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10. Son responsabilidades de los miembros del CIOSFE;

                I.	 Cumplir y promover el cumplimiento de las Políticas de Integridad
                       Institucional del OSFE;

                II.	 Dedicar el tiempo y esfuerzo necesarios para dar seguimiento a
                       los asuntos que se les sometan, recabar la información necesaria
                       y solicitar la colaboración y apoyo que consideren oportunos;

14 III.	 Cuidar que las actividades del CIOSFE se realicen con apego a la
                       normatividad aplicable;

                IV.	 Participar activamente en el CIOSFE y dar cumplimiento a los
                       acuerdos aprobados, a fin de que su criterio contribuya a la mejor
                       toma de decisiones;

                V.	 Hacer uso responsable de la información a la que tengan acceso;
                VI.	 En cualquier asunto en el que tuviere o conociere de un posible

                       conflicto de interés, personal o de alguno de los miembros del
                       CIOSFE, deberá manifestarlo por escrito, y el que tuviere el
                       conflicto, abstenerse de toda intervención, y
                VII.	 Capacitarse en los temas propuestos por el CIOSFE de carácter
                       institucional.

                                            CAPÍTULO IV
                                      SESIONES DEL CIOSFE

            11. Previa a la primera sesión ordinaria, el Presidente notificará a los
            servidores públicos elegidos como miembros temporales permanentes,
            a fin de integrar formalmente el CIOSFE, notificados mediante oficio en
            donde confirma su participación y compromiso.

            12. El CIOSFE se reunirá por lo menos dos veces al año en forma ordinaria,
            y de manera extraordinaria las veces que fuera necesario para su debido
            funcionamiento.

            Las convocatorias se enviarán por el Secretario Ejecutivo, con una
            antelación mínima de cinco días hábiles a la fecha de sesión ordinaria
            que corresponda y dos días hábiles a la fecha de la sesión extraordinaria
            correspondiente.

            El envío de las convocatorias y la documentación relacionada con los
            puntos del orden del día, podrá realizarse mediante medios electrónicos
            (correo institucional).

                    LINEAMIENTOS PARA LA INTEGRACIÓN, OPERACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE INTEGRIDAD DEL OSFE
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