Page 19 - Santo Domingo Tonalá
P. 19

insuficiente para solventar las observaciones emitidas en cantidad de $114,055.20 (Ciento                          Pliego de observaciones:                                                                               INFORME FINAL DE AUDITORÍA
catorce mil cincuenta y cinco pesos 20/100 M.N.).
                                                                                                                   2023-OA/CPM/137/2024-PO-15.
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de
Contabilidad Gubernamental; 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación; 28 de la Ley de                          Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración                             documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $145,703.21 (Ciento
de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 25 del Reglamento de la Ley de                                 cuarenta y cinco mil setecientos tres pesos 21/100 M.N.), conforme a la observación detallada en este
Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración                             resultado.”
de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 120 de la Ley Orgánica Municipal del
Estado de Oaxaca; 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y                         (…)}
Responsabilidad Hacendaria; y 88 del Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para
el Ejercicio Fiscal 2023.                                                                              La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes
                                                                                                       transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
insuficiente la información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo como no                  Respecto a la documentación justificativa del gasto, relativa a la solicitud, autorización y
solventado el Resultado: AF-18.                                                                        evidencia de los productos adquiridos, la Entidad Fiscalizable presentó información y
                                                                                                       documentación, cómo se detalla en el ANEXO DAM-FC-11-SOL, la cual, resulta suficiente para
El siguiente Resultado: AF-19 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que se          solventar las observaciones emitidas.
transcribe a continuación:
                                                                                                       Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
                                                                                                       suficiente la información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo como solventado
                                                                                                       el Resultado: AF-19.

(…)                CON OBSERVACIÓN                                                                     El siguiente Resultado: AF-20 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que se
                                                                                                       transcribe a continuación:
“RESULTADO: AF-19

De la revisión a la sub-subcuenta 51381-3822 ACTOS DE ORDEN SOCIAL Y CULTURAL, se constató que         (…)                CON OBSERVACIÓN
el H. Ayuntamiento del Municipio de Santo Domingo Tonalá, Distrito de Huajuapan, Oaxaca, afectó el
Presupuesto de Egresos en cantidad de $145,703.21 (Ciento cuarenta y cinco mil setecientos tres        “RESULTADO: AF-20
pesos 21/100 M.N.); observando que los registros contables y presupuestarios, no se encuentran
respaldados con la documentación justificativa del gasto, relativa a la solicitud, autorización y      De la revisión a la sub-subcuenta 52411-4411 AYUDAS SOCIALES A PERSONAS, se constató que el H.
evidencia de los productos adquiridos, lo anterior como se detalla en el ANEXO DAM-FC-11.              Ayuntamiento del Municipio de Santo Domingo Tonalá, Distrito de Huajuapan, Oaxaca, afectó el
                                                                                                       Presupuesto de Egresos en cantidad de $85,079.86 (Ochenta y cinco mil setenta y nueve pesos
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de       86/100 M.N.); observando que los registros contables y presupuestarios, no se encuentran respaldados
Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 25 del              con la documentación comprobatoria y justificativa del gasto, relativa al comprobante fiscal digital
Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y        por internet en cantidad de $7,539.86 (Siete mil quinientos treinta y nueve pesos 86/100 M.N.) y a las
Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; y 186 párrafo tercero del           solicitudes de apoyo, la autorización correspondiente y evidencia de recepción de los apoyos, lo
Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.                              anterior como se detalla en el ANEXO DAM-FC-12.

Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente  Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de
acción:                                                                                                Contabilidad Gubernamental; 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación; y 186 párrafo tercero del
                                                                                                       Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

                                                                                                                                                                                                               17
   14   15   16   17   18   19   20   21   22   23   24