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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA ESTATAL 2022 Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria
Artículo 22 fracción I: “Las actividades que deberán realizar las dependencias y entidades para dar cumplimiento a los objetivos, políticas,
estrategias, prioridades y metas con base en indicadores de desempeño, contenidos en los programas que se derivan del Plan Estatal
de Desarrollo y, en su caso, de las directrices que el Ejecutivo Estatal expida en tanto se elabore dicho Plan, en los términos de la Ley de
Planeación.”
Artículo 57 último párrafo: “Las dependencias y entidades deberán cumplir con los compromisos e indicadores del desempeño de las
medidas que se establezcan en el programa a que se refiere el párrafo anterior. Dichos compromisos deberán formalizarse por los titulares de
las dependencias y entidades, y el avance en su cumplimiento se reportará en los informes trimestrales.”
Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria
Artículo 7 inciso a) fracción III: “Vigilar el cumplimiento de los indicadores contenidos en el programa presupuestario a su cargo o del cual
participe.”
Artículo 8 fracción IV: “Vigilar que el ejercicio de los recursos aprobados se apeguen estrictamente a los programas, subprogramas,
proyectos, actividades y obras y a las metas establecidas en los programas operativos anuales.”
Artículo 158: “En el primer trimestre del año, las Dependencias y Entidades responsables de los Programas Presupuestarios deberán capturar
las metas planeadas de todos los indicadores de la MIR cuya periodicidad sea anual o menor, así como de aquellos cuya periodicidad sea
mayor a la anual pero cumpla la meta en el ejercicio vigente. (Reforma según Decreto PPOE de 02-07-2016). Las Dependencias y Entidades
deberán registrar el avance de los indicadores según la periodicidad de los mismos, si su periodicidad es menor al trimestre, capturará todos
los valores anteriores a este sólo en las fechas del calendario establecidas; si la periodicidad es mayor al trimestre capturará el valor en el
trimestre siguiente. La Secretaría podrá requerir información adicional relacionada con los reportes de avance de los indicadores a fin de
comprender las variaciones de los indicadores, así como de las inconsistencias que resulten de la comparación o análisis de la información
reportada. Generando en su caso los criterios para corregir los incumplimientos detectados. En los casos de que la Dependencia o Entidad
que reporta, no sea la responsable del cálculo del indicador, esta deberá señalar la fuente de información del cálculo reportado. Al término
del ejercicio fiscal las Dependencias y Entidades responsables de los programas presupuestarios deberán entregar el reporte del resultado
anual definitivo de la MIR. El seguimiento y evaluación del desempeño de los Programas Presupuestarios tendrá como base la información
registrada en la MIR”
Artículo 162: “Las Dependencias y Entidades serán responsables de: inciso a) Formular los indicadores con la metodología del marco lógico,
así como de establecer las metas; inciso b) Atender las observaciones que resulten de la captura y análisis de la información; inciso c)
Promover y solicitar las actualizaciones de las MIR y de las metas, según sea el caso; inciso d) De la información que se registre en el Sistema
electrónico, incluido en ella la calidad, veracidad y comprobación de la misma, inciso e) Realizar su publicación en las plataformas web de
transparencia y de sus portales de internet. (Reforma según Decreto PPOE de 02-07-2016).
Lineamientos Generales para el Monitoreo y Evaluación de los Programas Estatales del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca
Artículo 10 fracción VI inciso f): “Comportamiento del indicador: Variables consideradas, línea base, metas programadas, comportamiento
real, parámetros de semaforización”
Artículo 10 fracción VI inciso g): “Medios de verificación”.
RESULTADO: AD-035 SIN OBSERVACIÓN
De la revisión y análisis a la documentación presentada por Entidad Fiscalizable, respecto de los
Reportes de Avance de Gestión de la Entidad Fiscalizable, se verificó que dio cumplimiento con las
metas establecidas de sus indicadores de gestión, en lo que respecta a la ejecución de los proyectos
del Programa 109 Desarrollo Agrícola, Subprograma 02 Dotación de Equipo, Infraestructura,
Maquinaria Agrícola y Material Biológico, como se detalla:
Del proyecto 003 Proyecto de Instalación de Sistema de Riego Tecnificado en la Unidad de
Riego “Xía Chicomezúchil”, en la Localidad Xía, Municipio San Juan Chicomezúchil, según
reporte de avance de Gestión alcanzaron un 100% de cumplimiento de las metas establecidas,
correspondiente a 1 Proyecto de Infraestructura y Equipamiento aprobado , del análisis a la
información proporcionada, se constató que corresponde a 1 proyecto de sistema de riego
tecnificado , por lo que se concluye que dio cumplimiento con la meta establecida.
Del proyecto 004 Tecnificación para la Producción de Mezcal en la Localidad de Santa María
Sola, Municipio Santa María Sola, según reporte de avance de Gestión alcanzaron un 100%
de cumplimiento de las metas establecidas, correspondientes a 7 Proyectos de Infraestructura y
Equipamiento aprobados, del análisis a la información proporcionada, se constató que corresponde
al equipamiento de 7 alambiques para la producción del mezcal a través de la tecnificación en
beneficio de 7 productores, por lo que se concluye que dio cumplimiento con la meta establecida.
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