Page 68 - 01 Secretaría de Fomento Agroalimentario y Desarrollo Rural
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INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA ESTATAL 2022                                                  AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA

                                                Integración de documentación para tramite de incentivos:

                                                  •	 Acreditación del predio para la ejecución del proyecto.

                                                  •	 Cotización del proveedor.

                                                  •	 Documento que indique la existencia legal del proveedor.

                                                  •	 Documento que indique el cumplimiento de obligaciones fiscales.

                                                Contratación:

                                                  •	 Convenios de concertación.

                                                Ejecución y Comprobación:

                                                  •	 Reporte del seguimiento y la supervisión del proyecto.

                                                Por lo que esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, determina que subsiste la
                                                observación; Por lo que se emiten.

                                                Pliego de Observaciones
                                                2022-OA/CPE/01/2023-PO-16
                                                Se le requiere a la Secretaría de Fomento Agroalimentario y Desarrollo Rural, antes Secretaría
                                                de Desarrollo Agropecuario, Pesca y Acuacultura; presente ante esta Auditoría Superior de
                                                Fiscalización del Estado de Oaxaca, la documentación que justifique, compruebe, aclare o en
                                                su caso reintegre el importe de $7,217,146.36 (Siete millones doscientos diecisiete mil
                                                ciento cuarenta y seis pesos 36/100 M.N.), derivado a que no presenta evidencia alguna de
                                                los convenios de concertación y evidencia fotográfica del proceso de cada una de las etapas que
                                                comprendió los proyectos.

                                                Solicitud de Aclaración
                                                2022-OA/CPE/01/2023-SA-09
                                                Para que la Secretaría de Fomento Agroalimentario y Desarrollo Rural, antes Secretaría de
                                                Desarrollo Agropecuario, Pesca y Acuacultura; justifique o aclare, ante esta Auditoría Superior de
                                                Fiscalización del Estado de Oaxaca, la debida integración del Expediente Técnico Unitario en cada
                                                una de sus etapas, conforme a la observación que se detalla en este resultado.

                                                Incumpliendo con lo establecido en el Acuerdo por el que se dan a conocer las reglas de
                                                operación del programa que ejecuta la secretaria de desarrollo agropecuario, pesca y
                                                acuacultura (SEDAPA), Capítulo VI, Articulo 12, Fracción I inciso j), Título II, Articulo 14, inciso f),
                                                Fracción II, inciso a), inciso b), Título III, Articulo 15 Fracción I, inciso c), Título VI, Capitulo único,
                                                Artículo 18 inciso a), inciso m), inciso o). que a la letra dicen:

                                                        Acuerdo por el que se dan a conocer las reglas de operación del programa que ejecuta la secretaria de desarrollo agropecuario, pesca
                                                        y acuacultura (SEDAPA).

                                                        Capítulo VI. De la población objetivo y los criterios de elegibilidad; Artículo 12. “Requisitos específicos. Fracción I. Grupo de personas físicas.
                                                        j) Acreditar la propiedad y/o posesión legal del predio en la que se ejecutará el proyecto”.

                                                        Título II. Del procedimiento para la obtención de incentivos; Artículo 14. “Las solicitudes del incentivo deberán entregarse en la ventanilla
                                                        designada por la secretaria anexando la documentación requerida de conformidad con estas reglas de operación. Para el trámite del incentivo
                                                        a que se refiere las presentes reglas de operación: f) Suscribir el convenio de concertación entre la secretaria y los beneficiarios. Fracción II
                                                        seguimiento y supervisión por parte de la secretaria, el (la) titular de la secretaria determinara que área administrativa realizara la supervisión
                                                        de la aplicación de los incentivos financieros otorgados al (los) beneficiario (s); debiendo el (los) beneficiarios (s) permitir la verificación
                                                        relativa, a) Los avances del proyecto, b) la aplicación de la totalidad de los recursos recibidos, por los conceptos y montos autorizados, el
                                                        cumplimiento de las obligaciones y los compromisos contraídos, la existencia del bien, de acuerdo con las características y en los términos
                                                        autorizados, establecidos en el instrumento correspondiente”.

                                                        Título III de los derechos y obligaciones de los beneficiarios; Artículo 15. “Los que resulten beneficiarios(as), se sujetaran a los siguientes
                                                        derechos y obligaciones: Fracción I. Son derechos de los beneficiarios(as): c) Informar a la secretaria sobre los datos del proveedor, clave
                                                        interbancaria y/o documento bancario idóneo para efectuar el depósito, con el cual solicito la cotización; así mismo exhibir la documentación

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