Page 72 - 01 Secretaría de Fomento Agroalimentario y Desarrollo Rural
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INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA ESTATAL 2022 AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
ASIGNACIÓN ORDINARIA DE OPERACIÓN, AEAAA1222 ASIGNACIÓN ORDINARIA
DE OPERACIÓN IE, AEBAA0122 CONVENIOS E INCENTIVOS DERIVADOS DE LA
COLABORACIÓN FISCAL PARA EL ESTADO y AECAA0521 FONDO DE ESTABILIZACION
DE LOS INGRESOS DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS mediante diez oficios de autorización,
de la partida específica APOYO A LA PRODUCCIÓN en la modalidad de CONVENIOS DE
CONCERTACION, por un importe total contratado de $19,138,012.10 (Diecinueve millones ciento
treinta y ocho mil doce pesos 10/100M.N.); que formo parte de la muestra de auditoría, se constató
que no presentó tres convenios de concertación contratados, además de no presentar evidencia
fotográfica del proceso de cada una de las etapas que comprendió el proyecto de seis expedientes,
motivo por el cual se observa la cantidad de $14,449,156.00 (Catorce millones cuatrocientos
cuarenta y nueve mil ciento cincuenta y seis pesos 00/100M.N.). de igual forma se observó que
no existe una debida integración del expediente técnico - unitario en cada una de sus etapas.
Integración de documentación para tramite de incentivos:
• Solicitud de apoyo por la autoridad competente.
• Acreditación del predio para la ejecución del proyecto.
• Cotización del proveedor.
• Documento que indique la existencia legal del proveedor.
• Documento que indique el cumplimiento de obligaciones fiscales.
Contratación:
• Convenios de concertación.
Ejecución y Comprobación:
• Reporte fotográfico de la entrega de los bienes.
• Reporte del seguimiento y la supervisión del proyecto.
Incumpliendo con lo establecido, en la siguiente normatividad:
Acuerdo por el que se dan a conocer las reglas de operación del programa que ejecuta la secretaria de desarrollo agropecuario, pesca
y acuacultura (SEDAPA).
Capítulo VI. De la población objetivo y los criterios de elegibilidad; Artículo 12. “Requisitos específicos. Fracción I. Grupo de personas
físicas. h) Solicitud de apoyo en escrito libre, por parte de la autoridad competente, dirigida al titular de SEDAPA, j) Acreditar la propiedad y/o
posesión legal del predio en la que se ejecutará el proyecto”.
Título II. Del procedimiento para la obtención de incentivos; Artículo 14. “Las solicitudes del incentivo deberán entregarse en la ventanilla
designada por la secretaria anexando la documentación requerida de conformidad con estas reglas de operación. Para el trámite del incentivo
a que se refiere las presentes reglas de operación: a) Entregar la solicitud del incentivo con la documentación correspondiente, f) Suscribir el
convenio de concertación entre la secretaria y los beneficiarios. Fracción II seguimiento y supervisión por parte de la secretaria, el (la) titular
de la secretaria determinara que área administrativa realizara la supervisión de la aplicación de los incentivos financieros otorgados al (los)
beneficiario (s); debiendo el (los) beneficiarios (s) permitir la verificación relativa, a) Los avances del proyecto, b) la aplicación de la totalidad
de los recursos recibidos, por los conceptos y montos autorizados, el cumplimiento de las obligaciones y los compromisos contraídos, la
existencia del bien, de acuerdo con las características y en los términos autorizados, establecidos en el instrumento correspondiente. f) Lo
señalado en la entrega-recepción de recursos con memoria fotográfica respectiva”.
Título III de los derechos y obligaciones de los beneficiarios; Artículo 15. “Los que resulten beneficiarios(as), se sujetaran a los siguientes
derechos y obligaciones: Fracción I. Son derechos de los beneficiarios(as): c) Informar a la secretaria sobre los datos del proveedor, clave
interbancaria y/o documento bancario idóneo para efectuar el depósito, con el cual solicito la cotización; así mismo exhibir la documentación
que acredite la legal existencia del proveedor, cumplimiento de obligaciones fiscales, así como registro en el padrón de proveedores de la
secretaria de administración del gobierno del estado de Oaxaca”.
Título VI. De la secretaria; Capitulo único; Artículo 18. “La secretaria o quien esta designe como unidad responsable, tendrá las facultades
y responsabilidades: a) Operar conforme lo establecido en el presente ACUERDO, aplicando los criterios y requisitos establecidos en las
mismas para la presentación y aprobación de solicitudes de incentivos del programa. m) Llevar el control y registro detallado de la aplicación
de los recursos y el avance de las metas de cada proyecto apoyado. o) Realizar el seguimiento en la ejecución de las acciones que podrá
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