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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA

Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normatividad:                                                                                          INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022

        Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca.

        Artículo 46: “Para los efectos de la aplicación de los artículos 43 y 45 de esta Ley, la Dependencia, Entidad o Ayuntamiento de que se trate,
        podrá contratar a través del procedimiento de invitación restringida a cuando menos tres contratistas o del de adjudicación directa, cuando
        el monto total de la obra pública no exceda del rango de aplicación máximo que al efecto se le establezca en el Presupuesto de Egresos del
        Estado y siempre que los trabajos de obra pública no se fraccionen para quedar comprendidos en los supuestos de excepción a la licitación
        pública.”

        Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2022.

        Artículo 73 fracción VII: “En el ejercicio del gasto de capital en inversión pública para el año 2022, los Ejecutores de gasto observarán lo
        siguiente: VII. Sujetarse a los montos máximos y mínimos que a continuación se establecen: Los montos establecidos deberán considerarse
        sin incluir el importe del Impuesto al Valor Agregado. Los Ejecutores de gasto deberán utilizar el presupuesto anual modificado del ejercicio
        inmediato anterior para efecto de ubicarse en el rango correspondiente.”

Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, le requirió al H.
Ayuntamiento del Municipio de San Juan Teitipac, Distrito de Tlacolula, Oaxaca, para que
justificara o aclarara la observación que se detalla en este resultado y presentara dentro del plazo
establecido en la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas para el Estado de Oaxaca en
el artículo 22 segundo párrafo: toda la información y documentación que demostrara las acciones
realizadas tendientes a solventar las observaciones determinadas.

Mediante oficio número ASFE/AEFM/DAMB/0175/2023, notificado el día 09 de agosto de 2023,
se dieron a conocer al Ayuntamiento del Municipio de San Juan Teitipac, Distrito de Tlacolula,
Oaxaca, los Resultados Finales y Observaciones Preliminares, a efecto de que, en un plazo de 10
días hábiles, presentara las justificaciones y aclaraciones correspondientes.

El Ayuntamiento del Municipio de San Juan Teitipac, Distrito de Tlacolula, Oaxaca, en el proceso
de aclaraciones y justificaciones, mediante oficio número MSJT/0858/2023 de fecha 05 de
septiembre de 2023, presentó documentación, como consta en el acta circunstanciada de fecha
06 de septiembre de 2023; sin embargo, de este resultado en particular, no presentó información
o documentación; por lo cual, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca,
considera no atendida la observación; por lo que se emite:

Solicitud de aclaración:
2022-OA/CPM/030/2023-SA-07
Se le requiere al Ayuntamiento del Municipio de San Juan Teitipac, Distrito de Tlacolula, Oaxaca,
presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la información y
documentación que compruebe, justifique o aclare lo relativo a:

Respecto de que se analizó el Presupuesto de egresos para el ejercicio fiscal 2022 del municipio,
compuesto en la cuenta pública del municipio fiscalizado del año 2022, constatando que el
Presupuesto Anual Modificado del ejercicio inmediato anterior para Inversión Pública del Municipio,
ejercicio 2021, fue de $  3,226,895.21 (Tres millones doscientos veintiséis mil ochocientos
noventa y cinco pesos 21/100 M.N.), trasladando este monto a la tabla del artículo 73 fracción VII
del Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2022, se verificó que se
ubica dentro del rango “Mayor de 5’000,000.01 hasta 10’000,000.00”, quedando los montos
máximos de la siguiente manera:

Presupuesto anual para realizar obras públicas y  Monto máximo total de cada obra que  Monto máximo total de cada obra que
servicios relacionados con las mismas                 podrá adjudicarse directamente   podrá adjudicarse mediante invitación

Mayor de  Hasta

0.01      5’000,000.00                            216,000.00                           1’080,000.00

          Fuente: Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2022

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