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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA


         INFORME INDIVIDUAL  CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022
                                          COMPROBANTE                                  ADMINISTRACIÓN DIRECTA
                                                                                         MANO DE OBRA
                 FECHA     NÚM.      PROVEEDOR   IMPORTE        CONCEPTO                 RETENCIONES /
                                                                               SUB-TOTAL               TOTAL
                                                                                         I.S.R. RETENIDO
                         NOMINA DE   MUNICIPIO DE SAN JUAN   PAGO DE MANO DE OBRA PERIODO DEL 12
                28/12/2022                        31,313.20                     35,000.00       3,686.80  31,313.20
                         SUELDOS: 2   GUICHICOVI        AL 17 DE DICIEMBRE DE 2022.
                                                        PAGO  DE MANO  DE OBRA PERIODO  DEL
                         NOMINA DE   MUNICIPIO DE SAN JUAN
                28/12/2022                        19,490.10  PERIODO DEL 19 AL 24 DE DICIEMBRE DE   21,100.00  1,609.90  19,490.10
                         SUELDOS: 3   GUICHICOVI
                                                        2022.
                                                 $61,993.25                    $68,100.00       6,106.75  $61,993.25
               Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normatividad:
                   Código Fiscal de la Federación.
                   Artículo 29: “Cuando las leyes fiscales establezcan la obligación de expedir comprobantes fiscales por los actos o actividades que
                   realicen…” y
                   Artículo 29-A: “Los comprobantes fiscales digitales a que se refiere el artículo 29 de este Código, deberán contener los siguientes
                   requisitos…”
                   Ley General de Contabilidad Gubernamental.
                   Artículo 42: “La contabilización de las operaciones presupuestarias y contables deberá respaldarse con la documentación original que
                   compruebe y justifique los registros que se efectúen”;
                   Artículo 43: “Los entes públicos estarán obligados a conservar y poner a disposición de las autoridades competentes los documentos,
                   comprobatorios y justificativos, así como los libros principales de contabilidad, de conformidad con los lineamientos que para  tal efecto
                   establezca el consejo”;
                   Artículo 67: “Los entes públicos deberán registrar en los sistemas respectivos, los documentos justificativos y comprobatorios que
                   correspondan y demás información asociada a los momentos contables del gasto comprometido y devengado, en términos de las
                   disposiciones que emita el consejo” y
                   Artículo 70  fracción I: “Mantener registros específicos de cada fondo, programa o convenio debidamente actualizados, identificados y
                   controlados, así como la documentación original que justifique y compruebe el gasto incurrido. Dicha documentación se presentará a los
                   órganos competentes de control y fiscalización que la soliciten.”

               Por lo anterior, esta Auditoria de Fiscalización del estado de Oaxaca, le requirió al H. Ayuntamiento
               del Municipio de San  Juan Guichicovi, Distrito de Juchitán, Oaxaca,  justificara o aclarara
               el importe de  $68,100.00  (Sesenta  y  ocho  mil cien  pesos  00/100  M.N.), conforme a  la
               observación que se detalló en este resultado, y presentara dentro del plazo que establece el artículo
               22 segundo párrafo de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas para el Estado de
               Oaxaca, toda la información y documentación que demostrara las acciones realizadas tendientes a
               solventar las observaciones determinadas.

               Mediante oficio número ASFE/AEFM/DAMB/0289/2023, notificado el día 11 de septiembre de
               2023,  se dieron  a  conocer al  Ayuntamiento del  Municipio de San  Juan  Guichicovi, Distrito de
               Juchitán, Oaxaca, los Resultados Finales y Observaciones  Preliminares, a  efecto de que, en un
               plazo de 10 días hábiles, presentara las justificaciones y aclaraciones correspondientes.

               El Ayuntamiento del Municipio de  San  Juan  Guichicovi, Distrito  de  Juchitán, Oaxaca,  en el
               proceso de aclaraciones y justificaciones, mediante oficio número SJG/0281/2023, de fecha 25
               de septiembre de 2023, presentó documentación, como consta en el acta circunstanciada de fecha
               26 de septiembre de 2023; sin embargo, de este resultado en particular, no presentó información
               o  documentación;  por  lo  cual,  esta  Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca,
               considera no atendida la observación; por lo que se emite:

               Pliego de observación:
               2022-OA/CPM/028/2023-PO-19
               Se le requiere al  Ayuntamiento del  Municipio de  San  Juan  Guichicovi, Distrito  de  Juchitán,
               Oaxaca, presente  ante esta Auditoría  Superior de Fiscalización  del Estado de Oaxaca,  la
               información y documentación  que  compruebe,  justifique,  aclare  o  reintegre la cantidad  de
               $68,100.00 (Sesenta y ocho mil cien pesos 00/100 M.N.), en lo relativo a:







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