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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA                                                                         INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022

de cuentas, transparencia y acceso a la información. Asimismo, contar con disposiciones relativas a
las enajenaciones, arrendamientos y contratación de servicios relacionados con bienes muebles e
inmuebles; así como contar con un manual o documento de naturaleza administrativa en materia de
recursos humanos, que considere las actividades de selección, contratación, capacitación, evaluación
al desempeño, incentivos y separación del personal, capacitar al personal en materia de legalidad,
ética y calidad en el servicio público; además de, cumplir con las obligaciones, así como con las
recomendaciones, políticas públicas, lineamientos y cualquier normatividad que emitan las instancias
del Sistema Nacional Anticorrupción y del Sistema Estatal de Combate a la Corrupción.

ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS
Del análisis y revisión a las respuestas proporcionadas por la Entidad Fiscalizable, respecto al
componente de administración de riesgos, se determina un puntaje alcanzado de 5.7 de un total de
20.0 puntos asignados, correspondientes al valor total de este componente, debido a que la Entidad
Fiscalizable no acreditó, ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, lo que
se enlista a continuación: contar con un programa anual de la administración pública municipal, en
los que se establezcan los mecanismos para la ejecución de obras y la prestación de los servicios
públicos a cargo del ayuntamiento; la programación, presupuestación y asignación de los recursos
se realiza con base en los objetivos estratégicos establecidos por el municipio, en el programa de
la Administración Pública Municipal, contar con una área formalmente establecida que realice las
funciones de promover y ejecutar la elaboración, actualización, control y evaluación del Plan
Municipal de Desarrollo y sus programas, con una área encargada de identificar, analizar y evaluar
los riesgos que pudieran afectar el cumplimiento de los objetivos de su Plan Municipal de Desarrollo,
ni con una área que identifique, analice y evalúe los riesgos que pudieran afectar el cumplimiento
de los objetivos del referido Plan; asimismo, no acreditó evaluar los posibles actos de corrupción,
fraude, abuso y otras irregularidades que atenten contra la salvaguarda de los bienes y recursos
públicos.

Por lo anterior, la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, recomienda al H.
Ayuntamiento del Municipio de San Pedro Sochiápam, Distrito de Cuicatlán, Oaxaca, realizar las
acciones necesarias para la implementación del Marco Integrado de Control Interno (MICI) respecto al
componente de administración de riesgos, el cual tiene la finalidad de evaluar los riesgos a los que
se enfrenta la institución en la procuración del cumplimiento de sus objetivos, a fin de proporcionar
las bases para identificar los riesgos, analizarlos, catalogarlos, priorizarlos y desarrollar respuestas
que mitiguen su impacto, incluyendo los riesgos de corrupción; a través de un programa anual de la
administración pública municipal, en los que se establezcan los mecanismos para la ejecución de obras
y la prestación de los servicios públicos a cargo del ayuntamiento; la programación, presupuestación
y asignación de los recursos realizados con base en los objetivos estratégicos establecidos por
el municipio, en el programa de la Administración Pública Municipal, a su vez la implementación de
una área formalmente establecida que realice las funciones de promover y ejecutar la elaboración,
actualización, control y evaluación del Plan Municipal de Desarrollo y sus programas, de una área
encargada de identificar, analizar y evaluar los riesgos que pudieran afectar el cumplimiento de los
objetivos de su Plan Municipal de Desarrollo y de una área que evalué los posibles actos de corrupción,
fraude, abuso y otras irregularidades que atenten contra la salvaguarda de los bienes y recursos
públicos; asimismo, cumpla con las obligaciones, recomendaciones, políticas públicas, lineamientos
y cualquier normatividad que emitan las instancias del Sistema Nacional Anticorrupción y del Sistema
Estatal de Combate a la Corrupción.

ACTIVIDADES DE CONTROL
Del análisis y revisión a las respuestas proporcionadas por la Entidad Fiscalizable, respecto al
componente Actividades de control, se determina un puntaje alcanzado de 11.1 puntos de un total de
20.0 puntos asignados, correspondientes al valor total de este componente, debido a que la Entidad
Fiscalizable no acreditó ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, contar
con sistemas informáticos que permitan procesar la información relativo a cada uno de los procesos
operativos y que apoyen el desarrollo de sus actividades sustantivas, financieras o administrativas al
fin de garantizar el cumplimiento de los objetivos institucionales, contar con personal especializado

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