Page 90 - San Juan Guichicovi
P. 90
AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022
RESULTADO: AF-46 CON OBSERVACIÓN
De la revisión a las sub-subcuentas que se detallan en el ANEXO DAM-FC-16 y a la documentación
presentada por el ente fiscalizado, se observó que no canceló la documentación comprobatoria con
la leyenda “operado,” identificando el nombre del fondo de aportaciones, programa o convenio con el
que fueron financiadas las obras; como se detalla en el ANEXO DAM-FC-16.
Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normatividad:
Ley General de Contabilidad Gubernamental.
Artículo 70 Fracción II: “Cancelar la documentación comprobatoria del egreso con la leyenda “Operado” o como se establezca en las
disposiciones locales, identificándose con el nombre del fondo de aportaciones, programa o convenio respectivo”.
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, le recomendó al H.
Ayuntamiento del Municipio de San Juan Guichicovi, Distrito de Juchitán, Oaxaca, estableciera
mecanismo de control, supervisión y seguimiento tendientes a que la documentación comprobatoria
de los egresos se cancele con la leyenda “operado” o como se establezca en las disposiciones
locales, identificándose con el nombre del fondo de aportaciones, programa o convenio respectivo
y presentara dentro del plazo que establece la Ley de Fiscalización Superior y Rendición
de Cuentas para el Estado de Oaxaca en el artículo 22 segundo párrafo: toda la información y
documentación que demostrara las acciones realizadas tendientes a solventar las observación
determinadas.
Mediante oficio número ASFE/AEFM/DAMB/0289/2023, notificado el día 11 de septiembre de
2023, se dieron a conocer al Ayuntamiento del Municipio de San Juan Guichicovi, Distrito de
Juchitán, Oaxaca, los Resultados Finales y Observaciones Preliminares, a efecto de que, en un
plazo de 10 días hábiles, presentara las justificaciones y aclaraciones correspondientes.
El Ayuntamiento del Municipio de San Juan Guichicovi, Distrito de Juchitán, Oaxaca, en el
proceso de aclaraciones y justificaciones, mediante oficio número SJG/0281/2023, de fecha 25
de septiembre de 2023, presentó documentación, como consta en el acta circunstanciada de fecha
26 de septiembre de 2023; sin embargo, de este resultado en particular, no presentó información
o documentación; por lo cual, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca,
considera no atendida la recomendación; por lo que se emite:
Recomendación:
2022-OA/CPM/028/2023-RE-02
Se le requiere al Ayuntamiento del Municipio de San Juan Guichicovi, Distrito de Juchitán,
Oaxaca, presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
información y documentación que compruebe, justifique o aclare lo relativo a:
Las sub-subcuentas que se detallan en el ANEXO DAM-FC-16.
1.- Documentación comprobatoria cancelada con la leyenda “operado,” identificando el nombre del
fondo de aportaciones, programa o convenio con el que fueron financiadas las obras.
Lo anterior, cómo se detalla en el ANEXO DAM-FC-16-SEG-12.
Incumpliendo con lo establecido en la siguiente ley: Ley General de Contabilidad Gubernamental,
artículo 70 fracción II, que a la letra dice:
Ley General de Contabilidad Gubernamental.
Artículo 70 Fracción II: “Cancelar la documentación comprobatoria del egreso con la leyenda “Operado” o como se establezca en las
disposiciones locales, identificándose con el nombre del fondo de aportaciones, programa o convenio respectivo”.
88