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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA

INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA ESTATAL 2022  Solicitud de Aclaración

                                                2022-OA/CPE/01/2023-SA-05

                                                Para que la Secretaría de Fomento Agroalimentario y Desarrollo Rural, antes Secretaría de
                                                Desarrollo Agropecuario, Pesca y Acuacultura; justifique o aclare, ante esta Auditoría Superior de
                                                Fiscalización del Estado de Oaxaca, la debida integración del Expediente Técnico Unitario en cada
                                                una de sus etapas, conforme a la observación que se detalla en este resultado.

                                                Incumpliendo con lo establecido en el Acuerdo por el que se dan a conocer las reglas de
                                                operación del programa que ejecuta la secretaria de desarrollo agropecuario, pesca y
                                                acuacultura (SEDAPA), Título II, Articulo 14, inciso f), Fracción II, inciso a), inciso b), inciso f), Título
                                                VI, Capitulo único, Artículo 18 inciso a), inciso m), inciso o). que a la letra dicen:

                                                        Acuerdo por el que se dan a conocer las reglas de operación del programa que ejecuta la secretaria de desarrollo agropecuario, pesca
                                                        y acuacultura (SEDAPA).

                                                         Título II. Del procedimiento para la obtención de incentivos; Artículo 14. “Las solicitudes del incentivo deberán entregarse en la ventanilla
                                                        designada por la secretaria anexando la documentación requerida de conformidad con estas reglas de operación. Para el trámite del incentivo
                                                        a que se refiere las presentes reglas de operación: f) Suscribir el convenio de concertación entre la secretaria y los beneficiarios. Fracción II
                                                        seguimiento y supervisión por parte de la secretaria, el (la) titular de la secretaria determinara que área administrativa realizara la supervisión
                                                        de la aplicación de los incentivos financieros otorgados al (los) beneficiario (s); debiendo el (los) beneficiarios (s) permitir la verificación
                                                        relativa, a) Los avances del proyecto, b) la aplicación de la totalidad de los recursos recibidos, por los conceptos y montos autorizados, el
                                                        cumplimiento de las obligaciones y los compromisos contraídos, la existencia del bien, de acuerdo con las características y en los términos
                                                        autorizados, establecidos en el instrumento correspondiente f) Lo señalado en la entrega-recepción de recursos con memoria fotográfica
                                                        respectiva”.

                                                        Título VI. De la secretaria; Capitulo único; Artículo 18. “La secretaria o quien esta designe como unidad responsable, tendrá las facultades
                                                        y responsabilidades: a) Operar conforme lo establecido en el presente ACUERDO, aplicando los criterios y requisitos establecidos en las
                                                        mismas para la presentación y aprobación de solicitudes de incentivos del programa. m) Llevar el control y registro detallado de la aplicación
                                                        de los recursos y el avance de las metas de cada proyecto apoyado. o) Realizar el seguimiento en la ejecución de las acciones que podrá
                                                        consistir en la entrega de reportes, requerimiento de información, visitas de supervisión, verificación y cualquier otro que le requiera la
                                                        secretaria, que permitan verificar que los recursos otorgados: hayan sido aplicados conforme a la normatividad vigente”.

                                                RESULTADO: AF-018  CON OBSERVACIÓN

                                                De la revisión y análisis a la documentación presentada por la Entidad Fiscalizable consistente

                                                en tres expedientes de la adquisición denominada: “TECNIFICACIÓN PARA LA PRODUCCIÓN
                                                DE MEZCAL”, ejercida con las fuentes de financiamiento AALBA0221 ASIGNACIÓN PARA
                                                INVERSIÓN, AEAAA0419 ASIGNACIÓN ORDINARIA DE OPERACIÓN y AEAAA1222
                                                ASIGNACIÓN ORDINARIA DE OPERACIÓN IE mediante tres oficios de autorización, de la partida
                                                específica APOYO A LA PRODUCCIÓN en la modalidad de CONVENIOS DE CONCERTACION,
                                                por un importe total contratado de $2,010,000.00 ( Dos millones diez mil pesos 00/100M.N.), que
                                                formo parte de la muestra de auditoría, se constató que no existe una debida integración del
                                                expediente técnico – unitario en cada una de sus etapas, como se detalla a continuación:

                                                Integración de documentación para tramite de incentivos:

                                                  •	 Solicitud de apoyo por la autoridad competente.

                                                Ejecución y Comprobación:

                                                  •	 Reporte del seguimiento y la supervisión del proyecto.

                                                Incumpliendo con lo establecido, en la siguiente normatividad:

                                                        Acuerdo por el que se dan a conocer las reglas de operación del programa que ejecuta la secretaria de desarrollo agropecuario, pesca
                                                        y acuacultura (SEDAPA).

                                                          Capítulo VI. De la población objetivo y los criterios de elegibilidad; Artículo 12. “Requisitos específicos. Fracción I. Grupo de personas
                                                        físicas. h) Solicitud de apoyo en escrito libre, por parte de la autoridad competente, dirigida al titular de SEDAPA”.

                                                        Título II. Del procedimiento para la obtención de incentivos; Artículo 14. “Las solicitudes del incentivo deberán entregarse en la ventanilla
                                                        designada por la secretaria anexando la documentación requerida de conformidad con estas reglas de operación. Para el trámite del incentivo
                                                        a que se refiere las presentes reglas de operación: a) Entregar la solicitud del incentivo con la documentación correspondiente, f) Suscribir el
                                                        convenio de concertación entre la secretaria y los beneficiarios. Fracción II seguimiento y supervisión por parte de la secretaria, el (la) titular
                                                        de la secretaria determinara que área administrativa realizara la supervisión de la aplicación de los incentivos financieros otorgados al (los)
                                                        beneficiario (s); debiendo el (los) beneficiarios (s) permitir la verificación relativa, a) Los avances del proyecto, b) la aplicación de la totalidad
                                                        de los recursos recibidos, por los conceptos y montos autorizados, el cumplimiento de las obligaciones y los compromisos contraídos, la

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