Page 41 - Consejo Estatal de Arbitraje Médico de Oaxaca
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artículo 188 “Las Dependencias y Entidades que acrediten un gasto con comprobantes fiscales digitales, incluso cuando estos INFORME INDIVIDUAL AVANCE DE LA CUENTA PÚBLICA CUARTO TRIMESTRE 2022
consten en representación impresa deberán comprobar su autenticidad consultando en la página de internet del Servicio de
Administración Tributaria si el número de folio que ampara el comprobante fiscal digital fue autorizado al emisor y si al momento
de la emisión del mismo el certificado que ampara el sello digital se encontraba vigente y registrado ante el mismo, imprimiendo
y anexando dicha consulta al comprobante que soporta el gasto para su resguardo,”.
artículo 190 párrafo primero “El gasto que se efectúe en el capítulo de materiales y suministros invariablemente deberá contar
con solicitudes o requisiciones, cotizaciones, órdenes de compra, bitácoras según sea el caso, controles de entrada y salida de
almacén y del comprobante fiscal digital correspondiente”.
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, le requirió a la Comisión Estatal
de Arbitraje Médico de Oaxaca, justificar o aclarar, el importe de $9,563.27 (Nueve mil quinientos sesenta
y tres pesos 27/100 M.N.), conforme a las observaciones que se detallan en este resultado y presentara dentro
del plazo establecido en el artículo 22 segundo párrafo de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas
para el Estado de Oaxaca, toda la información y documentación que demuestre las acciones realizadas tendiente
a solventar la observación determinada.
Mediante oficio número ASFE/OT/AEFE/1768/2023, se notificó el día 11 de septiembre de 2023, los
Resultados Finales y Observaciones Preliminares, a efecto de que esa Entidad Fiscalizable en un plazo de 10 días
hábiles, presentara las justificaciones y aclaraciones correspondientes.
La Comisión Estatal de Arbitraje Médico de Oaxaca, en el proceso de aclaraciones y justificaciones, mediante
oficio número CEAMO/2C.1.1/2023/068 de fecha 25 de septiembre de 2023, como consta en el acta
circunstanciada de fecha 26 de septiembre de 2023, presentó la siguiente información y/o documentación
certificada:
• 5 Comprobantes de pagos a los proveedores (tickets) con los siguientes números: tr.# 04690 de fecha
28-07-2022, tr.# 03018 de fecha 17-08-2022, tr. # 07992 de fecha 19-08-2022, tr. # 06102 de fecha
09-09-2023, folio 2511943 de fecha 22-09-2022.
• 2 pólizas de cheque con números de cheque: ch. 057 del 12 de octubre de 2022 y ch. 060 del 14 de
noviembre de 2022.
• 12 cuentas por Liquidar Certificadas (CLC´s) con números de folios: 338, 344, 349, 355, 370, 387
correspondientes al mes de septiembre de 2022, 405, 435 correspondientes al mes de octubre de
2022, 470 correspondiente al mes de noviembre de 2022, 516, 524 y 548, correspondientes al mes de
diciembre de 2022.
• Documento de 8 hojas que contiene lista de diversos insumos de las diferentes áreas denominado
solicitud de servicio y/o material, de los meses de octubre a diciembre de 2022.
• Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI´s) con folios fiscales: CA9D92B8-0E09-4A38-
9069-A8DC47CA73B0 de fecha 29-07-2022, ADAF9556-3AAC-4406-9D8C-39813952E4B1 de
fecha 18-08-2022, E4F02005-3FAB-4E1F-83DA-C5E0816CF371 de fecha 24-08-2022, 3162365A-
AB50-47AB-B572-35869A4340ED de fecha 30-08-2022, 319C463F-729B-494B-957F-
A5EC2B264FF9 de fecha 12-09-2022, 6B454800-2770-4160-A8EB-57DE665CB4B5 de fecha 22-
09-2022.
• 13 Verificaciones de comprobantes fiscales digitales por internet, con los siguientes folios ficales:
CA9D92B8-0E09-4A38-9069-A8DC47CA73B0, ADAF9556-3AAC-4406-9D8C-39813952E4B1,
E4F02005-3FAB-4E1F-83DA-C5E0816CF371, 3162365A-AB50-47AB-B572-35869A4340ED,
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