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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022 RESULTADO: AF -12 CON OBSERVACIÓN
De la revisión a la sub-subcuenta 51111-1132 SUELDO AL PERSONAL DE CONFIANZA; se
constató que el ente fiscalizado afectó el Presupuesto de Egresos en cantidad de $21,772,157.36
(Veintiún millones setecientos setenta y dos mil ciento cincuenta y siete pesos 36/100 M.N),
realizando pagos en efectivo, mediante cheques y transferencias, con afectación a las cuentas
número 18000205802, 18000206384 y 18000206200 de la institución bancaria Banco
Santander (México), S.A., correspondientes a Recursos Fiscales, del Ramo 28, Participaciones
a Entidades Federativas y Municipios y Ramo General 33, Fondo IV, Fondo de Aportaciones para
el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal
(FORTAMUN-DF.), respectivamente; se constató que los registros contables y presupuestales no se
encuentran soportados con la documentación justificativa del gasto, relativa a la Plantilla de Personal
autorizada y controles de asistencia del personal correspondientes al ejercicio fiscal 2022.
Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normatividad:
Ley General de Contabilidad Gubernamental
Artículo 42: “La contabilización de las operaciones presupuestarias y contables deberá respaldarse con la documentación original que
compruebe y justifique los registros que se efectúen”;
Artículo 43: “Los entes públicos estarán obligados a conservar y poner a disposición de las autoridades competentes los documentos,
comprobatorios y justificativos, así como los libros principales de contabilidad, de conformidad con los lineamientos que para tal efecto
establezca el consejo”;
Artículo 67: “Los entes públicos deberán registrar en los sistemas respectivos, los documentos justificativos y comprobatorios que
correspondan y demás información asociada a los momentos contables del gasto comprometido y devengado, en términos de las
disposiciones que emita el consejo”;
Artículo 70 Fracción I: “Mantener registros específicos de cada fondo, programa o convenio debidamente actualizados, identificados y
controlados, así como la documentación original que justifique y compruebe el gasto incurrido. Dicha documentación se presentará a los
órganos competentes de control y fiscalización que la soliciten”.
Por lo anterior, esta Auditoria Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, le requirió al
Ayuntamiento del Municipio de Zimatlán de Álvarez, Distrito de Zimatlán, Oaxaca, para que
justificara o aclarara conforme a las observaciones que se detallan en este Resultado y presentara
dentro del plazo que establece el artículo 22 segundo párrafo de la Ley de Fiscalización Superior
y Rendición de Cuentas para el Estado de Oaxaca, toda la información y documentación que
demostrara las acciones realizadas tendientes a solventar las observaciones determinadas.
Mediante oficio número ASFE/AEFM/DAMB/0246/2023, notificado el día 31 de agosto de 2023,
se dieron a conocer al Ayuntamiento del Municipio de Zimatlán de Álvarez, Distrito de Zimatlán,
Oaxaca, los Resultados Finales y Observaciones Preliminares, a efecto de que, en un plazo de 10
días hábiles, presentara las justificaciones y aclaraciones correspondientes.
El Ayuntamiento del Municipio de Zimatlán de Álvarez, Distrito de Zimatlán, Oaxaca, en el
proceso de aclaraciones y justificaciones, mediante oficio número MZA/PM/CPM/001/2023 de
fecha 25 de septiembre de 2023, presentó documentación, como consta en el acta circunstanciada
de fecha 25 de septiembre de 2023; de este resultado en particular, presentó documentación en
copias certificadas, como se detalla a continuación:
1.- Respecto a que no se encuentran soportados con la documentación justificativa
del gasto, relativa a la Plantilla de Personal autorizada y controles de asistencia del
personal correspondientes al ejercicio fiscal 2022, presentó:
Documento denominado “Artículo 13, se presenta en el presupuesto de egresos las erogaciones
previstas para Gasto en Servicios Personales, de la siguiente manera: Erogaciones al Gasto en
Servicios Personales”; Reportes de incidencias correspondientes a los meses de enero a diciembre
2022; Documentos denominados de “Enero del 2022 a diciembre 2022” en donde se puede
observar los nombres de los trabajadores, teléfonos, cargos, percepción quincenal y fecha de
ingreso, por lo que atendió este punto.
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