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INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022 AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
b): “El responsable de las obras;”; c): “La ubicación de las mismas”; d): “El Monto asignado a cada una de ellas;”; e): “Su periodo de
ejecución;”; f): “La modalidad de ejecución por obra;”; y g): “El número de las mujeres y los hombres, los grupos de edad y los tipos de
localidad beneficiados por cada una de ellas. Cuando una obra sea multianual deberán señalarse con precisión las etapas de ejecución
y alcance de las mismas.”; II: “De los servicios Públicos”: a): “Listado de los servicios que se prestarán;”; b): “Los responsables de su
prestación;”; c): “El presupuesto asignado a cada uno de ellos;”; y d): “El número de beneficiados de los mismos.”; III: “De los Proyectos
Productivos;”; IV: “De impulso a las Comunidades indígenas;”; V: “De Desarrollo Urbano;”; y VI: “De Ecología.”.
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, recomendó al H.
Ayuntamiento del Municipio de San Pedro Sochiápam, Distrito de Cuicatlán, Oaxaca, realizar
las acciones necesarias para la implementación del Marco Integrado de Control Interno (MICI),
respecto a, los cinco componentes: Ambiente de Control, Administración de Riesgos, Actividades
de Control, Información y Comunicación y Supervisión, y presentara dentro del plazo establecido
en el artículo 22 segundo párrafo de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas para
el Estado de Oaxaca, toda la información y documentación que demuestre las acciones realizadas
tendientes a solventar la observación determinada.
Mediante oficio número ASFE/AEFM/DAMA/165/2023, se notificó el día 8 de agosto de 2023,
los Resultados Finales y Observaciones Preliminares, a efecto de que esa Entidad Fiscalizable en un
plazo de 10 días hábiles, presentara las justificaciones y aclaraciones correspondientes.
El Municipio de San Pedro Sochiápam, Distrito de Cuicatlán, Oaxaca, en el proceso de
aclaraciones y justificaciones, una vez fenecido, la Entidad Fiscalizable hizo caso omiso, sin que
haya presentado documentación justificativa y aclaratoria; por lo cual, esta Auditoría Superior de
Fiscalización del Estado de Oaxaca, determina que subsiste la observación; por lo que se emite:
Recomendación.
2022-OA/CPM/045/2023-REC-01
Se le requiere al H. Ayuntamiento del Municipio de San Pedro Sochiápam, Distrito de
Cuicatlán, Oaxaca, presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca,
la documentación que demuestre la implementación del Marco Integrado de Control Interno (MICI),
respecto a los cinco componentes: Ambiente de Control, Administración de Riesgos, Actividades de
Control, Información y Comunicación y Supervisión, relativo a:
AMBIENTE DE CONTROL
Del análisis y revisión a las respuestas proporcionadas respecto al componente ambiente de
control, se determina un puntaje alcanzado de 10.7 de un total de 20.0 puntos asignados que son
correspondientes al valor total de este componente, debido a que la Entidad Fiscalizable no acreditó
ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca haber realizado acciones para
establecer y mantener un ambiente de control en el Ayuntamiento, al no tener establecido un
Órgano Interno de Control Municipal ni contar con lo que se enuncia a continuación: los medios
para recibir denuncias por posibles violaciones a los valores éticos y a las normas de conductas a
cargo del personal, tener establecida una comisión de rendición de cuentas, transparencia y acceso
a la información. Asimismo, no acreditó contar con disposiciones relativas a las enajenaciones,
arrendamientos y contratación de servicios relacionados con bienes muebles e inmuebles; así como
tampoco cuenta con un manual o documento de naturaleza administrativa en materia de recursos
humanos, que considere las actividades de selección, contratación, capacitación, evaluación al
desempeño, incentivos y separación del personal, ni haber capacitado al personal en materia de
legalidad, ética y calidad en el servicio público.
Por lo anterior, la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, recomienda al H.
Ayuntamiento del Municipio de San Pedro Sochiápam, Distrito de Cuicatlán, Oaxaca, realizar las
acciones necesarias para la implementación del Marco Integrado de Control Interno (MICI), respecto
al componente ambiente de control, el cual tiene la finalidad de proporcionar disciplina y estructura
para apoyar al personal en la consecución de los objetivos institucionales a través de la implementación
de un Órgano Interno de Control Municipal, medios para recibir denuncias por posibles violaciones a
los valores éticos y a las normas de conductas a cargo del personal, de una comisión de rendición
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