Page 33 - San Francisco Telixtlahuaca
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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
PÓLIZA DE DIARIO PÓLIZA DE EGRESO BANCO
FUENTE DE CAJA INSTITUCIÓN
NÚMERO FECHA IMPORTE NÚMERO FECHA IMPORTE FINANCIAMIENTO FECHA B ANCARIA No. DE IMPORTE
Y NÚM. DE TRANSFERENCIA
CUENTA
B a n c o
APOR T A CIONES Sant ander
(RAMO 33 FONDO
000558 12/04/2022 20,000.00 000201 12/04/2022 20,000.00 08/04/2022 (Mé x i co ) , 7904845 20,000.00
IV) - RECURSOS S.A., CTA 18-
FEDERALES
000213657
PARTI CI PACI O N E S
(RAMO 28) -
000672 06/05/2022 44,612.71 000240 06/05/2022 44,612.71 44,612.71
RECURSOS
FEDERALES
TOTAL $64,612.71 $64,612.71 $44,612.71 $20,000.00
COMPROBANTE
FECHA NÚM. PROVEEDOR IMPORTE CONCEPTO INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022
182 LAMPARA LDE LED 50 W, 15 FOTOCELDA 110V
e8 2 c 670 c -0 c f e-4 c c b-a4 87-
08/04/2022 CYNTHIA RUIZ PÉREZ 20,000.00 VOLTECK+, 15 SOQUET SENCILLO BAQUELITA CAFÉ, 3
99f490db2a70
CINTAS DE AISLAR NEGRA 19MM X 18 MTS NITTO
KIT A COLOR MANOS LIBRES MONITOR 10” (TOUCH
3D051814-2DB8-9B49-9388- LUMICOLOR EQUIPO SCREEN) MONITOR DE VIDEO, CANDIL VENECIA 1,
27/04/2022 44,612.71
565E0A1746A7 ELÉCTRICO INDUSTRIAL LUMINARIO DE PARED 2, PLAFÓN CUADRADO DOBLE
CRISTAL, 3 PLAFON ANILLOS CROMADOS
$64,612.71
Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normatividad:
Ley General de Contabilidad Gubernamental.
Artículo 42: “La contabilización de las operaciones presupuestarias y contables deberá respaldarse con la documentación original que
compruebe y justifique los registros que se efectúen.”;
Artículo 43: “Los entes públicos estarán obligados a conservar y poner a disposición de las autoridades competentes los documentos,
comprobatorios y justificativos, así como los libros principales de contabilidad, de conformidad con los lineamientos que para tal efecto
establezca el consejo.”;
Artículo 67: “Los entes públicos deberán registrar en los sistemas respectivos, los documentos justificativos y comprobatorios que
correspondan y demás información asociada a los momentos contables del gasto comprometido y devengado, en términos de las
disposiciones que emita el consejo.”;
Artículo 70 fracción I: “Mantener registros específicos de cada fondo, programa o convenio debidamente actualizados, identificados y
controlados, así como la documentación original que justifique y compruebe el gasto incurrido. Dicha documentación se presentará a los
órganos competentes de control y fiscalización que la soliciten.”; Fracción II: “Cancelar la documentación comprobatoria del egreso con la
leyenda “Operado” o como se establezca en las disposiciones locales, identificándose con el nombre del fondo de aportaciones, programa o
convenio respectivo.”
Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca
Artículo 120.- “Para el desempeño de las funciones de la Administración Pública Municipal, el Ayuntamiento aprobará y expedirá las
disposiciones relativas a las enajenaciones, arrendamientos y contratación de servicios relacionados con bienes muebles e inmuebles del
Municipio, de conformidad a las disposiciones legales aplicables. Para los efectos del párrafo anterior, se creará un Comité de Adquisiciones
y Contratación de Servicios, el cual se integrará con un Regidor de cada una de las diversas fuerzas políticas que constituyan el Ayuntamiento
y con los servidores públicos que determine el mismo. Los ayuntamientos podrán establecer la aplicación supletoria de la Ley para
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Estado de Oaxaca.”
Ley Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del
Estado de Oaxaca
Artículo 28. “El Comité y los Sub-Comités, bajo su responsabilidad, llevarán a cabo los procedimientos para la contratación de adquisiciones,
arrendamientos y servicios, de acuerdo con los rangos que prevea el Presupuesto de Egresos del Estado y bajo las siguientes modalidades;
Fracción I. Compra directa menor; Fracción II. Adjudicación directa; Fracción III. Invitación restringida; Fracción IV. Invitación abierta estatal;
Fracción V. Licitación pública estatal; Fracción VI. Licitación pública nacional, y; Fracción VII. Licitación pública internacional. Los montos
de los rangos para cada modalidad serán determinados en el Presupuesto de Egresos del Estado, Las Dependencias y Entidades, por
conducto de sus áreas administrativas o equivalentes, sin necesidad de autorización del Comité o Sub-Comités respectivos, podrán adquirir,
arrendar o contratar servicios a través de la modalidad prevista en la fracción I del presente artículo de manera directa. Toda solicitud de los
procedimientos referidos en el presente artículo, deberá constar por escrito y estar firmada por el titular de la Dependencia o la Entidad, lo cual
será indelegable.”
Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2022
Artículo 98. “Los Ejecutores de gasto, para la adquisición de bienes y servicios deberán observar las modalidades de contratación,
atendiendo a los montos de los rangos mínimos y máximos…”
Por lo anterior, esta Auditoria Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, le requirió al
Ayuntamiento del Municipio de San Francisco Telixtlahuaca, Distrito de Etla, Oaxaca, para que
justificara o aclarara el importe de $64,612.71 (Sesenta y Cuatro Mil Seiscientos Doce Pesos
71/100 M.N.), conforme a la observación que se detalla en este Resultado y presentara dentro del
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