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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA

INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022      NOMBRE DE LA OBRA                    IMPORTE DE LA          OFICIO DE           ANEXO   PLANOS DEL PROYECTO      CROQUIS DE           CROQUIS DE
                                                                                                  OBRA     AUTORIZACIÓN Y/O     FINANCIERO O   (ARQUITECTÓNICOS Y   MICRO Y MACRO   LOCALIZACIÓN DE LOS
                                                                                                                             TECNICO DE OBRA                         LOCALIZACIÓN  TRABAJOS EJECUTADOS
                                                                                                                APROBACIÓN                          DE INGENIERÍA)

                                                  AGATHA/06-CONSTRUCCIÓN DE LA RED DE      $1,023,200.00   NO PRESENTÓ       NO PRESENTÓ      NO PRESENTÓ           NO PRESENTÓ    NO PRESENTÓ
                                                  AGUA POTABLE EN LA VENTA (2022)                                            NO PRESENTÓ      NO PRESENTÓ           NO PRESENTÓ    NO PRESENTÓ
                                                                                           $1,111,360.00   NO PRESENTÓ       NO PRESENTÓ      NO PRESENTÓ           NO PRESENTÓ    NO PRESENTÓ
                                                  AGATHA09-CONSTRUCCION DE                                                   NO PRESENTÓ                            NO PRESENTÓ    NO PRESENTÓ
                                                  COCINACOMUNITARIA/EL PORTILLO (2022)     $10,682,111.77  NO PRESENTÓ       NO PRESENTÓ               SI           NO PRESENTÓ    NO PRESENTÓ
                                                                                                                             NO PRESENTÓ      NO PRESENTÓ           NO PRESENTÓ    NO PRESENTÓ
                                                  AGATHA/01-CONSTRUCCIÓN DE PALACIO        $2,098,082.60   NO PRESENTÓ
                                                  MUNICIPAL DE SAN ANDRÉS PAXTLÁN (2022)                                                               SI
                                                                                           $1,000,700.00   NO PRESENTÓ
                                                  AGATHA/02-PAVIMENTACIÓN DE CALLE A BASE
                                                  DE CONCRETO HIDRAULICO ENTRONQUE LA      $1,000,000.00   NO PRESENTÓ
                                                  CIENEGA SAN PEDRO LOMA LARGA (2022)

                                                  AGATHA/05-PAVIMENTACIÓN A BASE DE
                                                  CONCRETO HIDRAULICO EN CALLE CERRO
                                                  SANTIAGO (2022)

                                                  AGATHA/04-RECONSTRUCCIÓN DE CAMINO AL
                                                  CARRIZAL PAXTLÁN (2022)

                                                  Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normatividad:

                                                            Ley General de Contabilidad Gubernamental

                                                           Artículo 46 párrafo primero, fracción III: “En lo relativo a la Federación, los sistemas contables de los poderes Ejecutivo, Legislativo
                                                           y Judicial, las entidades de la Administración Pública Paraestatal y los órganos autónomos, permitirán en la medida que corresponda, la
                                                           generación periódica de los estados y la información financiera que a continuación se señala:”; III: “Información programática, con la
                                                           desagregación siguiente:”; a): “Gasto por categoría programática;”; b): “Programas y proyectos de inversión,”; y c): “Indicadores de
                                                           resultados,”.
                                                           Artículo 54 párrafo primero y segundo: “La información presupuestaria y programática que forme parte de la cuenta pública deberá
                                                           relacionarse, en lo conducente, con los objetivos y prioridades de la planeación del desarrollo. Asimismo, deberá incluir los resultados de
                                                           la evaluación del desempeño de los programas federales, de las entidades federativas, municipales y de las demarcaciones territoriales del
                                                           Distrito Federal, respectivamente, así como los vinculados al ejercicio de los recursos federales que les hayan sido transferidos. Para ello,
                                                           deberán utilizar indicadores que permitan determinar el cumplimiento de las metas y objetivos de cada uno de los programas, así como
                                                           vincular los mismos con la planeación del desarrollo.”.
                                                           Artículo 61 párrafo primero, fracción II, incisos a) y b): “Además de la información prevista en las respectivas leyes en materia financiera,
                                                           fiscal y presupuestaria y la información señalada en los artículos 46 a 48 de esta Ley, la Federación, las entidades federativas, los municipios,
                                                           y en su caso, las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, incluirán en sus respectivas leyes de ingresos y presupuestos de egresos
                                                           u ordenamientos equivalentes, apartados específicos con la información siguiente:” II: “Presupuestos de Egresos:”; a): “Las prioridades
                                                           de gasto, los programas y proyectos, así como la distribución del presupuesto, detallando el gasto en servicios personales, incluyendo
                                                           el analítico de plazas y desglosando todas las remuneraciones; las contrataciones de servicios por honorarios y, en su caso, previsiones
                                                           para personal eventual; pensiones; gastos de operación, incluyendo gasto en comunicación social; gasto de inversión; así como gasto
                                                           correspondiente a compromisos plurianuales, proyectos de asociaciones público privadas y proyectos de prestación de servicios, entre
                                                           otros”; b): “El listado de programas así como sus indicadores estratégicos y de gestión aprobados.”.

                                                           Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas

                                                           Artículo 24 párrafo segundo y cuarto: “Las dependencias y entidades, bajo su responsabilidad, podrán convocar, adjudicar o contratar
                                                           obras y servicios relacionados con las mismas, con cargo a su presupuesto autorizado y sujetándose al calendario de gasto correspondiente”
                                                           “Para la realización de obras públicas se requerirá contar con los estudios y proyectos, especificaciones de construcción, normas de calidad
                                                           y el programa de ejecución totalmente terminados, o bien, en el caso de obras públicas de gran complejidad, con un avance en su desarrollo
                                                           que permita a los licitantes preparar una proposición solvente y ejecutar los trabajos hasta su conclusión en forma ininterrumpida, en
                                                           concordancia con el programa de ejecución convenido. Se exceptúa de lo anterior los casos a que se refieren las fracciones II, V y VIII, salvo
                                                           los trabajos de mantenimiento, del artículo 42 de esta Ley.”.

                                                           Lineamientos para la Construcción y Diseño de Indicadores de Desempeño mediante la Metodología del Marco Lógico (MML), emitidos
                                                           por el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC), que establecen las disposiciones para la homologación, estandarización y
                                                           actualización de los indicadores de desempeño de los programas operados por los entes públicos en cumplimiento a la Ley General de
                                                           Contabilidad Gubernamental.

                                                  Congruencia de los Programas Presupuestarios autorizados con los Indicadores de Situación
                                                  de Pobreza y Rezago Social

                                                  Con el objetivo de verificar que las obras ejecutadas por el ente fiscalizado hayan impactado
                                                  positivamente en los indicadores de pobreza o rezago social, se verificó lo siguiente:

                                                  Del análisis realizado a los Programas Presupuestarios, se constató que las obras registradas en
                                                  la actividad “CONSTRUCCIÓN Y MEJORAMIENTO DE VÍAS DE COMUNICACIÓN”, del Programa
                                                  Presupuestario “Comunicaciones y Transportes”, no inciden en los indicadores de pobreza o rezago
                                                  social para el Municipio de San Andrés Paxtlán, Distrito de Miahuatlán, Oaxaca, establecidos
                                                  en el Informe Anual sobre la Situación de Pobreza y Rezago Social 2022, emitido por la Secretaría
                                                  de Bienestar (BIENESTAR), por lo que el ente fiscalizado no demostró que la ejecución de los

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