de los
Presupuestarios seleccionados como muestra de auditoría, se observó que las acciones del                 programas presupuestarios “Gobierno Moderno” y “Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial”.
Programa Presupuestario “Gobierno Moderno” no son claras en su registro, debido a que
sólo se encuentran bajo la denominación de “SERVICIO” y “ACCIÓN”, motivo por el cual, la                 Incumpliendo con lo establecido en los artículos 48, 49, 50, 51, 52 y 65 de la Ley de Planeación,
                                                                                                         Desarrollo Administrativo y Servicios Públicos Municipales; 12 de la Ley de Fiscalización Superior y

                                                                                                                                                                                                                  9
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