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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA

no canceló la documentación comprobatoria con la leyenda “operado”, identificando el nombre del                                                                           INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022
fondo de aportaciones, programa o convenio con el que fueron financiadas; adicionalmente presenta
el Contrato de Prestación de Servicios número MZA/570/FIII-FISMDF/CPS-01/0001/100/2022
de fecha 05 de abril de 2022, observando que en el cuerpo del contrato el nombre del contratista
refiere a Ingeniería de Alta Especialidad Esssen, S.A. de C.V., por lo que el nombre no corresponde
con el de la empresa contratista que firma al final del contrato y con el Comprobante Fiscal Digital
por Internet; como se detalla a continuación:

        PÓLIZA DE DIARIO                         PÓLIZA DE EGRESO                                                                       BANCO

NÚMERO      FECHA        IMPORTE         NÚMERO  FECHA       IMPORTE                      FUENTE DE      FECHA       INSTITUCIÓN         No. DE CHEQUE O     IMPORTE
                                                                                     FINANCIAMIENTO                   BANCARIA           TRANSFERENCIA
                                                                                                                       Y NÚM. DE        BANCARIA	            744,882.02
                                                                                       APORTACIONES                     CUENTA                                 82,764.67
                                                                                  (RAMO 33 FONDO III) -
001235 06/05/2022         744,882.02 000383 06/05/2022       744,882.02          RECURSOS FEDERALES      06/05/2022  Banco Santander    TRANSFERENCIA     $827,646.69
                                                                                                                       (México), S.A.,    SPEI 6480068
                                                                                       APORTACIONES                    18000206001
                                                                                  (RAMO 33 FONDO III) -
006188  23/12/2022                                                82,764.67      RECURSOS FEDERALES      23/12/2022  Banco Santander    TRANSFERENCIA
006505  31/12/2022                                                         0.00                                        (México), S.A.,    SPEI 2840931
TOTAL                         82,764.67  002156  31/12/2022                                                            18000206001
                         $827,646.69                         $827,646.69

Cuadro continua a la derecha…

                                                                      COMPROBANTE

FECHA              NÚM.           PROVEEDOR      IMPORTE                                                        CONCEPTO

06/05/2022  7E510002-CD59-     INGENIEROS        827,646.69        PAGO DE LA SUPERVISIÓN Y ASESORÍA TÉCNICA, SEGÚN CONTRATO DE OBRA PÚBLICA A PRECIOS UNITARIOS
                11EC-B8B4-  ESPECIALIZADOS                         Y TIEMPO DETERMINADO No. MZA/570/FIII FISMDF/CPS-01/0001/100/2022, DE FECHA 04/04/2022, CON
                            RAOS S.A. DE C.V.                      UN PERIODO DE EJECUCIÓN DE 210 DÍAS NATURALES DEL 05/04/2022 AL 31/10/2022, SEGÚN OFICIO DE
             3F0967F507E5                                          NOTIFICACIÓN DE APROBACIÓN Y AUTORIZACIÓN DE OBRAS No. OA/MZA-570/FIII-FISMDF/001/100/2022 DE
                                                                   FECHA 30/03/2022.

06/05/2022  BE1B7EF2-CD80-     INGENIEROS        744,882.02                                                     1 ACT PAGO
                11EC-AB9F-  ESPECIALIZADOS
06/05/2022                  RAOS S.A. DE C.V.
              172545C18F41

            e45fbdae-b567-     INGENIEROS             82,764.67                                                 1 ACT PAGO
              4259-ae28-    ESPECIALIZADOS       $827,646.69  
                            RAOS S.A. DE C.V.
            65b3d9f5e378

              

Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normatividad:

        Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios.

        Artículo 8 Párrafo segundo: “No procederá pago alguno que no esté comprendido en el Presupuesto de Egresos, determinado por ley
        posterior o con cargo a Ingresos excedentes. La Entidad Federativa deberá revelar en la cuenta pública y en los informes que periódicamente
        entreguen a la Legislatura local, la fuente de ingresos con la que se haya pagado el nuevo gasto, distinguiendo el Gasto etiquetado y no
        etiquetado.”

        Ley General de Contabilidad Gubernamental.

        Artículo 42: “La contabilización de las operaciones presupuestarias y contables deberá respaldarse con la documentación original que
        compruebe y justifique los registros que se efectúen”;
        Artículo 43: “Los entes públicos estarán obligados a conservar y poner a disposición de las autoridades competentes los documentos,
        comprobatorios y justificativos, así como los libros principales de contabilidad, de conformidad con los lineamientos que para tal efecto
        establezca el consejo”;
        Artículo 67: “Los entes públicos deberán registrar en los sistemas respectivos, los documentos justificativos y comprobatorios que
        correspondan y demás información asociada a los momentos contables del gasto comprometido y devengado, en términos de las
        disposiciones que emita el consejo”;
        Artículo 70 fracción I: “Mantener registros específicos de cada fondo, programa o convenio debidamente actualizados, identificados y
        controlados, así como la documentación original que justifique y compruebe el gasto incurrido. Dicha documentación se presentará a los
        órganos competentes de control y fiscalización que la soliciten”, y fracción II: “Cancelar la documentación comprobatoria del egreso con la
        leyenda “Operado” o como se establezca en las disposiciones locales, identificándose con el nombre del fondo de aportaciones, programa o
        convenio respectivo.”

        Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca.

        Artículo 120: “Para el desempeño de las funciones de la Administración Pública Municipal, el Ayuntamiento aprobará y expedirá las
        disposiciones relativas a las enajenaciones, arrendamientos y contratación de servicios relacionados con bienes muebles e inmuebles del
        Municipio, de conformidad a las disposiciones legales aplicables. Para los efectos del párrafo anterior, se creará un Comité de Adquisiciones
        y Contratación de Servicios, el cual se integrará con un Regidor de cada una de las diversas fuerzas políticas que constituyan el Ayuntamiento
        y con los servidores públicos que determine el mismo. Los ayuntamientos podrán establecer la aplicación supletoria de la Ley para
        Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Estado de Oaxaca.”

                                                                                                                                                          41
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