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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA

Acciones e Inversiones Ejercicio 2022 de fecha 15 de septiembre de 2022, observación presente en la obra                                      INFORME ESPECÍFICO CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022
descrita a continuación:

NÚM.                         NOMBRE DE LA OBRA      LOCALIDAD            NÚMERO DE CONTRATO:
OC-13
       CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO DE CONCRETO       SANTA MARÍA  MSMH/414/001/R33/FIII/COP/011/202
       HIDRÁULICO EN LA CALLE RENACIMIENTO, DEL  HUAZOLOTITLÁN                              2
       BARRIO GRANDE.

Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normatividad:

            Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios.

           Artículo 13 fracción I: “Una vez aprobado el Presupuesto de Egresos, para el ejercicio del gasto, las Entidades Federativas
           deberán observar las disposiciones siguientes:
           I. Sólo podrán comprometer recursos con cargo al presupuesto autorizado, contando previamente con la suficiencia
           presupuestaria, identificando la fuente de ingresos.”; y
           Artículo 21: “Adicionalmente, los Municipios y sus Entes Públicos deberán observar lo previsto en el artículo 13 de esta Ley. Lo
           anterior, con excepción de la fracción III, segundo párrafo de dicho artículo, la cual sólo será aplicable para los Municipios de
           más de 200,000 habitantes, de acuerdo con el último censo o conteo de población que publique el Instituto Nacional de
           Estadística y Geografía. Las autorizaciones a las que se hace mención en dichos artículos serán realizadas por las autoridades
           municipales competentes.”

Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, le requirió al H. Ayuntamiento del
Municipio de Santa María Huazolotitlán, Distrito de Jamiltepec, Oaxaca, comprobar, justificar o aclarar la
observación que se detalla en este resultado y presentara la información y documentación que demuestre las
acciones realizadas tendientes a solventar las observaciones determinadas.

Mediante oficio número ASFE/AEFM/DAMA/513/2023, notificado el 12 de octubre de 2023, se dieron a
conocer a la Entidad Fiscalizable los Resultados Finales y Observaciones Preliminares, a efecto de que esa
Entidad Fiscalizable en un plazo de 10 días hábiles, presentara las justificaciones y aclaraciones
correspondientes.

El Municipio de Santa María Huazolotitlán, Distrito de Jamiltepec, Oaxaca, en el proceso de aclaraciones y
justificaciones, mediante oficio sin número de fecha 03 de noviembre de 2023, presentó documentación como
consta en el acta circunstanciada de recepción de fecha 03 de noviembre de 2023, para este resultado en
particular, 10 hojas útiles con los folios 00000001 al 00000072 en copias certificadas, consistentes en:

Oficio de fecha 18 de octubre de 2023, mediante el cual el Municipio manifiesta que debido a un error humano el
número del oficio de notificación de aprobación y autorización de obras, acciones e inversiones ejercicio fiscal
2022, se transcribió de manera incorrecta y el Anexo del Oficio de Autorización corregido.

La documentación presentada acredita que el Anexo del Oficio de Autorización de una obra, el número del oficio
corresponde con el manifestado en el Oficio de Notificación de Aprobación y Autorización de Obras, Acciones e
Inversiones Ejercicio 2022 de fecha 15 de septiembre de 2022.

Por lo anterior, la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, determina que atendió la
observación.

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