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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022
Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normatividad:
Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios.
Artículo 14 fracción I “Los Ingresos excedentes derivados de Ingresos de libre disposición de las Entidades Federativas, deberán ser
destinados a los siguientes conceptos: fracción I “Para la amortización anticipada de la Deuda Pública, el pago de adeudos de ejercicios
fiscales anteriores, pasivos circulantes y otras obligaciones, en cuyos contratos se haya pactado el pago anticipado sin incurrir en penalidades
y representen una disminución del saldo registrado en la cuenta pública del cierre del ejercicio inmediato anterior, así como el pago de
sentencias definitivas emitidas por la autoridad competente, la aportación a fondos para desastres naturales y de pensiones…….”, y
Artículo 17 Párrafo primero y segundo: “Las Entidades Federativas, a más tardar el 15 de enero de cada año, deberán reintegrar a la
Tesorería de la Federación las Transferencias federales etiquetadas que, al 31 de diciembre del ejercicio fiscal inmediato anterior, no hayan
sido devengadas por sus Entes Públicos. Sin perjuicio de lo anterior, las Transferencias federales etiquetadas que, al 31 de diciembre del
ejercicio fiscal inmediato anterior se hayan comprometido y aquéllas devengadas pero que no hayan sido pagadas, deberán cubrir los pagos
respectivos a más tardar durante el primer trimestre del ejercicio fiscal siguiente, o bien, de conformidad con el calendario de ejecución
establecido en el convenio correspondiente; una vez cumplido el plazo referido, los recursos remanentes deberán reintegrarse a la Tesorería
de la Federación, a más tardar dentro de los 15 días naturales siguientes.”
Por lo anterior, esta Auditoria Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, le requirió al H.
Ayuntamiento del Municipio de San Juan Guichicovi, Distrito de Juchitán, Oaxaca, justificara
o aclarara el importe de $41,188,467.82 (Cuarenta y un millones ciento ochenta y ocho mil
cuatrocientos sesenta y siete pesos 82/100 M.N.), conforme a la observación que se detalló en
este resultado y presentara dentro del plazo que establece el artículo 22 segundo párrafo de la Ley
de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas para el Estado de Oaxaca, toda la información
y documentación que demostrara las acciones realizadas tendientes a solventar la observación
determinada.
Mediante oficio número ASFE/AEFM/DAMB/0289/2023, notificado el día 11 de septiembre de
2023, se dieron a conocer al Ayuntamiento del Municipio de San Juan Guichicovi, Distrito de
Juchitán, Oaxaca, los Resultados Finales y Observaciones Preliminares, a efecto de que, en un
plazo de 10 días hábiles, presentara las justificaciones y aclaraciones correspondientes.
El Ayuntamiento del Municipio de San Juan Guichicovi, Distrito de Juchitán, Oaxaca, en el
proceso de aclaraciones y justificaciones, mediante oficio número SJG/0281/2023, de fecha 25
de septiembre de 2023, presentó documentación, como consta en el acta circunstanciada de fecha
26 de septiembre de 2023; de este resultado en particular, presentó documentación en copias
certificadas, como se detalla a continuación:
1.- Respecto de los saldos reflejados en la sub cuenta 11111 CAJA, en cantidad de
$2,142,274.23 (Dos millones ciento cuarenta y dos mil doscientos setenta y cuatro
pesos 23/100 M.N.), correspondientes a Recursos Fiscales y Ramo 28, Participaciones
a Entidades Federativas y Municipios; de los cuales no se identificó evidencia de su
registro en donde se hayan comprometido, devengado y/o en su caso el reintegro de los
recursos al municipio o la comprobación del gasto; presentó:
Pólizas de diario y egresos, respaldados con su respectiva documentación comprobatoria del
gasto, por el importe de $103,527.43 (Ciento tres mil quinientos veintisiete pesos 43/100
M.N.), que comprueba los saldos al 31 de diciembre de 2022, de las cuentas 11111-01-15-
10000434, 11111-01-15-10000441, 11111-01-15-10000442 y 11111-01-15-10000443; sin
embargo, no presenta evidencia del registro en donde se hayan comprometido, devengado y/o
en su caso el reintegro de los recursos, de las cuentas restantes; por lo que no atendió este
punto.
2.- Respecto a los saldos reflejados en la sub cuenta 11121 BANCOS/TESORERÍA, en
cantidad de $39,046,193.59 (Treinta y nueve millones cuarenta y seis mil ciento
noventa y tres pesos 59/100 M.N.); correspondientes a recursos del Ramo 28,
Participaciones a Entidades Federativas y Municipios, Ramo 33 Fondo III Fondo para la
Infraestructura Social Municipal de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal
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