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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA ESTATAL 2022 Incumpliendo con lo establecido en el Acuerdo por el que se dan a conocer las reglas de
operación del programa que ejecuta la secretaria de desarrollo agropecuario, pesca y
acuacultura (SEDAPA), Capítulo VI, Articulo 12, Fracción I inciso j), Título II, Articulo 14,
inciso f), Fracción II, inciso a), inciso b), Título III, Articulo 15 Fracción I, inciso c), Título VI,
Capitulo único, Artículo 18 inciso a), inciso m), inciso o). que a la letra dicen:
Acuerdo por el que se dan a conocer las reglas de operación del programa que ejecuta la secretaria de desarrollo agropecuario, pesca
y acuacultura (SEDAPA).
Capítulo VI. De la población objetivo y los criterios de elegibilidad; Artículo 12. “Requisitos específicos. Fracción I. Grupo de personas físicas.
j) Acreditar la propiedad y/o posesión legal del predio en la que se ejecutará el proyecto”.
Título II. Del procedimiento para la obtención de incentivos; Artículo 14. “Las solicitudes del incentivo deberán entregarse en la ventanilla
designada por la secretaria anexando la documentación requerida de conformidad con estas reglas de operación. Para el trámite del incentivo
a que se refiere las presentes reglas de operación: f) Suscribir el convenio de concertación entre la secretaria y los beneficiarios. Fracción II
seguimiento y supervisión por parte de la secretaria, el (la) titular de la secretaria determinara que área administrativa realizara la supervisión
de la aplicación de los incentivos financieros otorgados al (los) beneficiario (s); debiendo el (los) beneficiarios (s) permitir la verificación
relativa, a) Los avances del proyecto, b) la aplicación de la totalidad de los recursos recibidos, por los conceptos y montos autorizados, el
cumplimiento de las obligaciones y los compromisos contraídos, la existencia del bien, de acuerdo con las características y en los términos
autorizados, establecidos en el instrumento correspondiente”.
Título III de los derechos y obligaciones de los beneficiarios; Artículo 15. “Los que resulten beneficiarios(as), se sujetaran a los siguientes
derechos y obligaciones: Fracción I. Son derechos de los beneficiarios(as): c) Informar a la secretaria sobre los datos del proveedor, clave
interbancaria y/o documento bancario idóneo para efectuar el depósito, con el cual solicito la cotización; así mismo exhibir la documentación
que acredite la legal existencia del proveedor, cumplimiento de obligaciones fiscales, así como registro en el padrón de proveedores de la
secretaria de administración del gobierno del estado de Oaxaca”.
Título VI. De la secretaria; Capitulo único; Artículo 18. “La secretaria o quien esta designe como unidad responsable, tendrá las facultades
y responsabilidades: a) Operar conforme lo establecido en el presente ACUERDO, aplicando los criterios y requisitos establecidos en las
mismas para la presentación y aprobación de solicitudes de incentivos del programa. m) Llevar el control y registro detallado de la aplicación
de los recursos y el avance de las metas de cada proyecto apoyado. o) Realizar el seguimiento en la ejecución de las acciones que podrá
consistir en la entrega de reportes, requerimiento de información, visitas de supervisión, verificación y cualquier otro que le requiera la
secretaria, que permitan verificar que los recursos otorgados: hayan sido aplicados conforme a la normatividad vigente”.
RESULTADO: AF-021 CON OBSERVACIÓN
De la revisión y análisis a la documentación presentada por la Entidad Fiscalizable consistente
en cinco expedientes de la adquisición denominada: “PROYECTO PARA LA PRODUCCIÓN DE
OVINOS”, ejercida con las fuentes de financiamiento AEAAA0420 ASIGNACIÓN ORDINARIA
DE OPERACIÓN, AEAAA1222 ASIGNACIÓN ORDINARIA DE OPERACIÓN IE y AEAAA1022
ANEXO 8 ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS mediante cinco oficios de autorización,
de la partida específica APOYO A LA PRODUCCIÓN en la modalidad de CONVENIOS DE
CONCERTACION, por un importe total contratado de $7,527,852.50 ( Siete millones quinientos
veinte siete mil ochocientos cincuenta y dos pesos 50/100M.N.); que formo parte de la muestra de
auditoría, se constató que no presentó cuatro convenios de concertación contratados, además de no
presentar evidencia fotográfica del proceso de cada una de las etapas que comprendió el proyecto,
motivo por el cual se observa la cantidad de $7,217,146.36 ( Siete millones doscientos diecisiete
mil ciento cuarenta y seis pesos 36/100M.N.). de igual forma se observó que no existe una
debida integración del expediente técnico – unitario en cada una de sus etapas.
Integración de documentación para tramite de incentivos:
• Acreditación del predio para la ejecución del proyecto.
• Cotización del proveedor.
• Documento que indique la existencia legal del proveedor.
• Documento que indique el cumplimiento de obligaciones fiscales.
Contratación:
• Convenios de concertación.
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