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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA

Incumpliendo con lo establecido en la Ley Orgánica Municipal del estado de Oaxaca, Artículos                                                               INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022
127, 128 último párrafo y 129; lo que a la letra dice:

         Ley Orgánica Municipal del estado de Oaxaca

         Artículo 127: “El Presupuesto de Egresos regulará el gasto público municipal y se formulará con base en los principios constitucionales de
         austeridad, planeación, eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez así como los programas de actividades del Ayuntamiento,
         detallando las asignaciones presupuestarias a nivel de partidas y calendarización del gasto a más tardar el quince de diciembre del año
         que antecede al ejercicio fiscal. Tratándose del inicio del Gobierno Municipal, el Ayuntamiento entrante deberá ratificar o, en su caso realizar
         las modificaciones al Presupuesto de Egresos autorizado por el Ayuntamiento saliente, a más tardar el quince de febrero. El presupuesto
         de egresos deberá ser aprobado por mayoría calificada y deberá remitirse copia al Congreso del Estado a través del Órgano Superior de
         Fiscalización del Estado de Oaxaca para su conocimiento y fiscalización.”.
         Artículo 128 último párrafo: “Las modificaciones que sufra el Presupuesto de Egresos en los conceptos generales a que se refiere este
         artículo, seguirán el mismo procedimiento que para su aprobación.”.
         Artículo 129: “El Presupuesto de Egresos y las modificaciones que sufra en su caso, serán publicados en el Periódico Oficial del Gobierno
         del Estado o en la Gaceta Municipal.”.

PROGRAMAS PRESUPUESTARIOS

El H. Ayuntamiento del Municipio de Santa Catarina Mechoacán, Distrito de Jamiltepec,
Oaxaca, reportó en la Cuenta Pública Municipal del ejercicio fiscal 2022, 5 Programas
Presupuestarios a través de obras y acciones con un Presupuesto total modificado de

$22,276,396.24 (Veintidós millones doscientos setenta y seis mil trescientos noventa y
seis pesos 24/100 M.N.), de los cuales se seleccionó como muestra de auditoría la revisión de 3
Programas Presupuestarios; Vivienda y Servicios Básicos, Gobierno Moderno, así como desarrollo
rural. estos Programas Presupuestarios corresponden a obras y acciones por el importe total de

$17,444,569.86 (Diecisiete millones cuatrocientos cuarenta y cuatro mil quinientos sesenta
y nueve pesos 86/100 M.N.); el cual representa el 78.31% del presupuesto total modificado
reportado por el ente fiscalizado.

Por lo anterior, de los 3 Programas Presupuestarios seleccionados como muestra de auditoría,
se verificó el grado de cumplimiento de los objetivos y metas, además, se analizó si estos fueron
ejecutados de conformidad con los principios de economía, eficiencia y eficacia, obteniéndose los
siguientes resultados:

RESULTADO: AD-04	  CON OBSERVACIÓN

PROGRAMAS PRESUPUESTARIOS

Alineación de los Programas Presupuestarios con los ejes del Plan Municipal de Desarrollo y
Plan Estatal de Desarrollo

El H. Ayuntamiento del Municipio de Santa Catarina Mechoacán, Distrito de Jamiltepec,
Oaxaca, registró los programas presupuestarios denominados “Vivienda y Servicios Básicos”, con
un importe devengado total de $9,092,334.59 (Nueve millones noventa y dos mil trescientos
treinta y cuatro pesos 59/100 M.N.); “Gobierno Moderno”, con un importe devengado de
$5,709,841.64 (Cinco millones setecientos nueve mil ochocientos cuarenta y un pesos
64/100 M.N.); y “Desarrollo Rural”, con un importe devengado de $2,538,230.09 (dos millones
quinientos treinta y ocho mil doscientos treinta pesos 09/100 M.N.), de los cuales se identificó
que el programa presupuestario “Gobierno Moderno” registró como acciones realizadas (columna

obras/acción de la tabla siguiente) los capítulos: 1000 Servicios Personales, 2000 Materiales y

Suministros, 3000 Servicios Generales y 4000 Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras

Ayudas. sin embargo, las acciones mencionadas no son susceptibles de alineación con los objetivos

planteados en el plan municipal de desarrollo ni con el plan estatal de desarrollo, debido a que las

actividades ejecutadas no son claras en su registro, como se detalla a continuación:

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