Page 38 - San Francisco Jaltepetongo
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Beneficiarios, carece de las firmas del C. Raúl Celiz Sánchez, Tesorero Municipal y de los integrantes del Comité
de Obras, de tres obras; la entidad fiscalizada presentó documentación como se relaciona en el ANEXO
DAM-VIF-07-SEG-07; sin embargo, una vez analizada la documentación e información, esta Auditoría Superior
de Fiscalización del Estado de Oaxaca, determina que subsiste la observación; por lo que se emite:

Solicitud de aclaración.
2017/2019-OA/SFCPM/SEM/006/2022-SA-14

Se le requiere al Ayuntamiento del Municipio de San Francisco Jaltepetongo, Distrito de Nochixtlán, Oaxaca,
presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la información y documentación
que compruebe, justifique o aclare, lo relativo a:

Que derivado de la revisión efectuada a los expedientes técnicos unitarios, proporcionados por el ente fiscalizado,
de las obras incluidas en la muestra, respecto al proceso de entrega recepción, se constató que no presentó el
aviso de término de la obra y se encontró que el Acta de Entrega Recepción de la obra a los Beneficiarios, carece
de las firmas del C. Raúl Celiz Sánchez, Tesorero Municipal y de los integrantes del Comité de Obras,
observaciones presentes en dos obras como se desglosa en el ANEXO DAM-VIF-07-SEG-07.

Incumpliendo con lo establecido en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca,
artículos 64 y 66 fracción I, que a la letra dicen:

      Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca.

      Artículo 64: “El contratista comunicará a la Dependencia, Entidad o Ayuntamiento, la terminación de los trabajos que fueron
      materia del contrato y que tenía encomendados, estas verificarán que los mismos estén debidamente concluidos dentro de los
      veinte días siguientes al de la comunicación, salvo que al efecto fuese señalado un plazo diferente; dichos trabajos deberán ser
      recibidos por los contratantes y al efecto se deberá informar a la Contraloría o al Órgano Interno de Control con diez días de
      anticipación el lugar, la fecha y hora, en que se efectuará la recepción de los trabajos. La entrega y recepción de la obra no
      exime al contratista de la responsabilidad por defectos o vicios ocultos que tenga la misma, en los términos de las leyes
      respectivas, por lo que en el momento de celebrarse la entrega se deberá exhibir fianza que garantice los vicios ocultos de la
      obra, la cual tendrá una vigencia de doce meses.”
      Artículo 66 fracción I: “Las Dependencias, Entidades, Ayuntamientos y las personas físicas o morales, bajo las cuales quede
      resguardada la obra pública, están obligadas a: I.- Recibir la obra pública mediante acta circunstanciada, en la cual se detallará
      el estado de la misma y la persona o personas responsables del mantenimiento y conservación de ella.”

RESULTADO: ASE-19                CON OBSERVACIÓN

Derivado de la Verificación e Inspección Física realizada a las obras incluidas en la muestra, se determinaron
Volúmenes de obra pagados no ejecutados, en una obra como se describe a continuación:

NUM.        NOMBRE DE LA OBRA       LOCALIDAD     NÚMERO DE CONTRATO       NOMBRE DEL             IMPORTE      NÚMERO
OC-4                                            MSFJ/144/FISM/001/11/2019  CONTRATISTA        DETERMINADO          DE
      CONSTRUCCIÓN DE TECHADO    SAN FRANCISCO
      EN EL ÁREA DE IMPARTICIÓN  JALTEPETONGO                              QUIEE         VEÉ      $157,698.75   ANEXO
      DE EDUCACIÓN FÍSICA EN EL
      JARDÍN DE NIÑOS XÓCHILT,                                             CONSTRUCCIONES         $157,698.75  DAM-
      CLAVE: 20DJNO519N                                                                                        VIF-08

                                                                           S.A. DE C.V.

                                                                           TOTAL

36
   33   34   35   36   37   38   39   40   41   42   43