Page 31 - 046 Santa Catarina Mechoacán
P. 31
AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
PRESUPUESTO DE EGRESOS CUENTA PÚBLICA (REPORTE DE PROGRAMAS PRESUPUESTARIOS) INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022
METAS ANUALES META PROGRAMADA META ALCANZADA
(REPORTE DE (RREPORTE DE
NOMBRE DEL ACTIVIDAD NOMBRE DEL UNIDAD PROGRAMADAS NOMBRE DEL ACTIVIDAD PROGRAMAS PROGRAMAS VARIACIÓN
PROGRAMA INDICADOR DE (PRESUPUESTO) PROGRAMA
PRESUPUESTARIOS) PRESUPUESTARIOS)
MEDIDA
MEJORAMIENTO PORCENTAJE OBRAS 1 MEJORAMIENTO 100% 0 -100%
DE ALUMBRADO DE OBRAS DE ALUMBRADO
PÚBLICO CON EJECUTADAS PÚBLICO CON
PANELES EN EL PERIODO PANELES
SOLARES EN PARA EL SOLARES EN
EL ACCESO MEJORAMIENTO EL ACCESO
PRINCIPAL A LA DE ALUMBRADO PRINCIPAL A LA
LOCALIDAD DE PÚBLICO EN LOCALIDAD DE
SANTA CATARINA EL TERRITORIO SANTA CATARINA
MECHOACÁN MUNICIPA MECHOACÁN
EJECUTAR EJECUTAR
OBRAS QUE
PERMITAN AL OBRAS OBRAS QUE
MUNICIPIO DE EJECUTADAS
VIVIENDA Y SANTA CATARINA PARA M2 200 VIVIENDA Y PERMITAN AL 200 M2 30 M2 170 M2
SERVICIOS MECHOACÁN CONSTRUCCIÓN SERVICIOS MUNICIPIO DE
BÁSICOS TENER MAS DE M2 DE BÁSICOS SANTA CATARINA
M2 DE CALLES PAVIMENTACIÓN MECHOACÁN
PAVIMENTADAS
TENER MAS
M2 DE CALLES
PAVIMENTADAS
CONSTRUCCIÓN OBRAS OBRAS 4 CONSTRUCCIÓN 4 OBRAS 13
DE OBRAS EJECUTADAS DE OBRAS
DE DRENAJE PARA DE DRENAJE
PLUVIAL EN EL CONSTRUCCIÓN, PLUVIAL EN EL
MUNICIPIO DE MEJORAMIENTO MUNICIPIO DE
MECHOACÁN Y AMPLIACIÓN MECHOACÁN
DE DRENAJES
PLUVIALES EN EL
MUNICIPIO
GOBIERNO NO PRESENTÓ NO PRESENTÓ NO NO PRESENTÓ GOBIERNO ADECUADO 100% 39% 61%
MODERNO PRESENTÓ MODERNO DESARROLLO
INSTITUCIONAL
DESARROLLO COSNTRUCCIÓN NÚMERO OBRAS 4.00 DESARROLLO COSNTRUCCIÓN 4 OBRAS 0 4 OBRAS
RURAL DE OBRAS DE OBRAS RURAL DE OBRAS
EN CAMINOS CONSTRUIDAS Y EN CAMINOS
SACACOSECHAS REHABILITADAS SACACOSECHAS
DEL MUNICIPIO EN LOS CAMINOS DEL MUNICIPIO
DE SANTA SACACOSECHAS DE SANTA
CATARINA EN EL MUNICIPIO CATARINA
MECHOACÁN MECHOACÁN
Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normatividad:
Ley General de Contabilidad Gubernamental
Artículo 54 párrafos primero y segundo: “La información presupuestaria y programática que forme parte de la cuenta pública deberá
relacionarse, en lo conducente, con los objetivos y prioridades de la planeación del desarrollo. Asimismo, deberá incluir los resultados de
la evaluación del desempeño de los programas federales, de las entidades federativas, municipales y de las demarcaciones territoriales del
Distrito Federal, respectivamente, así como los vinculados al ejercicio de los recursos federales que les hayan sido transferidos. Para ello,
deberán utilizar indicadores que permitan determinar el cumplimiento de las metas y objetivos de cada uno de los programas, así como
vincular los mismos con la planeación del desarrollo.”.
Artículo 61 párrafo primero fracción II, incisos a) y b): “Además de la información prevista en las respectivas leyes en materia financiera,
fiscal y presupuestaria y la información señalada en los artículos 46 a 48 de esta Ley, la Federación, las entidades federativas, los municipios,
y en su caso, las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, incluirán en sus respectivas leyes de ingresos y presupuestos de egresos
u ordenamientos equivalentes, apartados específicos con la información siguiente”: II: “Presupuestos de Egresos”: a): “Las prioridades
de gasto, los programas y proyectos, así como la distribución del presupuesto, detallando el gasto en servicios personales, incluyendo
el analítico de plazas y desglosando todas las remuneraciones; las contrataciones de servicios por honorarios y, en su caso, previsiones
para personal eventual; pensiones; gastos de operación, incluyendo gasto en comunicación social; gasto de inversión; así como gasto
correspondiente a compromisos plurianuales, proyectos de asociaciones público privadas y proyectos de prestación de servicios, entre
otros”; b): “El listado de programas así como sus indicadores estratégicos y de gestión aprobados”.
Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca
Artículo 56 fracción I: “El contratista deberá entregar a la residencia de supervisión previamente establecida por la Dependencia, Entidad
o Ayuntamiento contratante, las estimaciones acompañadas de la documentación que de soporte correspondiente dentro de los cuatro días
hábiles siguientes a la fecha de corte, y la residencia de supervisión dentro de los ocho días hábiles siguientes a su recepción deberá revisar
y en su caso autorizar la estimación de que se trate;”.
Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca
Artículo 95 párrafo primero fracción IX: “Son atribuciones del Tesorero Municipal”: IX: “Llevar con total transparencia el control del
presupuesto de egresos con enfoque a resultados e informes trimestrales de avance de gestión financiera.”.
Lineamientos para la Construcción y Diseño de Indicadores de Desempeño mediante la Metodología del Marco Lógico (MML)
Emitidos por el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC), que establecen las disposiciones para la homologación,
estandarización y actualización de los indicadores de desempeño de los programas operados por los entes públicos en cumplimiento a la
Ley General de Contabilidad Gubernamental.
29