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V. Consultar si los asuntos del orden del día están suficientemente 13
discutidos y, en su caso, proceder a pedir la votación, y
VI. En general, ejercitar las necesarias para el mejor desarrollo de las
sesiones.
VII. El presidente podrá convocar a sesión extraordinaria cuando haya
asuntos que por su importancia lo ameriten o, a petición de por lo
menos tres de los miembros del CIOSFE.
El presidente designará en casos especiales de ausencia a su suplente, al
igual que en el caso del Secretario Ejecutivo y su respectivo suplente, que
pueden no ser miembros propietarios o suplentes temporales del CIOSFE.
Durante las sesiones ordinarias y extraordinarias, el Presidente será
auxiliado en sus trabajos por el Secretario Ejecutivo.
9. El secretario ejecutivo tendrá las siguientes funciones:
I. Elaborar el orden del día de los asuntos que serán tratados en la sesión;
II. Enviar, con oportunidad, a los miembros del CIOSFE la convocatoria
y orden del día de cada sesión, anexando copia de los documentos
que deban conocer en la sesión respectiva;
III. Verificar el quórum;
IV. Presentar para aprobación del CIOSFE el orden del día de la sesión,
procediendo, en su caso, a dar lectura al mismo;
V. Someter a la aprobación del CIOSFE el acta de la sesión anterior,
procediendo, en su caso, a darle lectura;
VI. Recabar las votaciones;
VII. Auxiliar al Presidente durante el desarrollo de sesiones;
VIII. Elaborar y despachar los acuerdos que tome el CIOSFE;
IX. Levantar las actas de las sesiones y consignarlas en el registro
respectivo, que quedaran bajo su resguardo;
X. Dar seguimiento a los acuerdos tomados por el CIOSFE;
XI. Llevar el registro documental de las quejas y asuntos tratados en
el CIOSFE;
XII. Difundir los acuerdos, observaciones y recomendaciones que
establezca el CIOSFE, atender las solicitudes de acceso a la
información pública, adoptar las medidas de seguridad, cuidado
y protección de datos personales y evitar el uso o acceso a los
mismos, y
XIII. Las demás que el Presidente le señale.
ÓRGANO SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA