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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA

de ingresos o la compensación con reducciones en otras previsiones de gasto, sin embargo, no                                                                       INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022
presentó evidencia de que efectuó el procedimiento previsto para las modificaciones al presupuesto,
por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, determina que
subsiste la observación, por lo que se emite:

Solicitud de aclaración:
2022-OA/CPM/040/2023-SA-05.
Se le requiere al Ayuntamiento del Municipio de Zimatlán de Álvarez, Distrito de Zimatlán,
Oaxaca, presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
información y documentación que compruebe, justifique o aclare lo relativo a:

Evidencia de que efectuó el procedimiento previsto para las modificaciones al presupuesto, derivado
de la variación entre el Presupuesto de Egresos Modificado en relación con el Presupuesto de
Egresos Aprobado por $25,464,894.88 (Veinticinco millones cuatrocientos sesenta y cuatro
mil ochocientos noventa y cuatro pesos 88/100 M.N.); como se detalla a continuación:

                   CLASIFICACIÓN POR OBJETO DEL GASTO   PRESUPUESTO     PRESUPUESTO     PRESUPUESTO   VARIACIÓN (D)
                                                         DE EGRESOS      DE EGRESOS      DE EGRESOS       (D = B-A)
                                                        APROBADO (A)   MODIFICADO (B)  DEVENGADO (C)

CAPÍTULO 1000                                               

SERVICIOS PERSONALES                                    19,388,386.29  26,632,107.69   24,558,125.53  7,243,721.40

CAPÍTULO 2000

MATERIALES Y SUMINISTROS                                10,629,055.44  12,268,514.99   11,107,535.75  1,639,459.55

CAPÍTULO 3000

SERVICIOS GENERALES                                     14,670,997.92  23,013,012.34   19,890,656.68  8,342,014.42

CAPÍTULO 4000

TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS  842,818.18     4,073,663.11    3,369,455.00   3,230,844.93

CAPÍTULO 5000

BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES                 3,305,351.86   792,212.58      629,118.34     -2,513,139.28

CAPÍTULO 6000

INVERSIÓN PUBLICA                                       27,136,890.52  34,658,884.38   20,364,157.31  7,521,993.86

CAPÍTULO 7000

INVERSIONES FINANCIERAS Y OTRAS PROVISIONES             0.00           0.00            0.00           0.00

CAPÍTULO 8000

PARTICIPACIONES Y APORTACIONES                          0.00           0.00            0.00           0.00

CAPÍTULO 9000

DEUDA PUBLICA                                           0.00           0.00            0.00           0.00

TOTALES                                                 $75,973,500.21 $101,438,395.09 $79,919,048.61 $25,464,894.88

Fuente de Información: Presupuesto de Egresos Aprobado para el ejercicio 2022 y Estado Analítico del Ejercicio del Presupuesto de Egresos Clasificación por
Objeto del Gasto (Capítulo y Concepto) del 01 de enero al 31 de diciembre del 2022, integrado en la Cuenta Pública 2022 del Municipio de Zimatlán de Álvarez,

Distrito de Zimatlán, Oaxaca.

Incumpliendo con lo establecido en la Ley General de Contabilidad Gubernamental Artículos 63
y 65 y Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca Artículos 43 fracción XXIII, 127 Párrafo
primero, Párrafo segundo y 129; que a la letra dicen:

        Ley General de Contabilidad Gubernamental.
        Artículo 63: “La Iniciativa de Ley de Ingresos, el Proyecto de Presupuesto de Egresos y demás documentos de los entes públicos que
        dispongan los ordenamientos legales, deberán publicarse en las respectivas páginas de Internet”;
        Artículo 65: “Los ordenamientos a que se refiere el artículo 63, una vez que hayan sido aprobados por los poderes legislativos y los
        ayuntamientos, así como los dictámenes, acuerdos de comisión y, en su caso, actas de aprobación correspondientes, conforme al marco
        jurídico aplicable, deberán publicarse en las respectivas páginas de Internet.”

        Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca.
        Artículo 43 fracción XXIII: “Elaborar y aprobar su Presupuesto Anual de Egresos de conformidad con los principios constitucionales de
        austeridad, planeación, eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez, incorporando en todo momento la perspectiva de género
        y remitiendo copia al Congreso del Estado a través del Órgano Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, para su conocimiento y
        fiscalización”;
        Artículo 127 Párrafo primero: “Tratándose del inicio del Gobierno Municipal, el Ayuntamiento entrante deberá ratificar o, en su caso realizar
        las modificaciones al Presupuesto de Egresos autorizado por el Ayuntamiento saliente, a más tardar el quince de febrero” y Párrafo segundo:
        “El presupuesto de egresos deberá ser aprobado por mayoría calificada y deberá remitirse copia al Congreso del Estado a través del Órgano
        Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca para su conocimiento y fiscalización”;
        Artículo 129: “El Presupuesto de Egresos y las modificaciones que sufra en su caso, serán publicados en el Periódico Oficial del Gobierno del
        Estado o en la Gaceta Municipal.”

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