Page 81 - Santa María Huazolotitlán
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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA                                                                         INFORME ESPECÍFICO CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022

consta en el acta circunstanciada de recepción de fecha 03 de noviembre de 2023, para este resultado en
particular, 41 hojas útiles consistentes en 15 hojas de los folio 00000001 al 00000015, 07 hojas de los folios
00000001 al 00000007, 04 hojas de los folios 00000001 AL 00000004, 04 hojas de los folios 00000001 al
00000004, 08 hojas de los folios 00000001 al 00000008 y 03 hojas de los folios 00000001 al 00000003 en
copias certificadas, consistentes en:

Documentación denominada Eje del Trazo y Cálculo de la Subrasante, Diseño de muro de gaviones, Memoria de
Cálculo, Memoria de Cálculo Estructural, Planos de obra y Estudios de Ingeniería topográficos, correspondientes
a seis obras.

La documentación presentada acredita la Memoria de Cálculo, los estudios de ingeniería topográficos y los planos
arquitectónicos y de ingeniería, observaciones presentes en seis obras como se desglosa en el anexo
DAM-VIF-01-SEG-01.

Por lo anterior, la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, determina que atendió la
observación.

RESULTADO: ASE-33 SIN OBSERVACIÓN

Derivado de la revisión efectuada a los expedientes técnicos unitarios, proporcionados por el Municipio de Santa
María Huazolotitlán, Distrito de Jamiltepec, Oaxaca, de las obras incluidas en la muestra, respecto al
procedimiento de adjudicación, se constató que contó con los acuerdos de excepción a la licitación pública, a
través del cual el ente auditado optó por adjudicar las obras mediante el procedimiento de invitación restringida
y adjudicación directa, respectivamente; que estuvieron encuadradas en los supuestos previstos en los artículos
43 y 45 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca.

RESULTADO: ASE-34 CON OBSERVACIÓN

Derivado de la revisión efectuada a los expedientes técnicos unitarios, proporcionados por el Municipio de Santa
María Huazolotitlán, Distrito de Jamiltepec, Oaxaca, de las obras incluidas en la muestra, respecto al
procedimiento de contratación, se detectó que el contrato de obra pública de tres obras, presenta inconsistencias
debido a que en uno de los contratos el monto contratado excede el monto autorizado y en dos contratos carecen
de hojas que conforman el documento, como se desglosa en el anexo DAM-VIF-02

Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normatividad:

            Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca.

           Artículo 51 fracción III y IV: “Todo contrato de obra pública deberá reunir los siguientes requisitos:
           III.- Objeto del contrato.
           IV.- Autorización de la inversión para cubrir el compromiso derivado del contrato.”

Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, le requirió al H. Ayuntamiento del
Municipio de Santa María Huazolotitlán, Distrito de Jamiltepec, Oaxaca, comprobar, justificar o aclarar la

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